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miércoles, 24 abril, 2024
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Año 2015: retos en materia de transparencia

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Por: VÍCTOR HUGO HERNÁNDEZ REYES •

Nos encontramos despidiendo el año 2014, que como suele suceder, trajo consigo innumerables logros pero también retos por cumplir en el ya venidero año 2015.

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Lo anterior tiene su principal fuente en la reforma constitucional que el viernes 7 de febrero del año que culmina fuera publicada en el Diario Oficial de la Federación, específicamente en lo que se refiere al artículo 6°, el cual se dividiera en dos apartados: “A” y “B”, siendo el correspondiente al tema de la transparencia el primero de los citados, el cual quedó integrado por ocho diversas fracciones, mismas que contienen los principios y bases a través de las cuales se deberá regir tanto la Federación, los Estados y el Distrito Federal.

Si bien es cierto que por sí mismo es importante el contenido de todas y cada una de las fracciones que integran el ahora artículo 6° apartado “A” de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, también lo es que llama poderosamente la atención el contenido de las fracciones I, IV, V e indiscutiblemente la VIII, por todas las repercusiones que tendrán de forma directa en pro del derecho de acceso a la información pública en todo nuestro país.

Así las cosas, baste decir de forma genérica que la fracción I del artículo y apartado en cuestión, refiere el aumento de sujetos obligados1, como lo serían entre otros los fideicomisos y finalmente, los partidos políticos2 y sindicatos, entes públicos estos últimos que no obstante recibir una gran cantidad de recursos provenientes del erario público, hasta antes de dicha reforma, no tenían la obligación de transparentarlos de forma directa, sino sólo a través de un tercero, lo cual indiscutiblemente significaba un punto negativo en el ámbito de la transparencia.

En la fracción V, se hace alusión de forma directa a la necesidad, y de ahora en adelante obligación constitucional de contar con archivos administrativos realmente organizados, que documenten el actuar público de todos aquellos entes que manejan recursos públicos, pero no sólo eso, sino que deberán de hacerse públicos a través de los medios electrónicos disponibles para el conocimiento de la población en general, lo cual significa un gran reto para muchos sujetos obligados, virtud a que una triste realidad que nos aqueja es la poca o incluso nula existencia y organización de archivos, situación que sin lugar a dudas dificulta el acceso a la información pública.

Y finalmente, pero no por ello menos importante, sino que por el contrario, es en donde se encuentra uno de los mayores retos, lo encontramos en las fracciones IV y VIII del apartado “A” del artículo 6° Constitucional, las cuales se relacionan, toda vez que establecen la necesidad de garantizar el derecho humano en dicho artículo contemplado, a través de organismos autónomos, especializados e imparciales tal y como lo establece la propia Constitución.

Lo anterior cobra vital importancia, ya que contrario a lo que muchos desearan o pudieran llegar a pensar, dichos Órganos Garantes del derecho de acceso a la información pública3, tanto a nivel federal como locales, hoy más que nunca se ven fortalecidos, al requerir su existencia e incluso dotarlos de autonomía constitucional para el caso de aquellos que hasta hoy no cuenten con ella, como sería el caso concreto de nuestra Comisión Estatal para el Acceso a la Información Pública (CEAIP), mandato constitucional contenido en el artículo 116 fracción VIII de nuestra Carta Magna4.

Todo lo anterior implica sin lugar a dudas un enorme, importante y significativo reto a llevar a cabo en materia de transparencia para el ya venidero año 2015 en nuestra Entidad, máxime cuando, sólo por mencionar algunas de las exigencias constitucionales ya citadas, por desgracia nos encontramos en pésimas condiciones en materia de organización archivística; sin dejar de lado que ojalá no se aproveche el mandato constitucional de dotar de autonomía a la Comisión para pretender desestabilizarla, pues como un cuerpo que es, cuando la cabeza no se encuentra funcionando al cien por ciento por algún malestar que le aqueja, el resto de sus órganos internos lo resienten.

Finalmente, haciendo votos para que la implementación de las reformas constitucionales en materia de transparencia en nuestra Entidad en el ya próximo año 2015, se realicen siempre basados en la legalidad, teniendo como destinatario final a la población en general y su beneficio. ■

 

*Secretario Ejecutivo CEAIP

 

  1. Dependencias, instituciones o entes que por recibir recursos del erario público, se encuentran obligados a transparentar el uso, fin y destino de los mismos.
  2. Sólo en la Federación y algunas Entidades, no así en Zacatecas, en donde los partidos políticos han sido sujetos obligados directos desde el surgimiento de la entonces Ley de Acceso a la Información Pública del Estado de Zacatecas (julio 2004).
  3. Denominados indistintamente hasta el día de hoy Comisiones o Institutos de Transparencia.
  4. “Las Constituciones de los Estados establecerán organismos autónomos, especializados, imparciales y colegiados, responsables de garantizar el derecho de acceso a la información y de protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados, conforme a los principios y bases establecidos por el artículo 6o. de esta Constitución y la ley general que emita el Congreso de la Unión para establecer las bases, principios generales y procedimientos del ejercicio de este derecho.”

 

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