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martes, 22 abril, 2025
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■ También aprobaron la Comisión Fusionada que verificará su cumplimiento

Aprueba IEEZ Reglamento para regular Revocación de Mandato

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Por: REDACCIÓN •

El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) aprobó el reglamento que regula la revocación de mandato en el estado. 

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El consejero electoral y presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos Arturo Sosa Carlos, también aprobó el calendario integral para el proceso de revocación de mandato 2024-2025 y la fusión de las Comisiones de Organización Electoral y Partidos Políticos, y la de Capacitación Electoral y Cultura Cívica, para integrar la Comisión Fusionada, la cual verificará el cumplimiento de los requisitos señalados en la Ley de Revocación de Mandato de Zacatecas.

El reglamento el cual estará bajo supervisión de la Comisión Fusionada, se divide en siete títulos que abordan diferentes aspectos relacionados con el proceso de revocación de mandato. 

El primero establece los principios generales y el marco de referencia del reglamento; el segundo habla sobre los Derechos y Obligaciones de los Promoventes y se especifican los derechos y responsabilidades de esas personas, además de garantizar su participación en el proceso. 

El tercer título corresponde a las funciones del Consejo General y la Comisión Fusionada, las cuales corresponde a las atribuciones de los organismos encargados de verificar el cumplimiento legal en el procedimiento, con el objetivo de asegurar la correcta aplicación de los registros electorales y del voto de la ciudadanía.

El título cuarto habla de los pasos a seguir para la recolección y presentación de las firmas de apoyo de la ciudadanía, incluyendo el uso de una aplicación móvil y la validación del padrón de apoyo. En ese punto también se establecen las reglas para la presentación de informes por los sujetos obligados.

El título quinto, indica el inicio del proceso y organización. Ahí se estipula la presentación y organización de materiales necesarios para el ejercicio de participación ciudadana. 

En el penúltimo título se establece las reglas para la celebración de la jornada de votación en caso de que proceda la solicitud de revocación de mandato. 

Por último, el séptimo aborda los pasos posteriores a la jornada de revocación de mandato, incluyendo los medios de impugnación y los sistemas informáticos a utilizar para la correcta verificación de los resultados.

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