Luego de realizar varios foros en semanas anteriores, la Comisión Especial para la Atención y Seguimiento de la Crisis Financiera del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Zacatecas (Issstezac) concluyó que la reforma a la ley de este organismo no debe eliminar la complementariedad de las pensiones (excepto para las nuevas generaciones), pero sí cambiar el cálculo de las prestaciones de veces salario mínimo a unidad de medida y actualización (UMA), establecer un tope en las pensiones, entre otras acciones.
El documento elaborado por la comisión legislativa mencionada detalla que debe realizarse la distinción de aplicación de una reforma de las generaciones, proponiendo que sean pensionados, activos (con derechos adquiridos y expectativa de derechos) y nuevas generaciones.
Ante la inconformidad de la base pensionada, derechohabientes activo y personal que trabaja en el Instituto por los manejos administrativos y financieras desde la creación del propio Instituto, lo que a su juicio ha ocasionado la crisis en la que se encuentra, la comisión se pronunció a favor de que se sigan las investigaciones y auditorias que resultes necesarias para que sea aclarado el manejo financiero, por lo cual “se propone que en el dictamen de la reforma se incluya en artículos transitorios las acciones que deberán de llevarse para que se sigan con estos procedimientos administrativos”.
Además, refiere que las variables paramétricas presentadas por el secretario de Finanzas y presidente de la Junta Directiva del Issstezac, Ricardo Olivares, vulnera derechos de los trabajadores y pensionados, por lo que solicitaron corridas financieras a los actuarios para garantizar la viabilidad financiera considerando cambios en dichas variables.
Con base en ello, el informe de la Legislatura plantea una modificación al cálculo de las prestaciones migrando de veces salario mínimo al uso de las UMAs, lo cual ya fue validado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
También establece la necesidad de modificar el tope de pensión, tema en el que “esta comisión considera que, de acuerdo con los promedios de pensiones de los distintos sectores, es viable y factible si modificar el tope de pensiones, pero que no se de 10 UMAs como lo considera las variables paramétricas y dejar el tope de pensiones en 15 UMAs”.
Otra conclusión derivada de los foros es gravar y reducir el aguinaldo, ya que los últimos 3 años de esta administración esta prestación no ha sido cubierta por el Instituto, lo que ha ocasionado que se demandara su pago, de manera que “es necesario recalcar que de acuerdo con las notas técnicas si es viable y urgente gravar dicha prestación”
Por otra parte, coincide con la necesidad de un incremento gradual a las cuotas y aportaciones patronales y no a los derechohabientes, ya que “existe la falta de confianza de parte de toda la base en incrementar las cuotas y no se garantice la transparencia y rendición de cuentas de estas”.
Asimismo, señala que se debe establecer claramente que después de este incremento gradual a cuotas y aportaciones ya no se deberán incrementar las cuotas a trabajadores, es decir, si existiera por los cambios en las variables el patrón deberá asumir su incremento y ya no deberá subir adicional a lo mencionado en esta variable las cuotas a trabajadores.
Otro aspecto que se considera en la reforma a la ley es la modificación del sueldo regulador, ya que este es el mecanismo para la proporción entre cotización y beneficio que asegure razonablemente la sostenibilidad de un fondo solidario; es decir, es la base para determinar la cuantía de las pensiones.
También plantea la eliminación de la prestación de devolución de cuotas, tema en el cyal el secretario general del Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Estado, Municipios y Organismos Paraestatales (SUTSEMOP) fue el único que se manifestó de manera explícita sobre esta variable al expresar que es importante establecer tiempos para las devoluciones considerando que debe ser de 8 años como mínimo para la solicitud.
En lo que respecta a la complementariedad de las pensiones, el informe expone que, al ser una de las propuestas que todas las voces rechazaron tajantemente, “esta comisión considera que no debe implementarse, salvo en las condiciones de las nuevas generaciones”.
Sobre las medidas que se deberán llevar a cabo para la reingeniería administrativa y las áreas empresariales, la Legislatura concluyó que se debe considerar el cierre de las mismas, además de realizar la verificación a más tardar en 6 meses una vez que sea aprobada una posible reforma.
Además, “de los foros y de la información financiera se concluye que aun cuando no es una culpa que sea atribuida a los trabajadores, es necesaria la revisión y un tabulador de sueldos, siempre respetando los derechos laborales de los trabajadores. Se requiere la instalación de un observatorio ciudadano, los pensionados, trabajadores activos requirieren tener la seguridad que los recursos del Instituto sean ejercidos de manera transparente”.
Por último, señala que, de acuerdo con los estudios actuariales, será necesaria la conversión de la reserva técnica en líquida, establecer la desincorporación de los bienes propios del Instituto, pero también determinar que los recursos adicionales que lleguen por este motivo se inviertan directamente en el fondo de pensiones y generar la prestación de mayor rentabilidad, la cual son los préstamos. Dicha enajenación de bienes tendrá que ser supervisada y deberá ser informada al Poder Legislativo por lo menos cada tres meses y hacer pública la información en los portales de internet.