Por unanimidad el martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación respaldó una reforma legislativa de Zacatecas que incorpora el uso de inteligencia artificial como una posible fuente de violencia contra la infancia, reconociendo así el derecho de niñas, niños y adolescentes a vivir en un entorno seguro frente a riesgos tecnológicos.
La decisión del tribunal se dio al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 80/2024, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, que buscaba invalidar la porción normativa “uso de inteligencia artificial” del artículo 9, fracción III, inciso c) de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Zacatecas. Esta disposición había sido adicionada mediante el Decreto 448, publicado en el Periódico Oficial el 28 de febrero de 2024.
El Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la Consejería Jurídica, promovió la invalidez del artículo 9, fracción III, inciso c). El argumento principal fue que la norma amplía la protección contra la violencia cibernética incluyendo aquella generada a través de inteligencia artificial, sin precisar con claridad qué debe entenderse por este concepto, lo que a juicio del Ejecutivo vulnera los principios de legalidad y seguridad jurídica.
La ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, alertó sobre los peligros específicos que representa la inteligencia artificial para niñas, niños y adolescentes. Señaló que esta tecnología puede ser utilizada para crear y distribuir contenidos falsos de carácter sexual (como los denominados deepfakes) que pueden generar un daño profundo y duradero en las víctimas.
Asimismo, advirtió que los algoritmos de IA pueden ser empleados por delincuentes para manipular o engañar a menores, incrementando su vulnerabilidad ante distintas formas de violencia digital.
Por lo que subrayó que el uso creciente de herramientas tecnológicas por parte de la población infantil y adolescente hace urgente contar con un marco legal que se anticipe a los riesgos emergentes.
En este sentido, destacó que las leyes deben ser lo suficientemente amplias y flexibles para brindar una protección efectiva frente a las amenazas actuales y futuras derivadas del uso de la inteligencia artificial.
Cabe recordar que el 30 de mayo de 2024, el Pleno de la Asamblea de la LXIV del Estado de Zacatecas aprobó el dictamen por el que se reforma la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Zacatecas para incorporar la definición de inteligencia artificial, que se entenderá como el software mediante programas informáticos que se desarrolla empelando una o varias de las siguientes técnicas: estrategias de aprendizaje automático, incluidos el aprendizaje supervisado, el no supervisado y el realizado por refuerzo, que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico que emplean una amplia variedad de métodos, entre ellos el aprendizaje profundo.
El cual fue presentado el 22 de mayo del mismo año, por la Comisión Legislativa de la Niñez, Juventud y Familia, a través de la diputada Gabriela Monserrat Basurto Ávila donde se argumentó que, tras un análisis de los códigos penales y leyes relacionadas de las distintas entidades federativas, ninguna incluía aún una definición clara de IA. Sin embargo, se mencionó que a principios de 2024 la Cámara de Diputados presentó una iniciativa para establecer este concepto, razón por la cual el planteamiento en Zacatecas buscó anticiparse y homologar criterios jurídicos.
El documento fue firmado por las diputadas Gabriela Monserrat Basurto Ávila, Susana Rodríguez Márquez y María del Carmen Lemus Herrada, consolidando un frente legislativo en defensa de los derechos digitales de la infancia en Zacatecas.