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viernes, 2 mayo, 2025
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El SPAUAZ en su laberinto. La ingobernabilidad, la opacidad, la incapacidad

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Por: ALBERTO VÉLEZ RODRÍGUEZ • ROLANDO ALVARADO FLORES •

El SPAUAZ se encuentra en la ingobernabilidad. La dirigencia sindical resultó incapaz de concluir una reforma estatuaria debido a los muchos errores cometidos. No porque alguien, en defensa de sus derechos, haya impedido una asamblea, sino porque la secretaria general violó los estatutos y quería legitimar esa acción. De la misma manera pretendió desconocer delegados y entró en desacato ante la ley. Es falso que se impidan Asambleas generales, lo cierto es que no se llevan a cabo de acuerdo a lo estatuido y, cuando se citan, se intenta que los hechos consumados naturalicen un error. Por eso fue tomado el edificio que, sin la venia de nadie, compró, en una “ocurrencia” la secretaria general del SPAUAZ. ¿Necesitaba la aprobación de alguna autoridad? Ella sostiene que no, que tras una exhaustiva revisión de la normatividad concluyó que basta con que sea representante legal del sindicato. Pues bien, si se consulta el estatuto, queda claro lo siguiente. Es función de la secretaría de Finanzas y Patrimonio del SPAUAZ: “…incrementar los recursos sindicales mediante los mecanismos que se consideren adecuados, a condición que hayan sido aprobados por las instancias sindicales superiores”. Es decir, cuando se habla de “incrementar el patrimonio” la función recae en la secretaría ya citada. No es función de la secretaria general el hacerlo. ¿Qué normatividad revisó? Por otro lado, es muy claro que para llevar a cabo esa función se requiere la anuencia de las instancias sindicales superiores. ¿Es la secretaria general la instancia superior correcta?, puede ser, aunque el artículo 18 no la menciona como órgano de gobierno. De todos modos, no es función de la secretaría general incrementar el patrimonio, y quien sí tiene esa función debe solicitar permiso. ¿Se solicitó ese permiso? ¿se usurparon funciones? ¿De verdad hubo un “análisis minucioso de los Estatutos…y la legislación laboral aplicable en materia laboral y de sindicatos”? ¿por qué no se muestra el documento donde está ese análisis? Por otro lado, es una “ocurrencia” porque la decisión de comprar se tomó con “premura”. ¿Qué análisis costo-beneficio fundó esa decisión? Según los datos proporcionados por la secretaria general el costo total del inmueble, antes del pago de escrituras, es de aproximadamente 47 millones de pesos, pues al costo de 33 millones se le suman 14 de intereses. Si se consideran los precios de las notarías puede elevarse hasta 50 millones de pesos. ¿Por qué entonces dice que representa una ganancia patrimonial de 26 millones de pesos? Pero falta algo más, pues se propone que ese edificio se transforme en otra cosa, y para eso se necesita más dinero. ¿Cuánto? No se sabe pues no existe un proyecto serio de desarrollo para el inmueble. Y si bien pregona que hubo “incremento patrimonial” propone vender patrimonio para financiar el proyecto inmobiliario. Queda claro que no hay claridad de qué hacer, en cuánto tiempo y con qué dinero. Promover rifas sin una proyección de cuánto se puede obtener no es seriedad, es “ocurrencia”. No saben cuánto costará lo que proponen, ni en cuánto tiempo conseguirán los fondos para ello. Ahora, si de verdad tienen un proyecto serio, que lo presenten. Lo más delicado, sin embargo, es la “premura”. Se entiende que no hicieron consultas pues creyeron, tras medio revisar la norma, que pueden hacer con el sindicato lo que en gana les venga. Para conseguir el dinero debieron solicitar un préstamo a la A. C. (mal llamada “fundación”) que maneja el dinero de los sindicalizados. Fue al 3 %, y quizá por la premura la autorización se hizo sin consultar a los socios. ¿O sí existe esa acta en la que los socios o sus representantes deciden bajar el interés por debajo de la inflación? En otras palabras, con ese interés la perdida, proyectada a lo largo del tiempo, es segura. Y si no hay acta ¿entonces la presidenta de la fundación puede tomar los dineros sin consultar a nadie? ¿no dijo el Dr. Antonio Guzmán que la “fundación” se hizo para que nadie pudiera tomar los dineros sin consultar? ¿Fracasó la administración de la “fundación”? ¿están en riesgo los ahorros de los docentes? El problema tiene dos vertientes. Por un lado, la pregunta por la legalidad, ¿tiene o no las facultades necesarias la secretaria general para pedir préstamos sin consultar a los sindicalizados? y esta otra ¿en tanto que presidenta de la “fundación” puede prestar sin pedir permiso a los asociados, o sus representantes, y bajar el interés a lo que ella quiera? Por el otro, el asunto de la conveniencia económica o social o de cualquier índole del inmueble adquirido. Si se compró con premura, a un precio que no resulta claro, pues los 32 millones son por la mera propiedad, y falta añadir el interés por el préstamo y el costo de la escrituración y de todo lo que se pretende hacer. Bien puede resultar que se eleve a 80 o 90 millones. Una última cuestión. En su informe de febrero la dra. González estableció un gasto operativo del SPAUAZ de casi 5.7 millones de pesos. Al parecer gasto 1 millón de más, pues en su propuesta de pagos dice que sólo gastará 4.7 millones.

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