En un reciente artículo publicado en The New York Times por Amanda Taub, se realiza un interesante análisis sobre el riesgo que corre la democracia angloamericana de caer en la dinámica de lo que algunos especialistas llaman como el “Estado dual”, un contexto en el que, aún existiendo las garantías de un Estado de Derecho para amplios sectores sociales, inclusive, para una mayoría que apenas y se entera del otro Estado, uno de excepción, éste último existe y se extiende, sea por una estrategia deliberada (en contra de grupos minoritarios, etnias, u otras), o por mero infortunio de individuos a los que les toca enfrentarse a un Estado sin reglas para procesarles y perseguirles. El ejemplo que detona el análisis no podría ser otro que la política migratoria del presidente norteamericano Donald Trump. A partir de ahí, el texto explora los antecedentes de este análisis en casos como la Alemania nazi, la Sudáfrica del apartheid, o más actuales, la diferenciación que realiza el régimen chino respecto del capitalismo de Estado y Singapur, entre el régimen jurídico de garantías y debido proceso que predomina en su ámbito económico y comercial, y el estado, claramente autoritario, en relación a los derechos políticos en dicho país. El Salvador de Bukele, que la autora utiliza como referencia para iniciar su análisis no podría quedar fuera. Para no equivocar la paráfrasis, permitámonos una cita (traducida el original por Google Traductor): “Desarrollada inicialmente por el abogado alemán Ernst Fraenkel en la década de 1930, la teoría del Estado dual postula que el autoritarismo puede arraigarse en pequeños sectores, incluso mientras el sistema legal en general parece funcionar con relativa normalidad.”
En tanto nos acercamos a la implementación del sistema de justicia resultante de la reforma judicial realizada el año pasado, y cuya primera fase de implementación estamos por atestiguar, cabe anotar los riesgos que nos permite vislumbrar el concepto y las descripciones que se realizan del mismo. Sin embargo, hay que ser responsables, la situación de “estado dual”, ha estado presente durante toda la historia en nuestra región, y me refiero a Latinoamérica, y particularmente en nuestro país. Tanto por las características del régimen hegemónico en cuanto a lo que Fernando Escalante atinadamente ha llamado el “arreglo político revolucionario”, que más que justicia, administraba impunidad, como prerrogativa para la gestión del conflicto político y social, como por la imperante desigualdad que ha ocasionado, cómo negarlo, impedir el acceso a la justicia y más aún, al Estado de Derecho en general, a los sectores más desfavorecidos de nuestra sociedad durante toda la historia nacional.
Más aún: el riesgo de retorno a un arreglo político como el que prevaleció durante la etapa posrevolucionaria del siglo pasado se antoja imposible dadas las condiciones sociales, culturales y económicas actuales. No obstante, nuestra crisis de civilización, la presión del propio mandatario republicano y un Estado en pleno reajuste, a partir de las reformas y cambios políticos recientes, podrían provocar que, para sectores o individuos en particular, un estado de excepción se imponga, aún con el aval popular, como de los tribunales y juzgadores; mientras que, para una mayoría el (precario, como siempre ha sido) Estado de derecho, se mantenga. Pero no solo esto, la excepcionalidad puede operar, tanto a favor, como ya sabemos, en contra, por privilegios del poder político, estatus económico o… la fortuna.
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@CarlosETorres_