Hasta el año de 1990 el servicio médico que históricamente se había brindado a los trabajadores universitarios y sus dependientes, se había distinguido por una a) Contratación no selectiva al personal médico, b) Consulta externa otorgada a libre demanda y sin ningún control y c) Exceso de médicos, lo que propiciaba el desinterés profesional. Estas políticas derivaron en un tratamiento ineficaz, prodigalidad terapeuta, falsos diagnósticos, mal uso de la expedición de incapacidades y venta fraudulenta de medicamentos.
En esa época el universo poblacional de usuarios de la Universidad era de 12 mil 500 (junio 1989), es imposible hacer una distribución por sexo o edad, una estratificación, debido a la carencia de documentación para establecer propiedades en cuanto a la diversidad de patologías que se presentaban en cada uno de ellos.
Ante lo que se pudiera considerar como una preocupación por parte de las autoridades de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ), en particular, del servicio médico y la mejora de las prestaciones en beneficio de los derechohabientes, el 8 de junio de 1989 se realizó el Primer Foro sobre la Prestación del Servicio Médico. Se convocó a toda la comunidad universitaria para que participaran. El objetivo del Foro era: “mejorar los servicios médicos que otorgaba la Universidad y lograr cada día una mejor salud bio-psico-social de los derechohabientes.
Del análisis de las 15 ponencias presentadas en el Foro, se concluyó que el procedimiento para otorgar la atención médica a los universitarios era: deficiente, insuficiente, fragmentaria, individualista, discontinuo, peligroso y costoso. Sus efectos negativos eran mayores que los positivos, constituyéndose en sí en una atención médica de muy baja calidad, si se tomaban en cuenta los siguientes factores:
- Se había especializado sólo en el aspecto asistencial del proceso salud enfermedad.
- Demanda excesiva de atención médica, tanto en las especialidades como en medicina general, por duplicidad fundamentalmente.
- Exceso de prescripciones haciendo más peligroso el consumo de medicamentos.
- Innecesario y exagerado uso de rayos X, análisis de laboratorio y otros estudios de diagnóstico especializados.
- Falta de control médico en la expedición de incapacidades.
- Imposibilidad de conocer la patología predominante, por carecer de expediente clínico, que además permitiera supervisar y evaluar la calidad de la atención, así como corregir desviaciones.
- Carencia de programas de: medicina preventiva, atención y control de enfermedades crónico – degenerativas.
En este contexto se propuso que los servicios médicos se integraran en una Unidad de Consulta Externa, con los siguientes servicios: 1. Medicina familiar; 2. Especialidades básicas (pediatría, gineco – obstetricia, medicina interna y cirugía); 3. Farmacia; 4. Laboratorio de análisis clínico; 5. Servicio dental; 6. Curaciones e inyecciones; 7. Medicina preventiva y planificación familiar y 8. Hospitalización (contratación de un hospital de la localidad).
En la revisión de 1991, se obtuvieron además del incremento salarial, conquistas como la urbanización del fraccionamiento del SPAUAZ en su primera etapa, con la intervención de Gobierno del Estado, el Instituto de la Vivienda Social y una aportación de los profesores por 49 mil 500 pesos quincenales durante 18 meses, logro alcanzado después de casi 10 años de insistir en tal planteamiento.
Además se logró apoyo en equipo, el que permitiría una importante consolidación en infraestructura para el desarrollo de diversas actividades de comunicación y manejo de la información del sindicato, impulsando el proyecto académico que desde tiempo atrás había implementado y que adquiría vital importancia en la gestión sindical. Gracias al empleo de dos casas patrimonio del SPAUAZ, para hospedaje de maestros visitantes, paulatinamente se fortalecía la formación de profesores. Con lo anterior, se generaba una importante alternativa de fortalecimiento académico.
Otro logro importante fue la reivindicación de la bilateralidad en diversas funciones, lo que se puso de manifiesto con la integración de las siguientes comisiones: Comisión bilateral para actividades académicas, en donde se participaría en la implementación del programa de formación de profesores, en la elaboración del reglamento para el otorgamiento de becas, participación en el programa de estímulos y, además, la participación en otras funciones de carácter académico e investigativo.
Comisión bilateral restructuradora del reglamento de la Comisión Mixta de Admisión, Adscripción y Promoción, la que elaboraría un nuevo reglamento que integrara e hiciera compatible los elementos considerados en el Reglamento Académico y el Contrato Colectivo de Trabajo, destacando como primer paso la conformación de un catálogo de jurados para los exámenes de oposición con lo que se evitaría en gran medida el clientelismo político, la prebenda o la exclusión por razones no académicas.
Para garantizar lo anterior se plantearon requisitos para los integrantes de tal catálogo como antigüedad mínima de cinco años en el área, posgrado, titularidad en el área y obras publicadas. Otras importantes cuestiones como la tabla de puntaje para las promociones, el otorgamiento del año sabático deberían ser igualmente analizados, anteponiendo los criterios y propósitos académicos, uno de los resolutivos esenciales del Congreso General Universitario.
Comisión bilateral en la reglamentación de las funciones de la Administración Central y titulares de las dependencias, en la que se especificarían las responsabilidades y los procedimientos bajo los cuales se normarían las actividades de los funcionarios con la intensión de preservar los derechos y prerrogativas que en las relaciones con los trabajadores se presentarán.
Comisión bilateral de control de Recursos Humanos, la que tenía el propósito de contribuir bilateralmente a la reglamentación de los recursos humanos docentes, así como la prevención oportuna de conflictos en la materia, elaboraría su reglamento orgánico.
Comisión bilateral que diera forma al Contrato Colectivo de Trabajo, la que retomaría los criterios procedimentales fijados en la quinta cláusula transitoria del CCT. En la citada cláusula las partes convienen en reconocer que algunos elementos que integran el CCT (capítulos, cláusulas, …) son susceptibles de mejoras en redacción; por lo tanto, acuerdan:
- Identificar de manera bilateral dichos elementos en la Comisión Técnica de integración del CCT.
- Elaborar y presentar propuestas atendiendo a los procedimientos que cada una de las partes decida.
- Integrar en lo que proceda la propuesta al CCT.
- …
Con el propósito de que tales comisiones cumplieran con las actividades y los plazos acordados, presentarían informes quincenales al sindicato y a la administración, y en el caso de no cumplimiento de los diversos representantes en las comisiones, se procedería a un extrañamiento y de reincidir a la separación de quienes incumplirán, el propósito garantizar la conclusión de los trabajos en cada comisión.
Finalmente destaca otro acuerdo del convenio consistente en la elaboración de un calendario de visitas a cada uno de los centros de trabajo con el propósito de hacer entrega de los nombramientos y constancias que garantizarán la seguridad en el empleo y a partir de dicha actividad, identificar y constatar las vacantes definitivas.
Todas estas comisiones se encuadraban en el convenio que firmaron por una parte el Secretario General del SPAUAZ y el Rector de la Universidad Autónoma de Zacatecas y que fue depositado ante la Junta Especial de lo Local de Conciliación y Arbitraje el 11 de marzo de 1991.
El SPAUAZ es el resultado de una lucha permanente por parte de sus fundadores, los que con un espíritu de solidaridad, consistencia y tenacidad lograron su reconocimiento por parte de la Autoridades Universitarias, lo que las viejas generaciones no deben olvidar y las nuevas tomarlo en cuenta antes de atentar en su contra.
Se parte de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia (LUMAT). Informes:
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1Docente Investigador de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia. LUMAT