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viernes, 4 julio, 2025
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Aumentan 132% conflictos laborales en las Juntas de Conciliación, los últimos 20 años

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Por: ALMA RÍOS •

■ Reforma en la materia, la más importante desde promulgación de la Constitución

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■ En Zacatecas se pretende que los tribunales del trabajo se constituyan en entidades autónomas

Los últimos 20 años 18 millones de mexicanos se incorporaron a la Población Económicamente Activa (PEA), y de diciembre de 1994 a mismo mes de 2015, los conflictos laborales procesados en la juntas de Conciliación y Arbitraje del país aumentaron 132 por ciento, al pasar de 125 mil asuntos, a 291 mil.

Estos datos contenidos en la exposición de motivos del dictamen del proyecto de reforma constitucional en materia laboral enviado al Congreso de la Unión por Enrique Peña Nieto, que se considera la más importante para este apartado desde la promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, y que ya ha sido aprobado en el Senado y actualmente se encuentra en discusión en la Cámara de Diputados, hablan de una justicia laboral “lenta, costosa y de difícil acceso”, dijo el coordinador general Jurídico de Gobierno del Estado, Jehú Edui Salas Dávila.

La iniciativa que entre otras cosas pretende suprimir las juntas locales y federales de Conciliación y Arbitraje dependientes desde hace casi 100 años del Poder Ejecutivo, para adscribir la materia laboral al Poder Judicial, “permitirá romper inercias, vicios y prácticas que no siempre eran las más adecuadas”.

En el caso del estado de Zacatecas la actual administración ha ido más adelante, pues la reforma federal no contempla que los Tribunales de Conciliación y Arbitraje, mediante los que se imparte justicia laboral a los servidores públicos, se constituyan en entidades autónomas.

La iniciativa de creación del Sistema Estatal Anticorrupción, presentada a la 62 Legislatura del estado el pasado 29 de septiembre, sí lo propone, del tal forma que ya no sería éste un órgano desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno.

“Nosotros no podemos incidir en lo que se decide a nivel país pero sí podemos ponerle orden a la casa. Nosotros vamos a tener un Tribunal de Conciliación y Arbitraje Autónomo”, que no dependerá ni del Poder Ejecutivo ni del Judicial y cuyos tres magistrados integrantes, serían elegidos mediante un mecanismo especial que involucra tanto a la Legislatura del estado como al gobernador, expuso Salas Dávila.

Dijo entonces que en el estado de Zacatecas, por ejemplo, “ya no van a despedir a un trabajador de la Secretaria General de Gobierno y la misma Secretaria General de Gobierno va a juzgar si lo despidió bien o lo despidió mal”.

Observó de respecto de la definición de “tribunal” para el que actualmente imparte justicia en materia laboral con respecto a los servidores públicos, “¡Vaya hasta la denominación está mal, un tribunal no puede depender del Ejecutivo!”, sino solo del Poder Judicial o ser un organismo autónomo como se pretende hacer en este caso.

 

Libertad sindical y derecho de huelga

En referencia nuevamente a la iniciativa de reforma a la Constitución general en material laboral, observó que garantizará que la libertad sindical “no sea letra muerta”.

Desde su origen, expuso, los sindicatos habían tenido plena libertad de organizarse, modificar sus estatutos y decidir la forma de elegir a sus dirigentes, “ese grado de libertar los llevó a que se convirtieran en organizaciones corporativas, a que los grandes sindicatos nacionales den lugar a cacicazgos eternos”.

Comentó que hasta el momento todos los cargos de representación importantes se eligen por votación secreta, excepto los sindicales.

La reforma entonces, contempla como “requisito constitucional” que sus dirigencias sean elegidas por voto personal de cada uno de sus agremiados, libre y secreto, “tendrán que hacerlo todos los sindicatos y es el tema que más les va a doler”, dijo.

Respecto del tema del derecho a huelga, la iniciativa especifica que solamente podrá emplazar legalmente, el sindicato que ostente la titularidad del Contrato Colectivo de Trabajo, “esto es, quien tenga la mayoría de afiliados”.

“La única modificación que viene contenida en la iniciativa respecto del derecho de huelga es que antes del emplazamiento, demuestre que es el sindicato titular de la relación de trabajo. El derecho a huelga permanece incólume, no se toca”, aseveró.

 

Especialización en impartición

de justicia laboral

Las juntas de Conciliación y Arbitraje estaban propuestas mediante representaciones tripartitas: gobierno, trabajador, patronal, “un modelo muy raro”, dijo Salas Dávila, que se expresa como un caso único en el sistema jurídico mexicano, porque a pesar de esta conformación “la impartición de la justicia laboral debe estar apegada a los principios constitucionales y de la propia Ley Federal del Trabajo”.

