Podemos ver que en México ya existe un sistema de partidos competitivo regulado por un órgano ciudadanizado, con todo lo criticable que resulta y las mejoras que pudieran hacérsele. Sin embargo esto que es un hecho en el vasto cuerpo de la sociedad mexicana no es cierto de todos los sindicatos, que son cualquier cosa, menos transparentes y democráticos. Tampoco es necesariamente cierto de todas las universidades, y en algunas se escoge a sus dirigentes por procedimientos que pueden no ser democráticos como, por ejemplo, una junta de gobierno. Para zanjar la discusión por la vía rápida se puede sostener que las universidades tienen constitucionalmente garantizado el derecho a organizarse como mejor les parezca, y que por ello su gobierno interno no es necesariamente democrático. Pero, en Zacatecas, los términos de la discusión sobre su universidad estatal, la UAZ, se hacen dentro del marco de una aspiración a tener un gobierno democrático. El gobierno de la Universidad, nos dice el artículo 5 de la Ley Orgánica, será democrático. Pero no son las elecciones el momento fundamental de la idea de democracia plasmada en la Ley Orgánica, son apenas el primer momento de una larga serie. Veamos porqué analizando la estructura jurídica que nos ofrece la Ley Orgánica como realización concreta de las aspiraciones democráticas. El artículo 11 de la Ley Orgánica nos recuerda que la democracia será representativa, no directa, y que la autonomía reside en la comunidad universitaria. Esa comunidad universitaria la forman los académicos, los estudiantes y los trabajadores administrativos y son los únicos, según el artículo 12 de la misma ley, que pueden elegir a los integrantes de los órganos de gobierno y a las autoridades universitarias. Desde el Consejo Universitario hasta los Consejos de Unidad se postula una representación paritaria alumno/académico, siendo los trabajadores administrativos representados en el Consejo Universitario por tres personas.
Existe una extravagante restricción en el Consejo Universitario, que de suyo es una limitante para el crecimiento de la Universidad: se establece que el consejo no deberá tener más de 100 miembros y que deberán estar representadas paritariamente todas las unidades académicas. Para que se cumplan estos requisitos las unidades académicas no deberán ser más de 50. En su momento ello respondió a la necesidad de construir un modelo académico en el que se evitasen las duplicidades y se promoviese el trabajo cooperativo. No es la única restricción. En el artículo 9, fracción VIII se dice que es atribución de la universidad determinar los mecanismos y formas de ingreso, promoción y permanencia del personal académico, sin aludir a la relación bilateral con los sindicatos, y es hasta el artículo 17 fracción XXIII que se dice que el órgano encargado de reglamentar los procedimientos de ingreso, permanencia y promoción del personal es el Consejo Universitario, mientras que es el rector, según el artículo 21 fracción XIII, el responsable de seguir los procedimientos de ingreso del personal. Así que la contratación de personal implica una decisión colegiada y no un acto de una sola persona. Se puede argumentar jurídicamente que todos los actos y decisiones en la Universidad se prescriben como colegiados: no son, ni deberían ser, decisiones de una persona, sino resultado de la discusión en el Consejo Universitario, los Consejos de Área y los Consejos de Unidad. Que nada de esto funcione es el auténtico problema de la democracia en la UAZ. Es necesario, entonces, que la gente participe y tenga interés en que funcionen los órganos de representación y que haya tolerancia respecto a la diversidad de opiniones.
Sin esa tolerancia a la pluralidad de pensamiento, y sin la oportunidad de que la gente argumente y trate de convencer por el argumento a sus iguales no se realizará la idea de democracia que está inserta, bien o mal, en los documentos normativos que le dan forma ideal a la Universidad. Lograr esa participación es lo que vuelve análogos los problemas de la UAZ con los problemas del sistema de partidos, porque las mismas prácticas que realizan los partidos para ganar los favores del electorado son las que implementan los grupos que pretenden la Rectoría. Incluso se reproduce un ciclo electoral porque los rectores dilapidan recursos previamente a las elecciones para lograr ganarlas. La solución no es, creemos, eliminar las elecciones, sino eliminar la debilidad institucional que permite que ocurran esas desviaciones de recursos. Esto no se logra con más leyes, sino con el adecuado funcionamiento de los órganos universitarios y la transparencia en el manejo del gasto. Que esto es difícil lo demuestra el hecho de que se eliminó la elección de los responsables de programa para darle “gobernabilidad” a los directores, pero resultó está gobernabilidad en una nueva oportunidad de que los directores mostrasen que no podían velar por los intereses de sus unidades y los intereses de la UAZ. Quizá sea tiempo de reformar la Ley para que dejen de ser consejeros. ■