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lunes, 21 abril, 2025
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Reformas a la Constitución en Materia de Salud.

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Por: Ulises Mejía Haro •

En 1983 se llevó a cabo una reforma a la Constitución en materia de salud, adicionando un párrafo al artículo 4º, donde se estableció que “toda persona tenía derecho a la protección de la salud”. La Ley definiría la concurrencia entre la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general. Cabe señalar que esta disposición “por cierto muy general” se vio mermada por las políticas económicas neoliberales y las reformas a los sistemas de seguridad social de 1997 y 2007; así como por la reforma financiera de 2003, que impulsaron la descentralización del sistema de salud, la inclusión de actores privados en la provisión de servicios de salud, en esencia estas reformas se centraron en la separación de funciones relacionadas con la administración de fondos, compra y prestación de servicios, promoviendo la competencia entre actores tanto públicos como privados con la promesa incumplida de mejorar la calidad y reducir costos de los servicios.

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La descentralización de los servicios de salud a nivel estatal, completada en 1997 no fue del todo bien planificada y no aseguró la capacidad técnica a nivel estatal. Esto resultó en la creación de organismos públicos descentralizados que no lograron integrarse con efectividad a los servicios estatales existentes. El Seguro Popular “que resultó no ser seguro ni popular” no aumentó su infraestructura ni contrataron personal suficiente para la creciente población, lo que resultó en una deficiente atención médica. En síntesis, las acciones de salud pública y servicios comunitarios se deterioraron y desarticularon durante los gobiernos neoliberales.

En consecuencia, la Administración Pública Federal, en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, reivindica en primer lugar el papel fundamental de las instituciones públicas para reconstruir el sistema de salud, donde el derecho a la salud sea para toda la población en aras de construir un país con bienestar. Lo anterior sirvió como sustento para la reforma al artículo 4º de la Constitución del 8 de mayo de 2020, donde se agrega un párrafo, en el cual se precisa “La Ley definirá un sistema de salud para el bienestar, con el fin de garantizar la extensión progresiva, cuantitativa y cualitativa de los servicios de salud para la atención integral y gratuita de las personas que no cuenten con seguridad social”. Esta reforma tuvo como propósito establecer un estado de Bienestar inclusivo y solidario que garantice la protección de las personas en situación de vulnerabilidad frente a las incertidumbres económicas, las disparidades sociales, entre otras adversidades.

El 31 de agosto de 2022 se publicó el Decreto por el que se crea el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR), que tiene como objetivo brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social (como los son el IMSS e ISSSTE) atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados, bajo criterios de universalidad e igualdad, en condiciones que les permitan el acceso progresivo, efectivo, oportuno, de calidad y sin discriminación alguna. El 13 de octubre de 2023 se materializa el organismo IMSS-BIENESTAR con la firma del Acuerdo Nacional para la Federalización del Sistema de Salud para el Bienestar por 23 estados del país.

En sintonía con los continuos esfuerzos del gobierno federal por revitalizar el sistema de salud para la población mexicana, el 5 de febrero de 2024 el presidente Andrés Manuel López Obrador presenta al Congreso la reforma al artículo 4º. de la Constitución que brinda certeza jurídica de poder garantizar y hacer efectivo el derecho universal a la protección de la salud, el párrafo que se adiciona, de forma específica dispone: “Toda persona tiene el derecho a la protección de salud. El Estado garantizará atención médica integral, universal y gratuita, incluyendo estudios médicos, intervenciones quirúrgicas y los medicamentos necesarios para garantizar este derecho”. Esta reforma será discutida y en su caso aprobada por los diputados y senadores de la próxima legislatura.

Para cumplir estas disposiciones constitucionales, la presidenta electa Claudia Sheinbaum en el eje “República Sana” de su Proyecto de Nación plantea:

Que, desde su nacimiento, todas y todos los mexicanos estarán afiliados al Servicio Público de Salud para el Bienestar, el cual les garantizará acceso a vacunas, cuidados preventivos, atención médica, estudios y laboratorios, cirugías y medicamentos gratuitos, para hacer efectivo el Derecho Constitucional a la Salud, para ello, se fortalecerá al IMSS, al ISSSTE y se consolidar el IMSS-BIENESTAR.

Para mejorar la atención y el abasto de medicamentos, se apoyará en la ciencia y la tecnología y se digitalizará todo el proceso logístico. Se impulsará para las madres embarazadas y los primeros 1000 días de vida del niño,
un programa especial que ayudará a prevenir enfermedades crónico degenerativas y a atender de manera temprana otras enfermedades y padecimientos. Se desarrollará un programa territorial de prevención primaria a la salud para abatir la diabetes, la hipertensión y la obesidad, mediante el programa preventivo “Salud, Casa por Casa”. Para reducir la saturación de clínicas, hospitales se construirá y se rescatará la infraestructura abandonada en el periodo neoliberal y se contratará al personal médico, de enfermería y especialistas necesarios.

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