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martes, 22 abril, 2025
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Instituto Zacatecano de Cultura A 30 años de distancia

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Por: JORGE HUMBERTO ARELLANO •

Hace ya treinta años, el gobierno del Lic. Genaro Borrego Estrada, el flamante y recién estrenado gobernador del estado de Zacatecas hacía saber a la ciudadanía zacatecana y al resto de la gente que se interesara, que LII Legislatura le había hecho llegar el Decreto # 16 donde autorizaban la aprobación de la “Ley que creaba el Instituto de Cultura de Zacatecas. El sueño de muchos artistas y creativos se mostraba al alcance, durante algún tiempo se habían hecho algunos sondeos y se logró exponer una buena propuesta.

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Es importante mencionar que en aquellos tiempos las actividades de tipo cultural en el estado escaseaban y las manifestaciones del talento local se daban a cuenta gotas o fuera del estado o del país. Podría decirse que los antecedentes inmediatos de una actividad cultural sostenida, se daba, con muchas limitaciones, en la Universidad Autónoma de Zacatecas y el Instituto de Bellas Artes. Desde esta nueva perspectiva, la Ley le daba al Instituto una convicción alentadora sobre su futuro inmediato y a largo plazo, garantizando que los proyectos con que se iniciaba su funcionamiento gozarían de una seguridad de acción, creación y recreación a través de diversas prácticas, algunas que venían de fuera y dejaban recuerdos imperecederos que mantenían en movimiento a estudiosos de la entidad y los que eligieron el estado para hacer su vida intelectual. Los que vimos nacer esta iniciativa nos sentimos afortunados de que así, sin anestesia, el gobernador se aventara ese trompo a la uña. Con cierto escepticismo de la ciudadanía y sobre todo de la comunidad avezada en asuntos de cultura en general, el Instituto nació y su futuro pareció prometedor.

Tiene veintisiete artículos, pero creo que con mencionar los tres primeros es suficiente para mostrar el espíritu con que el Instituto podría enfrentar con éxito el futuro y trascender a través de la acumulación de logros.

El primer artículo le garantiza su personalidad jurídica y patrimonio propios además de que lo descentraliza del Gobierno del Estado. El artículo segundo vale la pena citarlo completo “El Instituto tendrá como objetivo: promover, difundir, fomentar, coordinar y desarrollar la actividad cultural en el Estado, preservando y rescatando sus valores arqueológicos, artísticos e históricos tradicionales y populares, locales y nacionales.  Para acrecentar el conocimiento del patrimonio cultural universal, valorar y ubicar el sentido de identidad y arraigo de los Zacatecanos.”

El Artículo tercero afirma que para el cumplimiento de su objetivo, el Instituto tendrá las siguientes atribuciones:   I. Planear, programar y fomentar la actividad cultural en el Estado;   II. Investigar, rescatar, promover y difundir el patrimonio arqueológico, histórico y artístico de Zacatecas;   III. Buscar la participación de los habitantes de la entidad en las actividades culturales, como un medio de aprendizaje, creación, recreación, mejoramiento personal y comunitario. Los otros trece incisos hablan de acciones importantes como hacer convenios, establecer mecanismos de coordinación, con los organismos Federales, Estatales y Municipales, ejecutar programas culturales que el Gobierno encomiende;  promover el intercambio cultural; capacitar y actualizar a maestros, promotores o personas interesadas, para el desempeño de las actividades culturales; propiciar y estimular la creación artística en todos sus géneros;   registrar y apoyar la iniciativa de personas y grupos;  crear, acrecentar, fomentar, dirigir y administrar los museos, colecciones, teatros, foros, auditorios, casas de la cultura, centros de investigación, librerías, galerías de arte y otros afines que pertenezcan o se relacionen con el patrimonio estatal; coadyuvar a la defensa del patrimonio arqueológico, histórico, artístico, bibliográfico y monumental de la entidad; adquirir, usar, administrar y conservar los bienes; gestionar ante las Autoridades Federales y Estatales; establecer relación con los medios de comunicación social para promover y difundir los valores culturales y hacer labor editorial que sea afín al fundamento y propósito de esta Ley.

Los cuatro considerandos que sustentaron la Ley habían discurrido sobre la necesidad de promover la cultura en el estado, la recuperación de los episodios culturales que habían tenido vigencia en el pasado, la incorporación a los movimientos internacionales de gran nivel sin descuidar la vulnerabilidad de los preceptos locales que pudieran trastocarse y que a su vez afectaran la soberanía de la nación.

Debe hacerse notar, además, el lenguaje con el que se expidió este decreto es objetivo, congruente y muy ambicioso, aún para estos tiempos, y más con las amenazas de austeridad que ensombrecen las estimaciones presupuestales para todo lo que tenga que ver con educación, arte y cultura.

Los que han visto la confirmación de logros, la evolución y la actualidad del Instituto podrán tener opiniones diferentes sobre el análisis de los resultados, lo importante es que estos ahí están. Por él han desfilado seis directores y más de cuatrocientos burócratas que para bien de la manifestación ilustrativa del estado, han sabido mantener activo el aparato cultural; el cambio habido en este rubro es innegable y la actividad cultural se ha multiplicado.

Hay muchas preguntas qué hacer y asuntos que analizar con profundidad. Aún hay algunos de los incisos del artículo tercero que pueden ponerse en efecto para cumplir con todo el espectro de tareas para el cabal cumplimiento de sus objetivos y que le ayuden a contrarrestar la austeridad. Se hará en la próxima entrega cuando le cantemos Las Mañanitas al Instituto.

Para terminar, una pregunta a quienes conozcan desde sus entrañas la historia del Instituto: ¿Cuántos sobrevivientes del personal que inició sigue en activo? La próxima semana se mencionarán en este espacio. ■

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