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miércoles, 17 abril, 2024
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Netflix con Paulette: ¿demanda por daño moral?

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Por: ERNESTO VILLANUEVA •

En los casos en donde puede haber un conflicto judicial, una de las salidas de las productoras televisivas es asentar que la historia se basa en hecho reales, pero se han cambiado nombres y eventos para efectos de dramatización y para no afectar distintos derechos de los involucrados en la historia real, particularmente, cuando no se tiene autorización de los protagonistas del suceso para llevar un caso judicial a la televisión, como sucede con esta serie sobre la muerte de Paulette.

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Netflix en la serie “Historia de un crimen. La búsqueda” aventura diversas hipótesis y conjeturas que no obran en el expediente oficial del célebre caso acontecido en el Estado de México. Representa un asunto que es de llamar la atención por los flancos abiertos que deja en el aspecto legal.

Si bien es verdad que hace uso de los llamados “disclaimers”, los usa de manera inusual y limitada, lo que es sorprendente en un caso controversial como éste y afirma que ha cambiado nombres de personas, también lo es que los involucrados aparecen no sólo claramente identificados, sino con sus nombres y apellidos para que no quedara duda de qué tema se trata como si la opinión pública no pudiera evocar rápidamente el caso por su gran exposición mediática 10 años atrás.

Esta precisión juega en contra de Netflix y la productora Dynamo, los guionistas Santiago Limón y Silvia Jiménez, los productores ejecutivos Andrés Calderón, Juan Uruchurtu y Santiago Limón, al menos, porque reduce los márgenes de maniobra para aducir alguna salida legalmente verosímil en caso de una demanda por daño moral.

Pero extrañamente no lo hace. Por el contrario, paradójicamente hace una invitación implícita para una demanda que puede tener lugar en México y/o en Estados Unidos o en ambos países.

A diferencia de otras plataformas digitales, Netflix tiene un caudal enorme de suscriptores mexicanos donde la autoridad judicial mexicana puede ejercer medidas de apremio para hacer eficaz una eventual resolución legal negativa a la empresa americana y los demás involucrados en la elaboración de la serie de referencia, que, si se tratara de un caso, por ejemplo, contra Google o Twitter. Veamos.

Primero. No hay duda de que la historia narrada es de interés público. Ese no es el punto en cuestión. Lo importante aquí es saber si la narrativa utilizada era la única posible y la mejor desde la perspectiva de armonizar el derecho a saber con los derechos al honor, a la vida privada, a la propia imagen, a la dignidad personal, a la integridad física y mental de las personas involucradas claramente señaladas.

¿La narrativa utilizada para contar la historia tiene preeminencia sobre el interés superior de la niñez, que afectan a la niña fallecida Paulette y a su hermana Lizette? ¿Es posible que haya un peritaje legalmente aceptado que dictamine que la narrativa utilizada era la única vía posible para satisfacer el interés público?

Habría que recordar que con las reformas constitucionales del 2011 en materia de derechos humanos las convenciones y en este caso el interés superior de la niñez adquiere una jerarquía normativa en su máxima expresión que seguramente haría valer la parte o las partes eventualmente demandantes por daño moral.

Segundo. El reiterado señalamiento a las conductas que se encuentran en el campo de la vida privada de la madre de Paulette, ¿eran necesarias para que la historia de la serie pudiera ser contada? ¿Cómo podría acreditarse el nexo causal entre la vida privada de la madre de Paulette y el fallecimiento de su hija? ¿No se trata, en realidad, de una afectación ilegítima e ilegal en la esfera de la vida privada, en el honor, en la propia imagen y en la salud física y mental de la madre de Paulette cómo fue retratada a lo largo de la serie?

Estas son sólo algunas primeras interrogantes que Netflix, la productora que intervino, los guionistas y quienes hicieron posible esa serie deben solventar jurídicamente que, por extrañas razones, se pusieron voluntariamente en esa circunstancia que se antojaba innecesaria si hubieran consultado a su equipo jurídico o si lo hicieron le hubieran hecho caso.

Tercera. De la misma forma, el tratamiento del padre de Paulette y del propio padre de éste y sus familiares es a todas luces negativo, con tintes claros de tráfico de influencias, corrupción, inferencias de que el padre de la menor fallecida no fue ajeno a ese lamentable deceso y demás consideraciones que representan un agravio que, vale reiterar, no obra en expedientes y sí es una imputación directa con nombres y apellidos que encarece una defensa de los eventuales demandados en tribunales.

¿Alguien en su sano juicio cree que Alfredo del Mazo, Luis Miranda Nava y/o Alfredo Castillo que forman parte de la trama identificados también con nombre y apellidos se van a auto incriminar para testificar a favor de Netflix en un juicio?

Cuarto. Los políticos y servidores públicos a los que me refiero tienen la obligación de soportar un mayor grado de intrusión en sus derechos de la personalidad, pero no dejan de existir del todo esos derechos. No es esperable que inicien proceso alguno por razones políticas y porque sus posibilidades legales de triunfo que no son imposibles, sí son más complicadas que en los casos anteriores.

Sea como fuere, lo cierto es que el país asiste a una serie televisiva que no cuida aspectos legales que no hubieran afectado un ápice el propósito de la historia, como tantas otras que ha hecho Netflix, cuidando esos aspectos. Habrá que estar al pendiente del desenlace legal, si lo hay, que ha provocado esta serie que además no sólo ha tenido un gran éxito en México, sino que se ha sido subtitulada al inglés, al griego, al árabe y al alemán que es importante para efectos de calcular el monto de la posible reparación del daño. ■

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