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miércoles, 24 abril, 2024
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Desempleados podrán hacer uso de recursos de cuenta individual: IMSS

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

■ Entre los requisitos, tener 46 días naturales de estar desempleado, haber estado registrado al menos durante tres años con una Afore, tener dos o más años cotizados en el Seguro Social

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■ También, no haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos cinco años

■ Cumplido lo solicitado, es necesario presentarse en la Afore y pedir el trámite, para que ésta la valide y sea el IMSS el que certifique el derecho al Retiro Parcial por Desempleo

■ Lo recomendable, se subraya, es acceder a estos fondos sólo en caso de emergencias, ya que al retirarlos también se disminuyen las semanas cotizadas

 

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) informó que aquellas personas que han perdido su trabajo en el marco de la contingencia sanitaria por Covid-19, podrán hacer uso del Retiro Parcial por Desempleo, uno de los beneficios que brinda la institución en materia de seguridad social y que es a su vez una protección que tiene el trabajador formal en estos momentos de emergencia, ya que podrá hacer uso del recurso de su cuenta individual.

Los requisitos para acceder a este beneficio, informó el IMSS mediante un comunicado oficial nacional, son tener 46 días naturales de estar desempleado, haber estado registrado al menos durante tres años con una Afore, tener dos o más años cotizados en el Seguro Social y no haber efectuado retiros de su cuenta individual en los últimos cinco años.

Cumplidos dichos requisitos, es necesario presentarse en la Afore y solicitar la realización del trámite, mismo que será validado por la Afore para que posteriormente sea el IMSS el que certifique en su caso, el derecho al Retiro Parcial por Desempleo.

La disposición parcial de los recursos de la cuenta individual, se explicó, se podrá realizar con base en dos modalidades: en la primera, si la cuenta individual tiene al menos tres años de haber sido abierta y la persona tiene un mínimo de dos años de cotización al IMSS, entonces se puede retirar en una sola exhibición un monto equivalente a 30 días del último Salario Base de Cotización registrado con un límite de 10 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

La segunda modalidad es aplicable cuando la cuenta individual tiene más de cinco años de haber sido abierta; en estos casos, el monto a retirar corresponde a lo que resulte menor entre el importe correspondiente a 90 días del Salario Base de Cotización de las últimas 250 semanas o el 11.5 por ciento de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (RCV).

Lo recomendable, se subraya, es acceder al Retiro Parcial por Desempleo sólo en caso de emergencias, ya que al retirar los recursos también se disminuyen las semanas cotizadas. No obstante, para no afectar la posibilidad de pensionarse, los recursos retirados pueden ser repuestos posteriormente e ingresados a la cuenta individual, con lo que se reintegrarán las semanas que hubieran sido descontadas.

Asimismo, se informó que es posible consultar las semanas cotizadas para que las personas conozcan su situación afiliatoria con el Instituto, es decir, qué patrones son los que le han dado de alta y qué periodos y salarios han registrado.

El trámite se puede realizar en la página www.imss.gob.mx en el apartado de servicios digitales y lo único que se requiere es contar con un correo electrónico, CURP, Número de Seguridad Social y de manera automática el sistema generará el resultado de la consulta.

Finalmente, se informó que es importante que las personas se cercioren de que en los registros del IMSS se cuenten con sus datos correctos y actualizados, para acceder a realizar tanto estos trámites digitales como para recibir todos los servicios que ofrece el Instituto. No obstante, si hay dudas o se requiere de una mayor información, el IMSS pone a disposición de la población el número 800 623 2323, opción 1, de lunes a viernes, de 8 a 20 horas, y los sábados y domingos de 8 a 14 horas.

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