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miércoles, 26 junio, 2024
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¿Un Plan D?

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Por: Carlos Eduardo Torres Muñoz •

Una de las instituciones que se reformaron hasta renovarse en su diseño y alcances durante nuestra etapa de transición lo fue el Poder Judicial, que pasó de ser un mero garante de la Ley, para convertirse, en un garante de la Constitución, es decir, del pacto social que la nación consolidó durante casi dos siglos de independencia. Posterior a la reforma en materia de derechos humanos de 2011, una nueva etapa comenzó para el Estado mexicano, pasando del Estado legal o legislativo de Derecho a uno Constitucional, cuyas características ya hemos expuesto en reiteradas ocasiones aquí mismo. Sin embargo, el Poder Judicial, a diferencia de los otros dos, de carácter popular y mayoritario, no gozó de la promoción de las bondades que trajo consigo la transición, en parte porque su trabajo depende en mucho de la labor cotidiana del gran pendiente de justicia en nuestro país: las fiscalías, antes procuradurías y el proceso de investigación de éstas.

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Todo lo anterior no es sino un brevísimo y simplificado contexto para entender lo que implica lo que hoy parece ser un hecho a punto de consumarse: la aprobación por un Congreso de mayorías (casi) calificadas de lo que se ha conocido como el Plan C. De sus debilidades existen hoy cientos de opiniones calificadas que pueden dar cuenta, con mayor seriedad y profesionalismo. En este texto trataré de esbozar un par de ideas para construir un Plan D, que dé atención a la innegable mayoría parlamentaria de la coalición gobernante, sin caer en la tentación de improvisar todo un sistema que, de fracasar, llevaría décadas y miles, quizá millones de vidas (en su patrimonio, libertades, derechos, etc.), recompensar. 

Partamos de conceder: el Poder Judicial requiere una reforma profunda, que lo transparente, lo democratice en el sentido sustancial y no solo material del término, y que le otorgue sensibilidad social para entender a los millones de personas a los que imparte justicia. Sin embargo, los avances en materia de profesionalización y en los criterios que han puesto a los derechos de las personas como obligaciones vinculantes para las autoridades, son innegables también, aunque no sean tan reconocidos ni abarquen al mismo porcentaje de población que sí abarcan las políticas públicas de los gobiernos en turno.

Maticemos también: según las encuestas que dio a conocer esta semana la propia presidenta electa, aunque la mayoría de los encuestados coinciden en que los funcionarios judiciales deben ser elegidos popularmente, apenas la mitad tenía conocimiento de la reforma y, seguramente mucho menos de ese porcentaje, la conoce a detalle. Es decir, se aclara: el mandato que recibió la coalición gobernante no necesariamente está ligada a esta parte del Plan C, y sí, a una exitosa y acertada política social, tanto en programas sociales como, bien se ha explicado en estos días, a la política salarial emprendida por el actual gobierno.

Por todo ello, valdría la pena contemplar un rediseño de la propuesta enviada por el presidente en funciones el pasado cinco de febrero. Claro, si de verdad existe la intención de un diálogo entre la mayoría electoral (menor a la parlamentaria) que obtuvo la coalición triunfadora y la minoría (superior a la representación legislativa) que también se expresó en las urnas el pasado dos de junio.

Este Plan D, debiera partir de la necesidad de reformar el sistema de justicia; de acercarlo a la población y de iniciar con pilotos para ensayar la elección de ciertos funcionarios de dicho sistema de justicia, mismos que podrían ser los jueces comunitarios y de justicia cotidiana, algunos fiscales (las fiscalías, por cierto, punto neurálgico de nuestros problemas en justicia, no se contemplaron) y cierto número de Magistrados de los Plenos en los Tribunales Superiores de Justicia de las entidades (a razón de una tercera parte de sus integrantes). También se podría incrustar en los Poderes Judiciales, incluido el federal, mecanismos de participación e incidencia ciudadana, apertura institucional, transparencia y la mejora de los instrumentos de rendición de cuentas sustituyendo (como lo propone la propuesta del plan c) al Consejo de la Judicatura por un cuerpo colegiado plural e independiente del Pleno de la Suprema Corte.

A razón de lo anterior, se puede evaluar cada determinado tiempo el avance, efectos e impactos del nuevo diseño con tal de determinar qué tan exitoso resulta y con ello continuar con el modelo o ajustarlo. Es decir, implementación en clave gradualista y prueba piloto.

Sí hay voluntad política y generosidad de la coalición mayoritaria, así como astucia, disposición y capacidad de las minorías, podemos consensar un modelo de justicia que nos dé certeza, confianza y seguridad jurídica a todas las personas. Sí no, atengámonos a las consecuencias.

@CarlosETorres_

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