Gracias a la perseverancia en la lucha de los integrantes del Sindicato del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Zacatecas (SPAUAZ) a finales de los años setentas e inicios de los ochenta, las siguientes son algunas de las prerrogativas de que gozaba un profesor de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) a través del Contrato Colectivo de Trabajo UAZ-SPAUAZ (CCT).
- Las que incidían sobre el salario:
- Un profesor de Tiempo Completo, tenía un salario de $ 21,014.00, si se consideraba la categoría más baja del tabulador (5 categorías más) en el momento en que el docente cubría los requisitos de antigüedad y eficiencia en la docencia que el propio tabulador establecía podía escalar al nivel mas alto en el que obtendría un sueldo de hasta $ 25,500.00.
- Por concepto de aguinaldo, el docente recibía el equivalente a dos meses y medio de salario, de los cuales la institución absorbía el impuesto correspondiente a mes y medio de dicho aguinaldo.
- Recibía también el docente, una compensación por concepto de antigüedad de forma tal, que recibía el 1% sobre sus salarios brutos por cada año de antigüedad.
- Recibía además cada docente, el 3% de su salario, por concepto de nivelación de salarios cada tres meses.
- La Universidad, otorgaba una prima vacacional equivalente al 45% del sueldo correspondiente a cuarenta días, libre de impuesto.
- Un maestro de Tiempo Completo, obtenía un bono para despensa de $ 600.00 mensuales y $ 700.00 por concepto de un bono para ayuda de renta.
- Las que incidían en las prestaciones:
- En caso de defunción, la UAZ entregaría a la persona o personas que el trabajador académico hubiera señalado, o en caso de omisión a sus beneficiarios en términos de ley, el importe de quince días de salario promedio recibido durante el último año de servicio por cada año de antigüedad.
- Recibía de la UAZ al jubilarse, independientemente de cualquiera otra prestación, el importe de quince días del salario promedio, recibido durante los tres últimos años de servicio por cada año de antigüedad, como gratificación por los servicios prestados.
- Obtener permisos económicos hasta por cinco días hábiles con goce de salario, cuando se acreditará que existían causas personal o familiar de fuerza mayor que hicieran indispensable la ausencia del trabajador académico.
- El profesor de Tiempo Completo tenía derecho a gozar del Año Sabático. Que consistían en separarse total o parcialmente de las actividades docentes y de investigación de la Universidad durante un año con goce de salario, después de cada seis años de labores al servicio de la institución. (según reglamento establecido en el capítulo 13 del CCT).
- El docente trabajaba 20 semanas efectivas por semestre incluyendo los periodos de exámenes ordinarios y extraordinarios.
- El personal académico disfrutaba de vacaciones por un periodo de 40 día hábiles, los que se podían incrementar 5 días adicionales por cada 5 años de antigüedad del docente.
- El docente, contaba con servicio de guardería para todos sus hijos menores de 7 años y mayores de 45 días.
- Se le otorgaba al profesor por parte de la Institución, becas equivalentes al importe de su inscripción y colegiatura, tanto al docente que ingresaba como alumno a alguna dependencia de la Universidad, así como también a su esposa e hijos que ingresaban a estudiar a la UAZ.
- En el caso de que un profesor de la Universidad requiriera por prescripción médica anteojos o aparatos ortopédicos, o bien atención bucal o dental y prótesis, la Institución le otorgaba hasta 3 mil pesos para tal efecto.
- El docente, tenía derecho a un fondo de retiro al separarse definitivamente de la UAZ por cualquier motivo.
- Un profesor de la Universidad podía obtener un lote totalmente urbanizado para construir su casa habitación, de acuerdo al reglamento establecido para tal efecto.
- Cada maestro, gozaba de un seguro de vida por la cantidad de 300 mil pesos.
- La Institución se obligaba a dotar a los docentes, de la asistencia médica y quirúrgica en su caso. Tanto para él como a sus dependientes económicos.
- Recibía el docente, una canastilla de ropa de buena calidad, por cada hijo recién nacido.
- El docente llegaba a ser pensionado en forma definitiva, cuando durante el período en que se encontraba contratado, quedará imposibilitado físicamente a causa de una enfermedad, accidente u otra causa similar que le impidiera desarrollar su trabajo. Dicha pensión sería igual al 100% del monto de su sueldo.
- En caso de fallecimiento de un profesor, se entregaba una pensión por viudez que recibiría su conyugue con carácter de vitalicia y alcanzaría un monto del 50% del salario mensual.
- También, al fallecer el docente, la universidad se comprometía a asegurar la educación de los hijos de éste, mediante el pago de la cuarta parte del salario por cada hijo que se encontrara en la etapa de estudios, según el reglamento que para el efecto existía.
El SPAUAZ es el resultado de una lucha permanente por parte de sus fundadores, los que con un espíritu de solidaridad, consistencia y tenacidad lograron su reconocimiento por parte de la Autoridades Universitarias, lo que las viejas generaciones no deben olvidar y las nuevas tomarlo en cuenta antes de atentar en su contra.
Se parte de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia (LUMAT). Informes:
http://lumat.uaz.edu.mx/; https://www.facebook.com/LUMAT.UAZ; https://twitter.com/LumatUaz.
1Docente Investigador de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia. LUMAT.
Debería mostrarle ese artículo a las actuales dirigentes del SPAUAZ, a ver si comienzan a realizar bien su trabajo y dejan de atentar en contra de los derechos de los agremiados para pensar sólo en el grupo político que las llevó al poder.
En la actualidad las más grandes enemigas del SPAUAZ son ellas mismas.