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miércoles, 24 abril, 2024
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Los motivos de Benjamín (Fresnillo y los contrapesos)

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Por: LUIS MARTÍNEZ LÓPEZ •

En días pasados presenciamos la destitución del contralor municipal de Fresnillo. El tema es relevante porque pone de manifiesto la urgencia de intervenir en los temas de corrupción y transparencia; además del principio básico del Estado liberal: la necesidad de que el poder actúe a partir de contrapesos. Lo que vemos es que la ausencia de estos últimos, abre la compuerta de la arbitrariedad, el autoritarismo, y atrás de estos, de la opacidad y la corrupción. Es decir, no es un tema menor, sino que merece que pongamos atención a su desenlace (el presidente pretende proponer él a su vigilante). Desenredemos un poco el asunto.

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Cada vez que se esboza o se presenta a través de los medios de comunicación un problema en la esfera administrativa o de gobierno, en sus diferentes ámbitos sea éste municipal, estatal o federal, acudimos al estudio del derecho para intentar dar una opinión fundada a partir de las normas jurídicas vigentes. El municipio por mandato constitucional de conformidad con el artículo 115, es considerado como la organización política, territorial y administrativa que tienen los estados integrantes de la Federación, es un ente, en donde los sujetos que intervienen, cuentan con la capacidad para gozar y ejercer derechos, pero también tiene un cúmulo de obligaciones.

El municipio como sujeto con capacidad para tener derechos y obligaciones lo constituye en una persona ojurídica de Derecho Público, característica y circunstancia que somete la estructura y funcionamiento a un orden jurídico, regulado fundamentalmente por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Constituciones locales, las Ley Orgánicas del Municipio y las leyes locales que les sean aplicables.

En este contexto, los motivos expuestos para tomar el punto de acuerdo que asume el ayuntamiento del municipio de Fresnillo para destituir al contralor municipal, más que estar soportado en un análisis jurídico en el sistema normativo, parece ser un ajuste de cuentas, una venganza política, la aplicación del uso de la fuerza institucionalizada para imponer una voluntad mayoría a consta del Estado de Derecho.

La culpabilidad del contralor municipal de Fresnillo la encuentran en la denuncia hecha pública por un presunto desvío de recursos, acto imputado al presidente municipal, el acto, la adquisición de una camioneta blindada sin contar con el soporte presupuestal, sin tener la autorización del cabildo y por utilizar el dinero del Ramo 33, Fondo 4, con destino al pago de salarios en la Dirección de Seguridad Pública Municipal, alegando la perdida de la confianza y por considerar que los datos expuestos a la opinión pública tienen el carácter de reservado.

Quedando como evidencia que las acciones que la Ley Orgánica del Municipio le concede a los contralores para a vigilar, controlar, supervisar y evaluar los recursos y el presupuesto, así como el funcionamiento administrativo de los municipios son solo una muestra de la simulación imperante en los gobiernos municipales, ya que su actuar queda supeditado a la emisión de una serie de observaciones en un informe trimestral que como obligación tiene que realizar para enviar al ayuntamiento y a la Auditoria Superior del Estado, instancias de gobierno del ayuntamiento y administrativas de la Legislatura del estado, que responden en su integración a una mayoría política, diluyendo toda acción de vigilancia y transparencia en el ejercicio de los recursos públicos.

Asimismo, la mordaza impuesta por la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, misma que señala como obligaciones y causales de responsabilidad de los servidores públicos el “Abstenerse de divulgar la información reservada a que tengan acceso, con motivo de sus funciones”; condenando a los contralores municipales al silencio público en la serie de irregularidades que se pudieran presentar.

Sin lugar a duda, esta controversia se tendrá que resolver en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, resolución que ocasionara un daño al patrimonio de la hacienda municipal, en perjuicio de los ciudadanos y no del patrimonio de quienes lo ocasionaron, por lo que, en correspondencia a la acción realizada por el ayuntamiento de Fresnillo al destituir al contralor municipal, la Legislatura del estado en estricto apego a la legalidad e institucionalidad debería destituir al presidente municipal usando los mismos motivos y argumentos expuestos por Benjamín Medrano. ■

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