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sábado, 7 septiembre, 2024
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Pedirán a casas de empeño un registro de objetos para indagar si son o no robados

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

La diputada y coordinadora del grupo parlamentario de Morena en la 64 Legislatura, Maribel Galván Jiménez, propuso ante el Pleno un exhorto a la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas (FGJEZ) para que convoque a los integrantes del Registro Público de Casas de Empeño (RPCE) instalados en el estado, a firmar un convenio permanente de colaboración para facilitar las indagaciones de objetos robados entre los artículos que son empeñados en dichos establecimientos.

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En su exposición de motivos, la legisladora refirió que las casas de empeño han proliferado en la entidad desde hace algunos años, lo que es algo positivo porque significa que hay actividad económica atractiva para dichos establecimientos, no obstante, advirtió que a la par de la instalación de estos negocios, existen indicios de que algunos de los objetos que se intenta prendar son de procedencia ilícita producto del delito de robo, ya sea a particulares o a personas morales. 

Pero estas circunstancias, dijo, son en la mayoría de las ocasiones el inicio de un camino complicado para que los denunciantes recuperen sus pertenencias, que es el principal interés, pero reconoció que es importante que los robos no queden impunes. 

De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en los meses de enero a mayo de 2022 se han denunciado 2 mil 407 robos en el estado de Zacatecas y el total de delitos en esos meses es de 10 mil 333, por lo que el robo representa casi una cuarta parte del total de delitos, expuso Galván Jiménez. 

Además, detalló que el robo con violencia asciende a mil 628 casos denunciados, por lo que es posible que en este delito se impliquen otros como lesiones y hasta homicidio, lo que debe ser materia de atención de parte de las autoridades y enfocarse, además de la persecución, a la prevención del delito.

“La prevención puede ser general y especial, positiva o negativa; ante un escenario de inseguridad es fundamental apostar a estrategias enfocadas en la prevención, ya que con ello se contribuye a la paz y tranquilidad social, que es la razón y el fin por el cual nos encontramos sirviendo a la sociedad. Una forma en la que se puede contribuir a la prevención del delito de robo es evitando que los objetos robados puedan ser convertidos fácilmente en un ingreso líquido para el delincuente”, afirmó desde tribuna. 

Desafortunadamente, señaló, en las Casas de Empeño los requisitos para prendar los objetos no son tan estrictos y esto obedece a que los legítimos propietarios deben contar con facilidades para disponer de sus bienes cuando se encuentran en una situación de necesidad que los lleva a recurrir a estos negocios, por lo que no sería factible exigir que estas instituciones incrementen o endurezcan los requisitos, aunado a que no es materia de la competencia de la Legislatura.

Por ello, refirió que es preferible apostar a la disposición de estos negocios para colaborar con la justicia, toda vez que esto es algo que también resulta positivo para dichos negocios, ya que, al comprar objetos robados, hay pérdidas para ellos una vez que dichos objetos se recuperan demostrando la propiedad sobre ellos los denunciantes. Lo que se propone, explicó, es que existan criterios de colaboración. 

En este sentido, propuso definir medidas de prevención del delito a fin de inhibirlo, en el sentido de que en las sucursales de estos negocios se implementen todos aquellos procedimientos que consideren necesarios y convenientes para evitar recibir en empeño o comercializar alhajas, relojes y otros bienes que constituyan objetos o productos del delito, haciendo del conocimiento de los elementos de seguridad pública cuando de manera evidente existan elementos para inferir que se pretenda dar en empeño bienes de origen ilícito.

Asimismo, planteó proporcionar información que conlleve a la localización y detención, en su caso, de aquellas personas que se encuentren señaladas como imputados en la integración de carpetas de investigación y que hayan realizado operaciones de empeño con objetos o productos del delito.

También, establecer líneas o canales de comunicación directa entre las partes del convenio, con el fin de hacer más eficaz y expedito el apoyo entre las diferentes áreas de la Fiscalía y la empresa, para atender en tiempo y forma la solicitud de información recíproca, respecto de presuntos responsables implicados en investigaciones ministeriales y siempre conservando y respetando los principios legales aplicables.

Por parte de la Fiscalía, de acuerdo con Galván Jiménez, también se pueden tomar acciones como solicitar por escrito, debidamente fundado y motivado a la empresa, la autorización para practicar diligencias e investigaciones en el interior de las instalaciones de las sucursales, así como para recabar la información y documentación que requiera para la integración de las carpetas de investigación respecto de prendas relacionadas con operaciones de empeño realizadas en sus sucursales. 

También, dejar bajo resguardo y custodia de la empresa, en calidad de depositario, los bienes u objetos que reciba en calidad de garantía prendaria en los casos en que la Fiscalía determine su aseguramiento por estar relacionados con un ilícito, hasta que se determine la situación de los mismos; solicitar ante la autoridad judicial cuando ejercite la acción penal, la reparación del daño a favor de la empresa, en los casos que se ordene el aseguramiento de objetos relacionados con el delito que se encuentren bajo su resguardo en calidad de garantía prendaria.

De igual forma, practicar las diligencias con la secrecía y debido sigilo que conlleva la investigación en la integración de las carpetas correspondientes, apegadas a los derechos de las garantías constitucionales para evitar daños colaterales a terceros ajenos a la investigación y a la imagen de la casa de empeño y brindar orientación y apoyo a la casa de empeño cuando tenga la calidad de ofendido y coadyuvante del Ministerio Público, en las etapas del procedimiento penal, para la protección de su patrimonio. 

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