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jueves, 28 marzo, 2024
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El outsourcing es un cáncer para los derechos del trabajo

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Por: Óscar Alzaga •

El subcontratismo o outsourcing es una de las peores herencias del neoliberalismo de 1982 a 2018, que “legalizaron” con la reforma laboral de 2012 el PAN, PRI y PRD. Igual que los contratos colectivos de protección patronal, la política de cero huelgas, el desfinanciamiento de la seguridad social y otras medidas, fueron obras neoliberales contra los trabajadores, para colmar las ganancias de empresarios.

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La peor reforma laboral del neoliberalismo fue la de facto, no la de jure. Se convirtieron en los maestros de la simulación y la mentira. Cada vez más alejadas las instituciones y las autoridades de los hechos para cumplir con las leyes, su incumplimiento fue la norma neoliberal: véase a lo que obliga el artículo 123 de los salarios y compárenlo con la realidad. O la “interpretación” de las normas por los tribunales, cada vez más alejados de las leyes y más cerca de la corrupción. En ese marco crecieron los outsourcing como un cáncer contra el trabajo.

Si de suyo el poder empresarial es muy superior al del trabajo y el sindicato, medido entre ganancias y salarios, prestaciones y derechos; con el neoliberalismo, se volvieron abismales las diferencias entre el capital y el trabajo. Degradando como nunca el mundo del trabajo.

Baste como ejemplos que el salario nacional promedio que había en 1982 cayó para 2018 (en 36 años) casi el 67%; así como el valor del capital en el Producto Interno Bruto (PIB) subió de 34% al 49%, en sentido contrario del salario nacional(1). En 1980 el salario nacional era de los más altos en América Latina, en 2018 es el más bajo.

El subcontratismo es un cáncer para los derechos básicos del trabajo, individuales y colectivos, porque su base son los salarios mínimos y el empleo eventual, una combinación que condena a que nunca haya planta en el trabajo y a la miseria, siendo el empleo estable la base de todo el edifico de los derechos laborales, nada se alcanza sin la seguridad en el empleo. Menos se alcanzan los derechos colectivos de sindicación, contratación colectiva y huelga, pues impide la libertad sindical y la libre negociación colectiva.

¿Qué grupo de personas puede formar un sindicato con trabajadores eventuales y puede negociar el contrato colectivo o ir a una huelga justa? Se es eventual en trabajos de un día, una semana o un mes y después a la calle, sin responsabilidad alguna para el patrón. El patrón puede despedir cuando quiera. Sin otra opción de su empleado que demandar ante un tribunal, sin salario ni indemnización por años.

En el origen, el subcontratista fue un patrón externo limitado a realizar obras temporales y ajenas a las labores cotidianas de la empresa a la que servía. Se justificaba así la intervención del subcontratista, para ello las empresas debían contar con el visto bueno de los sindicatos titulares de la materia de trabajo, para que el subcontratista no invadiera las labores de los sindicalistas.

Pero en esos 36 años neoliberales, las empresas abusaron del recurso que les permitía abaratar el costo de la fuerza de trabajo y debilitar o, de plano destruir, los sindicatos. ¿De qué les sirve a los eventuales el voto secreto? Para nada. Serían las mismas empresas las convertidas en subcontratistas, las operadoras del recurso. Similar a las utilidades: un derecho constitucional anulado en los hechos, con maniobras y la indispensable complicidad de las autoridades.

Por eso urge la reforma laboral que limite la subcontratación, sin abusos patronales, como se propuso en el Senado el 29 de octubre y se aprobó por unanimidad en comisiones el 3 de diciembre. Pero saltó la patronal para oponerse y proteger su excesivo lucro que ven en peligro, de modo directo a través de sus voceros e indirecto con Ricardo Monreal, con él cerraron filas el PAN, PRI y PRD, para congelar la reforma, en lo que encuentran otro “recurso” para impedir la reforma en definitivo.

Los bandos están claramente delimitados, como los intereses de las clases sociales. Arturo Alcalde, muy cercano a la Secretaria de Trabajo, en documento público dirigido a la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, se opone a reformar el outsourcing, afirmando que la reforma del 1 de mayo de 2019, “aun no ha sido ejecutada en su totalidad, razón por lo que introducir un nuevo rediseño dificulta la consecución de cada uno de los puntos modificados”.

Con argumentos muy abstractos propone en concreto frenar la reforma al outsourcing. Como antes Luisa Alcalde, la Secretaria de Trabajo, se opuso a reformar el artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), sobre los salarios caídos, coincidiendo también con la patronal en los argumentos y enviando una carta al Senado. Tal parece que ambos buscan que sólo la reforma propuesta por ellos, sea la única. Pese a que las reformas deben ser obra del poder legislativo, y coinciden ellos, de paso, la patronal en sus argumentos.

Luisa Alcalde además defiende que con la reforma laboral de 2012 del PAN, PRI y PRD, el outsourcing ya tiene bastantes candados, pero no se cumplen en los hechos. ¿Para quién es su reclamo, para la misma Secretaría del Trabajo y la Junta Federal, el principal Tribunal de Trabajo del país? Lo cierto es que en la Junta Federal no se ha modificado nada, sigue igual que antes.

La última información de la presidenta de la Junta Federal, Eugenia Navarrete (La Jornada, 6-XII-2019), pone en tela de duda que se cumplan los plazos para la creación del nuevo Tribunal Judicial Laboral proyectado en la reforma del 1 de mayo de 2019, pues afirma que: 73 mil 724 juicios se concluyeron en el último año, teniendo un rezago de casi medio millón de expedientes, los que al ritmo que lleva la Junta tardaría más de 5 años concluirlos; eso, sin tomar en cuenta los nuevos casos que entren en esos mismos 5 años. ■

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