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Sin Amalia, otra sería la historia del Centro Histórico

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Por: AQUILES GONZÁLEZ NAVARRO •

“Los dueños de fincas en peligro de colapso que no atiendan las recomendaciones que emite la Junta para rehabilitar el inmueble, podrían tener un proceso civil o penal”, transcriben los medios la declaración del titular de la Junta de Protección y Conservación de Monumentos y Zonas Típicas del Estado, a propósito de los inmuebles ubicados en el Centro Histórico de la capital y que por el nivel de daño a sus estructuras están en riesgo de colapsar.

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Desde hace muchos años el asunto de las viejas fincas en la zona centro de la capital, ha sido motivo de preocupación, aunque no de atención ni de ocupación por parte de los gobernantes y de los encargados del ramo. La idea de proceder por vía civil y hasta penal no es nueva. Otros, antes que el actual presidente de la Junta lo han propuesto sin resultado y es obvio, porque se topan con un viejo principio jurídico de carácter universal: “nadie está obligado a lo imposible”.

Así de fácil. Si el propietario de algún inmueble en pésimas condiciones, carece de medios económicos para la restauración, no hay forma legal de obligarlo a menos que el gobierno le preste dinero para ello, con la posibilidad que el adeudo vaya a fondo perdido.

Este debate hoy no tendría sentido, si Amalia García Medina, gobernadora en el sexenio pasado, no hubiera vetado arbitraria e irracionalmente el Decreto que emitió la 58 Legislatura, para reformar y adicionar diversos artículos de la Ley de Monumentos y Zonas típicas y que atendía el problema en busca de solución.

El artículo 23 de la Ley hubiera quedado enriquecido con un párrafo segundo que diría:

“La Junta contará con un fondo suficiente, pro restauración o conservación de los inmuebles protegidos por esta Ley. Fondo que se aplicará, tanto para edificios públicos como para inmuebles propiedad de particulares, pudiendo ser aplicado en este último caso en calidad de préstamos sin intereses o inclusive con cargo total a este fondo, tratándose de personas que por su condición económica no puedan sufragar sus gastos de restauración y conservación, de acuerdo al dictamen que emita la junta, conforme al reglamento.”

Ni nuestro hermoso Centro Histórico se hubiera plagado de letreros en idioma inglés. “No se otorgará permiso para anuncios, rótulos o letreros, en los centros históricos o zonas protegidas, en idioma que no sea el español con sujeción a las reglas gramaticales. En el caso de los negocios que dependa su denominación de una franquicia  con nombre extranjero, queda al prudente criterio del Titular del Ejecutivo y de la Junta la autorización…” Dice el Decreto vetado.

Ni el gobernador hubiera impuesto su capricho en tratándose de las obras recientes de “remodelación” en la Alameda y Plaza de Armas de la capital.

“La Junta tendrá las más amplias facultades consultivas y ejecutivas, constituyéndose invariablemente en la única instancia facultada para autorizar o negar cualquier obra en la zona declarada protegida por el artículo 9 de esta Ley”, señalaba tajante el artículo 5.

Ni se hubiera llenado el Centro Histórico de “antros” que han modificado la estructura interior de infinidad de edificios, dividiéndolos, alterando sus estructuras o simplemente modificando el inmueble a fines diferentes al habitacional.

La Junta contaría con facultades para impugnar ante el Tribunal Contencioso Administrativo “las autorizaciones que para cantinas, bares, centros de diversión, talleres, industrias y otras, puedan dañar el interior del inmueble y/o la imagen urbana o carácter típico o tradicional de las zonas protegidas”, establecía la fracción V del artículo 5 de la Ley.

La gente sería “vigilante” de sus ciudades: “Se concede facultad de denuncia pública a cualquier ciudadano para que ponga en conocimiento de la Junta cualquier daño o afectación al patrimonio cultural de los zacatecanos, protegido por esta Ley”, dice el párrafo tercero del artículo 12 del decreto vetado por la des-gobernadora.

En fin, el decreto que expidió la 58 Legislatura para proteger las zonas protegidas, lleno de virtudes fue vetado al establecer la supremacía de la Junta de Monumentos, sobre la entonces Secretaría de Obras Públicas, en tratándose de los centros históricos y zonas protegidas. La gobernadora en su megalomanía, entendió que se controlaban acciones de obra y en abuso de facultades procedió a vetar el decreto aludido.

Sin embargo aún se puede recuperar el contenido y espíritu del decreto, si los diputados de verdad se encuentran interesados en la protección del patrimonio cultural de los zacatecanos: Basta con rescatar los contenidos e impulsar un nuevo decreto de reformas a la Ley de Monumentos y Zonas Típicas del Estado.

17 oct. 2015. ■

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