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lunes, 21 abril, 2025
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■ Todas las unidades económicas del país están obligadas a redistribuir la riqueza a sus trabajadores

29 de junio, fecha límite para efectuar el pago de utilidades

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Por: Jaqueline Lares Chávez •

El reparto de utilidades correspondiente al año 2024, estipulado entre el 1 de mayo y el 29 de junio para personas físicas según la Ley Federal del Trabajo, obliga a todas las unidades económicas a distribuir utilidades a los trabajadores que prestan servicios por un salario. Esta medida busca contribuir a la redistribución de la riqueza y promover la justicia social, por lo que es crucial comprender los detalles de esta distribución.

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El reparto de utilidades, conocido también como Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU), es un derecho establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT) que está directamente relacionado con las ganancias obtenidas por la empresa durante el año. Este derecho busca contribuir a la redistribución de la riqueza y promover la justicia social.

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el reparto de utilidades debe realizarse dentro de los primeros 60 días posteriores a la fecha de declaración anual o pago de impuestos de la empresa. Esta fecha varía dependiendo de si se trata de una persona física o moral. La LFT establece que, en 2024, el reparto de utilidades debe efectuarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.

Todos los trabajadores que presten a una persona moral (empresa) un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario, tienen derecho a participar en las utilidades generadas. Para conocer si el patrón declaró utilidades, los trabajadores deben revisar la copia de la declaración que el empleador entregó al representante de los trabajadores (ya sea al sindicato o a la mayoría de los trabajadores), dentro de los 10 días siguientes a la fecha de presentación de la misma.

La utilidad repartible se dividirá en dos partes iguales: la primera se distribuirá por igual entre todos los trabajadores, tomando en cuenta el número de días trabajados por cada uno durante el año, independientemente del monto de los salarios. La segunda se repartirá en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año. 

El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

Según la Ley Federal del Trabajo, están obligadas a repartir utilidades todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios, así como todas las personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio, sin importar si son contribuyentes del impuesto sobre la renta. 

Sin embargo, no están obligadas a repartir utilidades las empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento, las empresas de nueva creación dedicadas a la elaboración de un producto nuevo durante los dos primeros años de funcionamiento, las empresas de la industria extractiva de nueva creación durante el periodo de exploración, las instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes que no tengan fines de lucro, el IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia, y aquellas empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

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