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jueves, 28 marzo, 2024
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Principios para proteger a los periodistas y la libertad de expresión

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Por: La Jornada Zacatecas •

El asesinato del destacado periodista Javier Valdez Cárdenas ha tenido muchas repercusiones, entre ellas, declaraciones de Enrique Peña Nieto y diversas autoridades en el sentido de que el asesinato es un grave atentado a la libertad de expresión, y que una sociedad que se presuma democrática no puede permitir la censura ni las restricciones a la labor informativa. En la reunión celebrada con gobernadores y ante embajadores de distintos países, el presidente de México enfatizó que “de cara a los retos que enfrentamos en la lucha contra el crimen organizado, México tiene que distinguirse en el mundo por ser un país democrático y defender la libertad de expresión.” Otra consecuencia es que gobernadores como Alejandro Tello Cristerna han expresado la necesidad de dialogar con los periodistas para tomar las medidas pertinentes a nivel local.

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Para empezar bien ese ejercicio debe reconocerse que los actos de violencia contra periodistas tienen un triple efecto: Vulneran el derecho de las víctimas a expresar y difundir sus ideas, opiniones e información; generan un efecto amedrentador y de silenciamiento en sus pares; violan los derechos de las personas y las sociedades a buscar y recibir información e ideas de cualquier tipo; y que la falta de debida diligencia en la investigación, persecución y sanción de todos los responsables puede generar una violación adicional a los derechos al acceso a la justicia y a las garantías judiciales.

La seguridad de los periodistas es una obligación estatal que implica: Prevenir, adoptando un discurso público que contribuya a prevenir la violencia contra periodistas y que no los exponga a un mayor riesgo, así como reconocer de manera constante, clara, pública y firme la legitimidad y el valor de la labor periodística, aun cuando la información difundida pueda resultar crítica, inconveniente e inoportuna para los intereses del gobierno. Las autoridades tienen la obligación de condenar enérgicamente las agresiones contra periodistas y a actuar con la debida diligencia y celeridad en el esclarecimiento de los hechos y en la sanción de los responsables. Además, los Estados tienen la obligación de proteger a aquellos periodistas cuyas vidas o integridad física están en peligro mediante la adopción de medidas concretas de protección y, también, tienen el deber de procurar justicia pronta y expedita, de investigar, juzgar y sancionar a todos los autores de los delitos contra comunicadores, tanto los materiales como los intelectuales, además de partícipes, colaboradores y encubridores.

Los medios de comunicación y organizaciones no gubernamentales también tienen un rol importante en la tarea de prevenir, evitar y sancionar la violencia contra periodistas. Los medios de comunicación deben de proveer el apoyo apropiado a las y los periodistas, incluyendo protocolos de seguridad y capacitación adecuada para aminorar los riesgos, tanto si son periodistas permanentes como freelance, además de garantizarles asistencia sanitaria y seguro de vida, acceso a la protección social y remuneración adecuada para el personal a tiempo completo y por cuenta propia.

Y, por último, se debe tener presente también que la utilización del poder del Estado y los recursos de la hacienda pública, la asignación arbitraria y discriminatoria de publicidad oficial y diversos apoyos, con el objetivo de presionar y castigar o premiar y privilegiar a los comunicadores sociales y a los medios de comunicación en función de sus líneas informativas, atenta contra la libertad de expresión y deben estar expresamente prohibidos por la ley. Los medios de comunicación social tienen derecho a realizar su labor en forma independiente. Presiones directas o indirectas dirigidas a silenciar la labor informativa de los comunicadores sociales son incompatibles con la libertad de expresión.

 

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