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miércoles, 24 abril, 2024
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Colectivos esperan que Ley de Desaparición forzada sea aprobada antes de finalizar el año

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Por: CLAUDIA BELMONTES •

■ Ricardo Bermeo considera que será insuficiente el presupuesto de 3 mdp que se planea destinar para la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas

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El pasado 17 de diciembre la 63 Legislatura dictaminó la “Ley de Desaparición Forzada y Desaparición cometida por Particulares para el Estado de Zacatecas”, normatividad que se espera que sea aprobada antes de que termine el 2019, colectivos en Zacatecas de familiares de personas desaparecidas afirmaron que se debe de armonizar de manera legislativa para la creación de una agenda de acción para 2020 en el estado, esto en el foro de discusión de la ley.

En este nuevo ordenamiento se establece la existencia de una coordinación entre las autoridades estatales y municipales con los familiares de las víctimas de desaparición, para poder de coadyuvar en la búsqueda de las personas no localizadas, además de que busca la implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación de personas.

“También se crea y establecen los lineamientos mínimos para el funcionamiento de la Comisión Local de Búsqueda, garantizando la protección integral de los derechos de las Personas Desaparecidas hasta que se conozca su suerte o paradero, así como la atención, la asistencia, la protección y, en su caso, la reparación integral y las garantías de no repetición a las víctimas o sus familiares en términos de la Ley General, esta Ley y la legislación aplicable”, aseguró César Barragán Barrios, especialista en el tema.

Por su parte, Ricardo Bermeo Padilla, acompañante solidario de estos colectivos, comentó que el recurso que se planea destinar por parte del estado para la búsqueda de personas desaparecidas o no localizadas es muy poco, ya que los 3 mil millones de pesos se destinarían prácticamente en salarios para aproximadamente 18 personas en Zacatecas. Actualmente sólo hay dos personas que se dedican a la búsqueda de personas desde el gobierno, esto sin importar que haya una comisión de búsqueda.

Germán Morales Enríquez, docente de la Unidad Académica de Desarrollo y Gestión Pública de la UAZ, explicó que esta ley debe tener 4 puntos focales en los que se tiene que regir y que de ahí tiene que partir para que su funcionamiento sea el esperado por los familiares de las víctimas

“Tiene que ser garante de que los órdenes de gobierno hagan su labor, el establecimiento de lineamientos para el funcionamiento de la Comisión de Búsqueda, además tiene que garantizar la protección de derechos de las personas desaparecidas hasta que se conozca su paradero y que los familiares participen en el diseño, implementación, monitoreo y evaluación de las acciones de búsqueda e identificación”, finalizó.

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