El abordar la integración del máximo órgano de dirección del Instituto Nacional Electoral (INE) desde el punto de vista del género en la institución encargada de la conducción y vigilancia de los procesos electorales tanto federales como locales en nuestro país, no es un tema menor tomando en cuenta que el recién conformado Instituto, está integrado por ciudadanas y ciudadanos elegidos por una mayoría abrumadora de la Cámara de Diputados con 417 votos a favor, 41 en contra y 4 abstenciones.
La composición de la población en nuestro país, según datos obtenidos durante el Censo de Población y Vivienda 2010 aplicado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) está constituida por 51.17% mujeres y 48.83% hombres. Al mes de abril de 2014, la composición de la Lista Nominal que incluye a quienes han obtenido su credencial para votar con fotografía y tienen la posibilidad de votar y ser votados participando en la toma de decisiones políticas, es de 51.89% mujeres y 48.11% hombres .
Entonces, ¿por qué en el Consejo General de INE no está representado de manera equivalente el mayor sector de la población y electores conformado por las mujeres?
Si bien es cierto, el procedimiento señalado en la Constitución para la elección del Consejero Presidente y los Consejeros Electorales del INE no contempla la paridad de géneros, existe la obligación subyacente al artículo 1° constitucional que prohíbe la discriminación, entre otras razones, por cuestiones de género; de igual forma, los acuerdos internacionales que nuestro país ha suscrito y ratificado, entre los que se encuentra la “Convención sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) señalan la obligación de promover la igualdad entre géneros y el empoderamiento de la mujer.
No obstante que de los 307 aspirantes a los 11 puestos para integrar el Consejo General del INE solo 70 correspondieron a mujeres, las inscritas contaban con una formación y trayectoria que avala su capacidad de manera igualitaria a los restantes aspirantes del género masculino; ya para la segunda fase de selección, de los 71 integrantes de la lista depurada, únicamente 23 eran mujeres, para finalmente quedar solo tres de ellas. En efecto, de las 11 Consejeras y Consejeros elegidos por el pleno de la Cámara de Diputados, solo 3 cargos son ocupados por mujeres, lo cual constituye 27% de los puestos; Adriana Margarita Favela Herrera elegida como Consejera para un periodo de nueve años, Alejandra Pamela San Martín Ríos quien permanecerá en el encargo seis años y Beatriz Eugenia Galindo Centeno designada como Consejera por tres años. Un momento decisivo será la renovación parcial escalonada del Consejo General cada tres años, ya que al no estar establecida una cuota de género en su integración, existe el riesgo de que los avances obtenidos hasta el momento se pierdan, considerando que una consejera deja su puesto en cada proceso de renovación.
El órgano electoral nacional, se integra a un escenario en el cual es relevante la promoción de la participación política de la mujer, ya que la reforma constitucional del artículo 41 contempla la paridad de género como una obligación de los partidos políticos al integrar la candidatura a legisladores federales y locales a partir de 2015; la actual integración por género del Congreso de Unión se aproxima a lo señalado en la norma electoral, en la Cámara de Senadores 33.6% de sus integrantes son mujeres y en la de Diputados los son el 36.8%, ya que cada partido político debió integrar en sus fórmulas al menos 40% de candidatos del mismo género.
El recién creado INE se establece contando con la base del IFE y se encuentra inmerso en una serie de acciones afirmativas en cuestiones de género al adoptar de manera extraordinaria medidas que buscan equilibrar la ocupación en los cargos directivos de la institución, aspecto concretado por medio de dos convocatorias dirigidas exclusivamente a mujeres interesadas en postularse para ocupar un cargo o puesto del Servicio Profesional Electoral; otra de las acciones la constituye el estudio de asignaturas en materia de paridad de género a los miembros del Servicio Profesional Electoral como parte del procedimiento de formación.
El Consejo General del INE también tendrá la encomienda entre otras, de designar a las y los integrantes en las entidades federativas de los organismos públicos locales en materia electoral, procedimiento durante el cual será fundamental tomar en cuenta su integración con perspectiva de género.
Queda pendiente que las fuerzas políticas que nos representan en el Poder Legislativo, incluyan en todas las legislaciones la perspectiva de género no sólo como una recomendación o mención en los artículos transitorios, sino como una obligación expresa y que señale las sanciones a aplicar derivadas de su incumplimiento, propiciando con ello la igualdad real y jurídica entre géneros a través de las oportunidades de empoderamiento de las mujeres. ■
*Vocal de Capacitación Electoral y Educación Cívica de la 03 Junta Distrital Ejecutiva del INE en el estado