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lunes, 21 abril, 2025
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El primer ombudsman

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

    En 1809, los suecos crearon la institución del OMBUDSMAN, que fue ganando popularidad en el mundo. La definición más generalizada es la que formuló la Asociación Internacional de Abogados, como una oficina creada por la Constitución o el Congreso, encabezada por un funcionario público o independiente de alto nivel, responsable ante el Legislativo. Su función era recibir las quejas de personas agraviadas por instituciones gubernamentales y tenía la capacidad para hacer investigaciones, publicar informes y recomendar acciones correctivas. 

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     En otras palabras, se trató de una especie de mediador independiente que protegía los derechos del individuo frente a las injusticias perpetradas por funcionarios. Su trabajo dependía de las investigaciones que realizaba porque en ellas, de manera categórica, sustentaba sus recomendaciones; su fuerza venía de la autoridad moral que le daba el obedecer solamente las leyes.  

     Si en la actualidad esta figura continúa siendo tan popular en el mundo es por la cantidad de posibilidades que tiene un Estado omnipotente para violar los derechos de los individuos. Por lo que respecta a nuestro país, tenemos un viejo y variado historial sobre el tema, por lo que es conveniente ocuparnos de cómo tuvo su origen esa institución tan importante.

     La idea de crearla comenzó a cobrar fuerza a mediados de la década de los ochenta del siglo pasado. Uno de los promotores más entusiastas fue Óscar González, entonces coordinador de la gubernamental de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR). Así lo sugirió, simultáneamente, en la Academia Mexicana de Derechos Humanos y en algunas instancias gubernamentales. Sin embargo, fue en Aguascalientes donde se creó primero una oficina, que algunos sectores catalogaron como OMBUDSMAN, y en un principio fue encabezada por Miguel Sarré.

     Pero no fue sino hasta el miércoles 6 de junio de1990, en solemne ceremonia, que se llevó a cabo, en el patio de honor de Palacio Nacional, con la asistencia del Gabinete Presidencial en Pleno: senadores, diputados, miembros del Cuerpo Diplomático, gobernadores y procuradores de Justicia de todos los Estados, cuando el entonces presidente, Carlos Salinas de Gortari, instaló formalmente el primer OMBUDSMAN en México, que tomó por nombre Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), cuyo objetivo fue, y es, prevenir, evitar y castigar la violación de esos derechos en el territorio mexicano. La jurisdicción de sus facultades incluye al poder público del Estado mexicano. De esta forma, el organismo gubernamental, al vigilar actuaciones de quienes integran ese tipo de dependencias, se convierte, por consecuencia, en juez y parte. Por eso, tomando en cuenta esta situación, en la misma ceremonia, el Jefe del Ejecutivo federal señaló “ante todo el mundo” político e intelectual, que el nuevo organismo enfrentaría “las amenazas a los derechos humanos, provengan de donde provengan”. Esta nueva Comisión fue presidida por el ex rector de la UNAM y ex Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Jorge Carpizo, quien se convirtió en su primer titular y, al tomar posesión de su encargo, dio a conocer tres buenas intenciones:

  • Primera, de carácter preventivo. Anunció que se llevaría a cabo una mayor difusión de lo que son los derechos humanos y en qué consiste su protección. Para lograr este objetivo se crearon programas; se impulsaron publicaciones, y se fomentó la discusión de alto nivel a través de eventos generalmente de tipo académico.
  • Segunda. Representar al gobierno federal ante organismos nacionales e internacionales, sobre derechos humanos, en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores, con objeto de que México y su gobierno tuvieran una participación más activa en foros de discusión y decisión sobre este tema. 
  • Tercera. Ninguna violación de los derechos humanos quedaría impune en el Estado mexicano.  

     Medio año después, en Baja California, ocurrió algo diferente. El 31 de enero de 1991, el Congreso Local de aquella entidad aprobó un decreto de 40 artículos mediante el cual fue creada lo que se denominó Procuraduría de los Derechos Humanos y Protección Ciudadana. Su importancia fue que el Poder Legislativo estatal, al ejercer sus facultades, estableció una institución con atribuciones claras, y sobre todo, con independencia del Ejecutivo. En su artículo 18 señalaba: “El procurador, durante su encargo, no podrá ser removido si no es por causa justificada a juicio del Congreso del Estado, en los términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos”. La trascendencia fue debido también al nombramiento de su primer procurador, José Luis Pérez Canchola, un mexicano excepcional, que independientemente de lo político y lo social, mantuvo siempre una lucha a veces solitaria, contra las injusticias. De ahí que todos los partidos políticos, en su oportunidad, votaron por Él. La unanimidad fue calificada de histórica en los medios nacionales y locales de aquella entidad. Posteriormente, también en las entidades federativas, se establecieron las Comisiones respectivas. 

    No obstante sus nobles objetivos, es un organismo que solo está facultado para formular recomendaciones públicas no vinculatorias, denuncias y quejas ante las autoridades respectivas. Todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones que le presente este organismo, y en su caso, el de los Estados respectivos. 

La CNDH es incompetente en asuntos electorales y jurisdiccionales.

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