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jueves, 19 junio, 2025
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■ Trijez ordena sanciones por lenguaje denigrante y uso indebido de redes oficiales

Inscriben a nuevas personas en Registro de sancionados por violencia política de género

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Por: ALEJANDRA CABRAL •

El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) resolvió ayer casos sobre violencia política de género denunciados por la diputada Guadalupe Isadora Santiváñez Ríos y las regidoras de Calera, Carla Ibarra Bañuelos y Gabriela Sotelo Villagrana; inscribiendo a nuevas personas y perfiles digitales en el Registro Nacional y Estatal de Personas Sancionadas por Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, y resolviendo cinco procedimientos especiales sancionadores en total. 

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La página “Diario Cuauhtémoc” incurrió en violencia simbólica y verbal a través de seis publicaciones en las que se utilizó lenguaje denigrante en contra de la diputada Isadora Santiváñez y su desempeño como legisladora, determinó el Trijez en el recurso PES-002/2025. “Es poco probable que a un hombre se le apliquen calificativos como los empleados contra la diputada”, concluyó la sentencia.

En el PES 048/2024 se acreditó violencia política de género ejercida contra las regidoras de Calera por medio de publicaciones en las cuentas Noti Calera, Edwin Blogger, Víctor Rosales y Ana Sofía Martínez, que usaron estereotipos de género para denigrar su imagen pública. Se impuso una multa a Luis Fernando Arellano Ramos, administrador de una de las cuentas.

Facebook proporcionó datos que permitieron la identificación de Arellano Ramos y con base en este se pudieron ordenar también medidas de reparación del daño. Además, se buscará la suspensión por 30 días naturales de la página Noti Calera.

En los dos casos anteriores se incluyó como medida de reparación la publicación de un extracto de las sentencias en la cuenta oficial del Trijez, con el objetivo de “asegurar condiciones libres de violencia en los espacios digitales, de modo que el anonimato no genere circunstancias de impunidad en materia electoral”.

Por una reacción de “Me gusta” en Facebook desde la cuenta institucional de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción (Sesea), el Trijez determinó que se incurrió en uso indebido de recursos públicos. La interacción fue en favor de una publicación electoral de la entonces candidata Blanca Yulissa Cardona, y fue denunciada por Juan Jairo Alberto Padilla Reyes. 

La sentencia acreditó la responsabilidad de Frida Viviana Arellano Sotelo, encargada del manejo de redes sociales de la Sesea, y se dio vista a su superior jerárquico para que determine la sanción correspondiente.

Se declaró la inexistencia de infracción en dos procedimientos: uno promovido por el Partido Acción Nacional (PAN) contra Jorge Miranda Castro, entonces alcalde y candidato a la reelección en Zacatecas, por la supuesta entrega de despensas y tinacos con fines proselitistas; y otro contra el presidente municipal de Tlaltenango, Miguel Ángel Romo Raudales, por una publicación institucional del Día del Niño en la que aparecían menores de edad. 

En ambos casos, el Trijez resolvió que no se trataba de propaganda electoral: en el primero, al no acreditarse el uso de programas sociales con fines electorales; y en el segundo, al tratarse de una actividad no vinculada a campaña ni a un proceso de elección.

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