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martes, 23 abril, 2024
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La ingeniería fragmentaría del Spauaz

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Por: ALBERTO VÉLEZ RODRÍGUEZ • ROLANDO ALVARADO FLORES •

Desde que José Francisco Román Gutiérrez fungió de secretario general del SPAUAZ la política de no modificar el contrato colectivo de trabajo se transformó en dogma inatacable. Cada año se emplaza por violaciones e incumplimientos sin plantear la revisión del clausulado, y el proceso del año 2016, último de Crecenciano Sánchez Pérez, no fue la excepción. Sin embargo si se revisa con algún cuidado el contrato colectivo UAZ-SPAUAZ 2017-2018, en el que aparece la firma del ya citado exsecretario general del SPAUAZ, se podrá constatar que existen cambios sustanciales. Mencionemos algunos. Cuando se consulta la cláusula 55 en el contrato 2017-2018 y se le compara con reimpresiones previas lo primero que queda claro es que cuando se despida a alguien injustificadamente y se le reinstale, el incremento en todos los pagos decrece de 30% a 10%, la indemnización por despido injustificado también decrece, de 30% a 5% y el computo de salarios vencidos se aviene al artículo 48 de la ley federal del trabajo. ¿Por qué esto sería beneficioso para el agremiado? No se sabe, pero cuando no se incluía la referencia a la ley federal los salarios vencidos, es decir, aquellos que se deben pagar cuando el trabajador demuestra que la rectoría ejerció despido injustificado, se pagaban por todo el tiempo que el afectado duró fuera de la nómina. Con el añadido sólo se pagara un año de salarios vencidos más intereses. En la cláusula 56-III antes decía: “Asistir puntualmente a sus labores”, ahora dice “Asistir puntualmente a sus labores; cumplir con su jornada y horario de trabajo, registrando su asistencia en los controles que para el efecto se establezcan”. Por lo tanto se vuelve obligatorio el registro, que antes no lo era. Eso beneficia al patrón, no al agremiado. O si existe tal beneficio nunca se supo en qué consistía. La cláusula 86 ahora dice que el dinero de las cuotas se entregara al secretario de finanzas, antes decía que a la secretaría de finanzas. Se incrementaron las causales de rescisión laboral, antes la cláusula 120 fijaba dos causales, ahora se añaden todas las contenidas en la ley federal del trabajo. ¿Por qué eso beneficia al docente? Imposible determinar que pensó el que consenso esas reformas con la patronal. Pero hay más. Antes en el contrato se reducía el período contemplado en la ley federal para volver muy difícil la rescisión a la mitad, es decir, a partir de diez años el despido de un docente debía fundarse en causas muy graves, ahora el período se fija en 20 años. ¿Es eso un triunfo del sindicalismo propugnado por Crecenciano Sánchez Pérez y su comité ejecutivo? De ninguna manera lo es, constituye una derrota asestada bajo la mesa. Una traición porque en esa misma cláusula 120, se incluyen todos los artículos patronales de la ley federal (47, 161, 184,185). Mencionar estas modificaciones, y no las que afectan a los jubilados, tiene un fin: argumentar que se modificó el contrato para allanar el camino de las rescisiones laborales, facilitando la acción unilateral de la rectoría e impidiendo una defensa legal viable al sindicato. Si recordamos que el nuevo dogma del presente comité ejecutivo es plegarse a pie juntillas a la letra de la ley queda claro que un programa de despidos está en puerta. O lo estuvo. La línea de acción de un comité ejecutivo consecuente sería rechazar el contrato apócrifo, tomar el de, digamos, 2014-2015, reimprimirlo, desconocer el que se pretende registrar en la Junta Local y fincar acciones contra Crecenciano Sánchez Pérez por evidente y grave violación de los estatutos al usurpar funciones de la Coordinadora de Delegados, el Plebiscito Sumario y la Asamblea General. Como justicia poética Crecenciano Sánchez debe ser expulsado expeditamente del SPAUAZ. Al comité ejecutivo que lo acompañó también deben fincársele responsabilidades, en particular, el Dr. Pedro Martínez Arteaga, ex coordinador de la cartera de asuntos laborales y actual secretario general. Él debería renunciar provisionalmente hasta en tanto se esclarezca su participación en esos crímenes contra los sindicalizados. Sin embargo, el actual comité, que es todo menos consecuente y honesto, plantea infinitas discusiones y control de la información hasta que algún acuerdo con la rectoría, de cuyo contenido ellos y nadie más tendrán conocimiento, se logre. Esta actitud es complicidad y parte de ese cultivo de la indiferencia, la ignorancia y la mala fe entre los universitarios para beneficio de unos pocos corruptos. Durante la segunda guerra mundial la única obra relevante de filosofía política se escribió en Nueva Zelanda en el escritorio de Karl Popper. En ella propuso, contra lo que llamó “ingeniería utópica”, la “ingeniería fragmentaria”  (capítulo 9) consistente en “…buscar y combatir los males más graves y serios de una sociedad, en lugar de encaminar sus esfuerzos hacia la consecución del bien final”. Aceptemos que no sabemos qué universidad queremos, pero acordemos que la corrupción es un serio y grave mal que nos afecta a todos. Comencemos por no dejar impunes los actos de corrupción claros y distintos, que no admiten discusión. La estafa maestra es uno de esos casos, la tergiversación del contrato es otro y sus perpetradores están premiados. No digamos que no sabemos dónde está el origen de muchos de nuestros males: la impunidad.

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