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sábado, 20 abril, 2024
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Analizan especialistas del INAI Ley General de Transparencia y Acceso a la Información

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Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

■ La necesidad de transparencia viene de la desconfianza, advierten

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■ Señalan que México es el país que tiene la mayor percepción de corrupción

Especialistas y comisionados del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI) comentaron en Zacatecas el contenido de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, a la que consideraron fundamental en un contexto en el que “la necesidad de transparencia viene de la desconfianza y mientras mayor sea la desconfianza, mayor será la exigencia de que haya información y que los actos sean más transparentes”.

José Roldán, investigador del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE) e integrante del Comité Editorial de esa ley, explicó que el servicio público tiene a su cargo la gestión de los asuntos relevantes de la sociedad y por lo tanto “confiamos en que alguien más va a hacer lo necesario para gestionar adecuadamente nuestros intereses”.

“Tenemos la mejor ley de transparencia pero la percepción del país, dentro del grupo de países de la OCDE, es que México es el país que tiene la mayor percepción de corrupción. Es algo paradójico, somos el primer lugar en transparencia y el de mayor percepción de corrupción”, indicó.

En ese sentido, manifestó que el sistema de transparencia tiene la función de que el ciudadano pueda observar y vigilar a quienes toman las decisiones, es decir, es “nuestro panóptico social”.

Informó que los mecanismos de acceso a la información pública son utilizados en mayor medida por periodistas, académicos, empresarios y estudiantes, lo que significa que estos son los principales usuarios y cada uno de ellos tiene una finalidad determinada.

Roldán señaló que “cada usuario tiene una finalidad: uno puede acudir al sistema para preguntar algo que nos puede concernir a nosotros mismos, una información principal, un expediente, pero también puede concernir a un asunto que nos concierna a todos más allá de lo que ese asunto en lo personal nos pueda interesar”.

Desde su punto de vista, “ahí está el gran sentido del derecho de acceso a la información. En donde no es un derecho es solamente cuando concierne a la inquietud de una persona, sino concierne al internes de todos. Por eso es que no es necesario, por ejemplo, dar el nombre de alguien porque la información no tiene sentido en tanto afecta no a alguna persona en lo individual, sino que la obligación del sujeto obligado es darla independientemente de a quién concierna”.

Recordó que el sujeto obligado es alguien que tiene a su cargo la gestión de los asuntos de todos y por lo tanto debe rendir cuentas a todos, además de que el servidor público no es el dueño de la información ni el dueño del cargo ni el dueño del presupuesto público que administra. Por el contrario, es solamente “un comisionado de los intereses de todos”.

Roldán indicó entonces que existe el propósito de robustecer el sistema de transparencia y vincularlo con otros como el Sistema Nacional Anticorrupción, con lo cual será necesario tener el acceso a los informes de los diversos organismos.

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