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miércoles, 24 abril, 2024
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Diputada propone reformas para que padres y madres elijan cuál apellido de sus hijos registrar primero

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

■ Perla Guadalupe Martínez considera que la norma vigente es discriminatoria hacia las mujeres y otra muestra de la cultura patriarcal

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En la semana que terminó, la diputada local por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Perla Guadalupe Martínez Delgado, propuso ante el pleno de la 63 Legislatura, reformar y adicionar el Artículo 37 al Código Civil Familiar, con la idea que los padres establezcan el orden de los apellidos según convenga, ya que consideró que la norma vigente, es discriminatoria hacia las mujeres y otra muestra de la cultura patriarcal que provoca que se siga la regla de colocar primero el apellido paterno.

“Los derechos humanos, políticos, civiles, económicos y sociales en México, así como los mecanismos y acciones para garantizarlos han mantenido una constante evolución, no obstante, aún falta mucho por hacer hasta alcanzar la igualdad sustantiva. En esta tarea el Poder Legislativo juega un papel central, toda vez que en el perfeccionamiento de la norma jurídica, se encuentra una importe ruta hacia la inclusión y el combate a la discriminación, a través de la erradicación de prácticas comunes que vulneran los derechos de algún grupo social, o bien, del establecimiento explícito de mandatos que den paso a una nueva cultura y construcción social”, expuso la legisladora.

Aunque México ha dado un gran paso para garantizar el derecho a la identidad, dijo Martínez Delgado, este derecho ha mantenido un rezago en materia de igualdad entre los géneros, conservando estereotipos sobre el rol de las mujeres y los hombres en la familia, lo que ha motivado que de alguna manera se perpetúe la desigualdad y la discriminación al interior de los propios hogares y en la sociedad.

Actualmente, expuso, gran parte de las entidades federativas establecen en sus Códigos Civiles o Familiares que el primer apellido deber ser el paterno y en algunos no se especifica un orden, pero debido a “la cultura patriarcal” se ha interpretado como una regla implícita que el primer apellido debe ser el paterno, siendo esto aplicado por los Oficiales o Jueces de los Registros Civiles al momento de levantar las actas de nacimiento, discriminando a la mujer al no reconocer su derecho a decidir sobre la prelación de los apellidos de sus hijas e hijos.

Cabe señalar que en el estado de Zacatecas se mantiene este tipo de discriminación hacia las mujeres en la legislación vigente, pues en el artículo 37 del Código Familiar del Estado, precisó Martínez Delgado, no se establece el orden en que se deben asentar los apellidos de los padres en el acta de nacimiento, sin embargo, debido a constructos sociales y estereotipos, se interpreta como una regla implícita que el primer apellido debe ser el paterno.

Para ello, la legisladora resaltó que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ordena en sus artículos 1o y 4o la prohibición de toda discriminación motivada por razones de género y la igualdad entre el hombre y la mujer, mientras que el Código Civil Federal establece en su artículo 2, que la capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer, también.

Y en lo que respecta a la normativa estatal, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas y el Código Familiar del Estado, establecen en los artículos 22 y 6, respectivamente, que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y se reconoce la equidad entre los géneros como principio necesario para el desarrollo del pueblo zacatecano, por lo que, con base en ello, propuso reformar el Artículo 37 del Código Familiar del Estado con el objeto de establecer que en el levantamiento del acta de nacimiento, “se deberá establecer el nombre propio y los apellidos de los progenitores en el orden de prelación que estos convengan”.

Lo anterior, reiteró, con la finalidad de terminar con el vacío que existe, al no especificar el orden en que deben de ser establecidos los apellidos de los progenitores en las actas de nacimiento de las hijas e hijos, y a fin de terminar con la práctica discriminatoria que actualmente opera en dicha figura jurídica, así como garantizar a las mujeres de manera explícita sus derechos en igualdad de condiciones que los hombres en el ámbito familiar.

De aprobarse el decreto, Zacatecas se uniría a otras entidades federativas del país que han reformado sus normas civiles en aras de la erradicación de la discriminación hacia las mujeres, en las esferas familiar y social, como lo han hecho ya Yucatán, el Estado de México, Morelos, la Ciudad de México y San Luis Potosí.

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