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viernes, 21 marzo, 2025
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■ Hay quienes llaman a que sea analizada por deficiencias estructurales del sistema de justicia

Reformas integrales deben hacer innecesaria la prisión preventiva oficiosa: Vázquez Acuña

■ La ampliación es una medida temporal ante un sistema judicial incapaz de garantizar justicia, afirma

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Por: ALEJANDRA CABRAL •

La publicación en el Diario Oficial de la Federación de la reforma al artículo 19 para ampliar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, ha merecido un mensaje de la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en el que se califica esta figura como una detención arbitraria que vulnera derechos humanos fundamentales; mientras que otras voces apuntan a que esta medida transitoria puede ayudar a abatir la lacerante impunidad en delitos como como secuestro, homicidios, feminicidios y lavado de dinero.

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“Nunca pensamos que la prisión preventiva oficiosa sea la respuesta en este tipo de circunstancias. Necesitamos casi lo contrario, debemos alejarnos de las políticas de encarcelamiento», expresó Volker Türk, Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos.

El ex ministro Arturo Zaldívar ha respaldado esta postura desde al Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) afirmando que la prisión preventiva oficiosa «condena a la pobreza, no a la delincuencia», y que castiga de manera desproporcionada a los sectores más vulnerables de la sociedad, como mujeres en pobreza extrema y comunidades indígenas.

En septiembre de 2022, el subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Ricardo Mejía Berdeja, exponía, en una «mañanera», que eliminar la prisión preventiva automática significaría abrir la puerta a que delincuentes se «sustraigan de la acción de la justicia o se den a la fuga, (…) amenacen o atenten contra testigos y [que se] prevenga la reincidencia».

Refirió los casos de Óscar Andrés, alias “El Lunares”, líder de la Unión Tepito, y sus familiares, quien promovieron un amparo en contra de la prisión preventiva oficiosa. Recordó que José Alfredo “N”, “El Contador”, líder del Cártel del Golfo, obtuvo su libertad por decisiones judiciales, al igual que Rafael Caro Quintero, y señaló que varios “montadeudas” llevan su proceso penal en libertad.

Por ello, hay voces que llaman a que esta reforma sea analizada en el contexto de las profundas deficiencias estructurales del sistema de justicia en México, evidenciadas por los alarmantes índices de impunidad, como el 96.4 por ciento en casos de extorsión, o las pérdidas anuales de más de 500 mil millones de pesos derivadas de la defraudación fiscal.

Félix Vázquez Acuña, jurista zacatecano, considera que la reforma no busca ser una solución definitiva, sino una medida temporal ante un sistema judicial incapaz de garantizar justicia de manera eficiente y equitativa.

“Es ilógico pensar que haya casos en los que, existiendo elementos suficientes para dictar una prisión preventiva justificada, esta no haya sido decretada. Muchos jueces, ante este fenómeno negativo y el gran déficit institucional, han fallado en aplicar la justicia adecuadamente. Entiendo que, en este contexto, surge esta reforma”, caracteriza el entrevistado.

En este sentido, el impulso a las reformas judiciales no solo es necesario, sino crucial para avanzar hacia un sistema más eficiente y justo, pues para prescindir de esta medida cautelar se necesita un “aparato institucional robusto, en el que cada caso pueda justificarse y analizarse con criterios sólidos y bien fundamentados”.

“Con la reforma al poder judicial y su implementación, así como con futuras reformas a las fiscalías, ministerios públicos y en general al andamiaje institucional en materia de procuración e impartición de justicia, se debe hacer innecesaria la prisión preventiva oficiosa”, indica el académico.

El maestro en Derecho Constitucional, Penal y Amparo subraya que esta reforma no puede analizarse de forma aislada, sino como un eslabón en una cadena de cambios hacia un modelo más respetuoso de los derechos humanos, sustentado en investigaciones rigurosas y efectivas, y en la actuación de “jueces capaces, sensibles y comprometidos, jueces con sentido de legalidad y con sentido de justicia”.

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