El 19 de febrero de 1988 el Director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Rector de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) firmaron un convenio mediante el cual los estudiantes de la Universidad recibirían de parte del IMSS en forma gratuita los servicios de consulta externa, farmacia, intervención quirúrgica y hospitalización. De esta forma se concretaba otro convenio firmado en 1987 que planteaba la incorporación al IMSS de estudiantes de nivel medio superior, así como los de las universidades autónomas del país.
La UAZ a través de la Dirección General de Extensión Universitaria y su Departamento de Servicio Social, en coordinación con las escuelas del área de la salud, pusieron a disposición de las y los zacatecanos en los primeros meses del mismo año sus consultorios – clínicas periféricas en:
- Municipio de Ojocaliente: en las instalaciones del DIF y en la comunidad de Palmillas.
- Municipio de Zacatecas: en la Clínica Universitaria, en las instalaciones de la escuela de Medicina; en la comunidad de Cieneguillas; en la comunidad del Orito; en la colonia Lomas de la Pimienta, en la calle Proaño No. 126; en la colonia Díaz Ordaz, en la calle Ortiz Mena frente al templo y en la colonia Minera en la calle Mina Purísima No. 311.
- Municipio de Guadalupe: en la escuela Telesecundaria Francisco García Salinas (a espaldas del ex – convento).
- Municipio de Genaro Codina: en la calle 5 de mayo No. 19, frente al Correo.
Los servicios gratuitos que se ofrecían eran Atención Médica de 1º y 2º nivel, pase con especialistas, análisis clínicos: biometría hemática, química sanguínea, grupos sanguíneos y copros parasitoscópicos, atención de enfermería: inyecciones, curaciones y aplicación de tratamientos, atención odontológica: extracciones, obturaciones, profilaxis y tratamiento de enfermedades bucales.
Entre los meses de marzo y abril de 1988, el Honorable Consejo Universitario (HCU) aprobó el reglamento para la elección de Rector, determinando que el 15 de abril se abriría el proceso con la participación de maestros, trabajadores y estudiantes. El reglamento establecía la conformación de la Comisión Electoral Universitaria (CEU), integrada por un representante de cada candidato a rector y los representantes electos en los centros, escuelas y facultades, así como cuatro representantes de los trabajadores.
La elección de los representantes sería el 21 de abril. Además, se establecía que las candidaturas se podían presentar de forma individual o por planillas; lo que debía efectuarse los días 18 y 19 del mismo mes. Estos mismos días, debía publicarse el padrón electoral en todas las dependencias. La votación se emitiría en casillas que se instalarían en todas las dependencias universitarias.
El 22 de abril a las 10 horas, se reuniría el HCU para calificar las elecciones y citar a los representantes electos a su sesión de instalación. Ese mismo día a las 18 horas, se instalaría la CEU y celebraría su primera reunión con el siguiente orden del día: declaración de su instalación, elección de la coordinación y nombramiento del coordinador de la Comisión para el Padrón Electoral (CPE).
El 25 de abril se instalaría la CPE e iniciaría los trabajos tendientes a la elaboración de las listas nominales de electores por dependencia y sector. El 29 de abril se reuniría la CEU para revisar las listas nominales de electores elaboradas por la CPE y, en su caso, autorizar su publicación.
El 2 de mayo deberían publicarse en todas las dependencias las listas nominales de electores para que los universitarios verificaran su inclusión en las mismas. De esa fecha hasta el 6 de mayo la CPE recibiría propuestas de cambios en las listas nominales, las que deberían estar en forma definitiva el 11 de mayo.
El registro de los candidatos se efectuaría del día 25 hasta las 14 horas del 29 de abril en las oficinas de la CEU. Y ese día se calificarían las solicitudes de registro de los candidatos. La aprobación sería por la mayoría simple de los miembros. El registro sólo se negaría cuando así lo determinaran las dos terceras partes de los miembros presentes de la Comisión, siempre y cuando no se cumpliera con los requisitos establecidos en el Reglamento General de Elecciones (RGE).
En caso de que existieran tres o menos candidatos registrados, iniciarían su campaña inmediatamente y no habría elecciones preliminares. El computo de las elecciones preliminares o definitiva se realizaría el día de la elección a partir de las 20 horas, en la reunión que para el efecto realizaría la Comisión. En caso de que se registraran más de tres candidatos, las elecciones preliminares se celebrarían el 18 de mayo, bajo el procedimiento establecido en el RGE. En ambos casos las campañas deberían de suspenderse 24 horas antes del inicio de las votaciones. La terna definitiva sería anunciada el 19 de mayo.
Las campañas electorales de los candidatos serían diseñadas y llevadas a cabo libremente y bajo la responsabilidad de los mismos. La CEU organizaría debates generales entre los candidatos. Después de los debates y las campañas, la elección definitiva sería el primero de junio del mismo año. Paralelamente con la elección de Rector se llevaría a cabo la elección de consejeros universitarios, quienes deberían reunirse para calificar la elección de rector.
En el año de 1988 las autoridades de la UAZ, reconocían que los Comedores Estudiantiles eran una conquista que se debía preservar, pero para lograrlo era necesario que la comunidad universitaria conociera la información suficiente para que valorara las circunstancias en que operaban esos servicios. En ese sentido se dan a conocer los datos más relevantes del periodo del 24 de agosto al 15 de diciembre de 1987.
La suma total de los gatos de operación de los comedores de Ingeniería, Agronomía, Preparatoria No. 2, Ciencias Químicas, Veterinaria y CECIUAZ era de $359’075,524.00 (en 1993 el Gobierno de México decidió quitar tres ceros al peso con la intención de operar con cantidades de moneda simplificadas. Han pasado ya 30 años). Los ingresos por cuota de recuperación: $18’039,550.00, con un déficit registrado de $341’017,974.00.
Se informa que la diferencia se debía a varias razones, entre las que destacaban las siguientes: Primera. Durante el periodo, el precio promedio de cada alimento era de $1,203.00 y la cuota de recuperación que había pagado el usuario durante ese lapso fue de $150.00. Segundo. De los 331 mil alimentos que se sirvieron durante el mencionado periodo sólo se recuperó la cuota de $150.00 en 122 mil alimentos, ya que los restantes 209 mil alimentos se otorgaron gratuitamente, bajo el concepto de becas alimenticias.
Con respaldo en la información, las autoridades universitarias trataban de justificar la ineludible necesidad de aumentar la cuota de recuperación de 150 a 350 pesos. Entre otras las razones planteadas fueron: En primer lugar, porque no había un subsidio específico para comedores, manteniéndolos con el gasto corriente de la institución; en segundo lugar, porque el precio de los insumos (frutas, verduras, leche, pollo, huevo, tortillas, etc.) y los salarios del personal se habían elevado considerablemente y en tercer lugar, porque consideraban que los 350 pesos que el estudiante pagaría por un alimento contribuirían, aunque en mínima parte, a preservar tan importante apoyo al estudiante.
¡Cuánto falta conocer sobre nuestra Máxima Casa de Estudios!
Esta ignorancia es la que ha permitido que se le menosprecie o que se tergiverse su historia.
Se parte de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia (LUMAT). Informes:
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1Docente Investigador de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia. LUMAT