Se buscaba con esta conformación tripartita que pudieran emitirse decisiones colegiadas que recogieran las visiones de los tres actores al modo en que funciona un jurado en el sistema de justicia anglosajón donde interviene el criterio o punto de vista respecto de la comisión de un delito de los ciudadanos integrados al mismo, “sin embargo, el marco jurídico –mexicano- no se los permitía”.

“La figura entonces esta en exceso rabasada”, sostuvo, por lo que la pretensión de la iniciativa es transitar de este modelo “que no tendría razón de ser” a uno “de especialización que se encargue únicamente de dictar la resolución en términos de la ley”.

Acotó al respecto que las juntas locales y federales de Conciliación y Arbitraje, se dividían en las citadas dos funciones, de aprobarse la reforma en materia laboral que todavía debe pasar por la Cámara de Diputados y luego por su aprobación en la mayoría de las legislaturas de las entidades federativas, la etapa de conciliación habrá de realizarse en un “organismo prejudicial” y descentralizado, que además se encargará del registro sindical y contractual.

De esta manera el Poder Judicial estatal y federal se concentrarán propiamente en juzgar, “en la labor propia jurisdiccional”.

Abundó respecto del tema de la profesionalización en la impartición de justicia, que este es un carácter del que sí goza el Poder Judicial a diferencia de lo que ocurre hasta el momento en las juntas de Conciliación y Arbitraje, donde no ha logrado desarrollarse, “porque el nivel de decisión política es mucho más alta en el Poder Ejecutivo, en cambio en el Poder Judicial sí hay una serie de requisitos, trayectorias por lo menos, para ser juez”.

“La propia ley orgánica de la Federación y el estado, habrán de determinar cuáles son los requisitos para ser juez –en materia laboral-, que son mucho más estrictos que para ser Presidente de la Junta, eso sí me queda claro”.

 

Preponderancia de la conciliación

y acceso a la justicia laboral

Las modificaciones también buscarán que la mayoría de los asuntos se solucionen en la etapa de conciliación. Actualmente observó, todas las materias, salvo la administrativa y electoral, contemplan una fase previa de negociación. Así sucede en los ámbitos del derecho civil, mercantil e incluso penal.

“Hacia allá va” la citada iniciativa en materia laboral, “a tratar de desahogar un poco la inmensa carga de trabajo que tienen los tribunales especializados, y que sea una instancia previa del propio Poder Judicial, en este caso como un organismo público descentralizado, quien se encargue de la conciliación”.

Señaló además, que la estructura del Poder Judicial está presente en todos los municipios de la entidad, por lo que la justicia en materia laboral también bajo esta consideración, será “más accesible, profesional y sin vicios”.

Expuso en sustento, que en la capital del estado de Zacatecas donde se concentra el litigio de los asuntos laborales por ser sede tanto de la Junta como del Tribunal, de Conciliación y Arbitraje, son apenas cinco los despachos jurídicos quienes absorben entre el 70 a 80 por ciento de estos casos.

“La concentración de funciones siempre es caldo de cultivo para la corrupción, cuando se le deja la decisión de investigar, de perseguir, de sancionar, a un solo poder, se genera un caldo de cultivo impresionante para la corrupción”.

Sacar la procuración e impartición de justicia laboral del ámbito del Poder Ejecutivo, dijo desde su experiencia como abogado litigante y como servidor público, “sí va a ayudar, más que a nosotros como Estado, a la gente que tiene el conflicto laboral, a quien le quede a media hora de resolver su conflicto, y no acá”.

El proyecto de iniciativa propone el periodo de un año a partir de su entrada en vigor, para iniciar el proceso de desaparición de las juntas de Conciliación y Arbitraje. Y no ordena la transferencia de recursos humanos al Poder Judicial.

“Seria repetir el vicio. No lo podemos hacer, quizá nos cueste ahorita mantenerlos, pero creo que va a ser más barato que se queden en otro lado, a que se vayan a seguir siendo las mismas caras pero en un Poder distinto”.

“Creo que sí avanzamos y eliminamos parcialidad, simulación, opacidad, muchas cosas. Yo lo veo bien, lo recibimos bien. Nosotros ya hicimos lo propio con el régimen burocrático en Zacatecas. Hacia allá vamos, a que no dependa –la justicia laboral- de la decisión de un Gobernador o de un Secretario”.

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