Después del cambio en la estructura político administrativa del país, al ser aceptadas o impuestas las llamadas Bases Orgánicas, que convirtieron a los Estados en Departamentos y a las Legislaturas Estatales en Juntas Departamentales; en 1837 el gobernador del Departamento, Santiago Villegas, sugirió a la Junta Departamental la conveniencia de que los estudios que se cursaban en Jerez fueran trasladados nuevamente a Zacatecas y se instalaran en el edificio que ocupara el Real Colegio de San Luis Gonzaga.
Se nombró una comisión para inspeccionar las condiciones en que se encontraba el inmueble, la cual rindió un informe el 26 de abril del mismo año. Los integrantes de la Junta Departamental después del análisis llegaron al acuerdo que consideraron mejor convenía al aprovechamiento de la juventud. La comisión sugiere para garantizar el buen funcionamiento de las escuelas que en el venían funcionando, lo siguiente: que la escuela de niñas se traslade a la casa de la directora, Madame Godefroy, a quien se le ayudaría para el pago de la renta; la de niños, bajo la dirección de Antonio González a la casa de la Diligencia; en cuanto a la Academia de Dibujo permanecería en el edificio y funcionara a cargo de la Dirección de la Institución que se estableciera.
En el acuerdo de la Junta Departamental se estableció realizar al edificio las reparaciones y adaptaciones necesarias, para que cuando el Supremo Gobierno lo estimara conveniente se trasladaran a él las cátedras de Leyes, Cánones y Filosofía que estaban establecidas en Jerez. También se dispuso que en Jerez continuaran las cátedras de Gramática y Francés.
Al darse cuenta las autoridades de Jerez sobre lo acontecido, reaccionan solicitando a la Junta Departamental el 26 de abril de 1837 una explicación y la derogación del acuerdo por considerar injustificados los argumentos esgrimidos. La Junta Departamental planteaba que el acuerdo del 1 de octubre de 1831, con el que se establecía la Casa de Estudios de Jerez, había sido temporal, además de que no existían suficientes jóvenes interesados en los estudios en la Villa y que la ciudad de Zacatecas tenía mejores condiciones para que la institución se fortaleciera con mayor número de catedráticos y que éstos al mismo tiempo pudieran ejercer su profesión y así perfeccionarse más y mejor, lo que Jerez no tenía. Otro argumento fue que Zacatecas era el centro económico del Estado… Los intentos de Jerez por evitar el traslado a Zacatecas de las cátedras fracasaron.
Respaldado en ese ordenamiento, el gobernador Villegas dispuso el traslado, el cual se verificó en una solemne ceremonia presidida por él, acompañado de funcionarios, autoridades religiosas y pueblo en general, el 20 de octubre de 1837, con el nombre de Instituto Literario del Departamento. Se nombró como su director al Lic. Teodosio Lares, quien contribuyo de manera significativa al florecimiento del Instituto en aquella época.
Es común encontrar en la literatura que el nombre que se proporcionó al Instituto fue el de Instituto Literario de García, hay al menos dos situaciones que ponen en duda dicho nombre: posiblemente la más importante, que Francisco García Salinas vivía y se habría opuesto tajantemente. La segunda, es que las autoridades del momento eran el resultado de la derrota sufrida del pensamiento liberal y federalismo que él representaba y es poco probable que los vencedores honraran de esa manera al enemigo vencido.
Habían transcurrido aproximadamente cinco años del inicio de las actividades del Instituto cuando estuvo al borde de desaparecer, tanto por la escasez de recursos para su mantenimiento, como por las intrigas en su contra. La deficiencia de recursos fue propiciada por una falta de criterio del gobernador del Departamento, Fernando Franco respecto a los fondos de enseñanza, apoyado en una serie de críticas y acusaciones que el periódico “La Marcha del Siglo” hacia sobre la Institución.
El director del Instituto, Lic. Teodoro Lares realizó una serie de acciones en defensa de la Institución. Lo primero que hizo fue defender el derecho que ésta tenía de recibir –de acuerdo con las disposiciones legales– fondos para su sostenimiento, a lo que se oponía el gobernador Franco, con la excusa de que estaba esperando la respuesta del Gobierno de la República sobre la clasificación de los fondos de enseñanza, y que por tanto, no podía proporcionar fondos a favor del Instituto.
Ante la gravedad e implicaciones del posible cierre del Instituto, el Lic. Lares, no dudo en ningún momento dirigirse a las Autoridades Superiores, el 2 de marzo de 1843, solicitó que a la mayor brevedad posible se hicieta llegar la respuesta a la consulta realizada por el gobernador respecto a la clasificación de los fondos de enseñanza y que debía pagarse el presupuesto del Instituto, cuyos gastos económicos, estaban determinados por las leyes, órdenes y resoluciones del antiguo Estado y del actual Departamento. El Ministerio de Justicia le respondió enviándole una copia de la resolución que habían enviado al gobernador Franco, disponiendo se invirtiesen los fondos por separado, y no desviar lo que le correspondía al Instituto en otros aspectos que no fueran de la misma Institución.
El Ministerio de Guerra fue más tajante, ya que en son de reproche y manifestando su disgusto, señalo al gobierno del Departamento que de ninguna manera debió consignar a la Junta Sub-Directora las cantidades destinadas al ramo de la educación secundaria, pues el objeto que el gobierno se propuso al fomentar las primeras letras, no fue poner trabas a los conocimientos superiores. No satisfecho el gobernador Franco solicitó se le aclararan las razones tomadas en cuenta para tomar dicha resolución, la respuesta se le hizo llegar en cifras: “que en atención a que según el cálculo formado en un quinquenio sobre el producto de los fondos de enseñanza común, ascendían a quince mil pesos anuales, de cuya cantidad se habían estado empleando nueve mil seiscientos pesos en sostener el Instituto, y escuelas”.
A su vez el Presidente Santa Ana en forma de reproche y como una orden tajante señala al gobernador Franco: “que no se desentendiera, como debía haberse desentendido el Instituto, con el pago de ochocientos pesos mensuales, y que no alcanzando el resto para atender a la instrucción primaria, se establecerá desde luego, el arbitrio que la ley señalaba” y que consistía en la aportación de un real por cada cabeza de familia. Con la revocación de la disposición de consignar a la Sub-Dirección todos los fondos, se garantizaba la supervivencia del Instituto Literario del Departamento.
Se parte de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia (LUMAT). Informes:
http://lumat.uaz.edu.mx/; https://www.facebook.com/LUMAT.UAZ; https://twitter.com/LumatUaz.
1Docente Investigador de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia. LUMAT.