El 16 de febrero de 1998 la Administración Central de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) en cumplimiento a los compromisos adquiridos realizó las siguientes acciones:
Entregó un listado de profesores con relación laboral de base con la Institución, que eran susceptibles de recibir incremento de carga de trabajo de base. Los incrementos de carga procedían en razón del análisis académico laboral realizado a cada una de las escuelas y facultades que se indicaban y que disponían de materia laboral susceptible de basificación.
Se aclara que, todos los casos serían abordados de manera particular por la Comisión Mixta de Admisión, Adscripción y Promoción UAZ – SPAUAZ y que solamente en aquellos casos en que ésta encontrara algún impedimento de lo previsto en el Reglamento Académico y el Contrato Colectivo de Trabajo UAZ – SPAUAZ (CCT) vigente, los incrementos no procederían. Se estableció el compromiso de entregar los dictámenes emitidos por la Comisión Mixta, donde se formalizaría lo conducente el 20 de los corrientes.
En relación a la materia laboral disponible para nuevas basificaciones, se precisaba que la Rectoría haría llegar a los H. Consejos Técnicos de las Escuelas y Facultades correspondientes, la cantidad de horas/semana/mes (h/s/m) de que disponían para tal fin, con el objeto de que éstos definieran la materia, área y perfiles requeridos para su ocupación por la vía del examen por oposición. Los Consejos Técnicos dispondrían hasta el 20 del mes en curso, para hacer llegar la información solicitada a la Comisión Mixta, para la elaboración y publicación de las convocatorias respectivas, con el propósito de realizar los exámenes en el mes de marzo del mismo año.
El listado de profesores susceptibles de recibir incremento incluía 23 de Derecho, nueve de Enfermería, cuatro de Física, cuatro de Humanidades, nueve de Psicología, 11 de Secundaría, 10 del Centro de Idiomas, 26 de Medicina Veterinaria y Zootecnia, 100 de Preparatoria, 14 de Música, 27 de Odontología, cinco de Ingeniería, dos de Ciencias Químicas y 11 de Medicina Humana, para un total de 257 profesores. Los incrementos en h/s/m se realizaron de la siguiente forma: 202 fueron de 10 h/s/m, 35 de 5 h/s/m, siete de 12 h/s/m, tres de 7 h/s/m, tres de 8 h/s/m, dos de 4 h/s/m, dos de 2 h/s/m, uno de 9 h/s/m, uno de 15 h/s/m y uno de 20 h/s/m. Con estos incrementos en la mayoría de los casos las cargas de trabajo de los profesores pasaron a: TC + 10 h/s/m y MT + 20 h/s/m.
En relación al proceso de basificación en Preparatoria, la Rectoría enfatizó en la existencia de materia laboral disponible para consolidar los incrementos de carga de trabajo en los términos ya establecidos, lo que permitiría la basificación generalizada de 10 h/s/m para todos aquellos que cumpliendo los requisitos del CCT y del Reglamento Académico lo hubieran solicitado. Es decir, existía a criterio de la Rectoría y en base al análisis realizado, materia laboral y necesidades institucionales justificadas, para garantizar a todos los docentes que ya se encontraban en la preparatoria, su base de 10 h/s/m, demostrando su grado mínimo de licenciatura y la antigüedad definida en la negociación. Inclusive a quienes les faltara el título correspondiente, se les garantizaba el dejar a salvo su basificación, para que exhibido el mismo se concretara su reconocimiento laboral y el examen de oposición que se celebraría.
El 27 de febrero del mismo año, la Rectoría de la Universidad dio a conocer al SPAUAZ los criterios con los que se habría que desarrollar el proceso de basificación en Investigación y Posgrado.
- Sobre el número de alumnos del programa de posgrado.
- El número de alumnos de nuevo ingreso por ciclo anualizado, debería ser de entre 5 y 10.
- Sólo serían susceptibles de basificación aquellas plazas de docente investigador que participaran en los programas de posgrado y que estuvieran debidamente integradas en el plan de estudios, los que deberían estar legalmente aprobados por las instancias correspondientes y con su registro en la SEP.
- De la carga de trabajo de los docentes investigadores.
- El programa de posgrado debería contar con docentes investigadores que preferentemente contaran con el grado de doctor en ciencias. La planta docente debía ser de carrera y adscrita al centro y/o programa de posgrado respectivo.
- La carga de trabajo frente a grupo, de los docentes investigadores de tiempo completo sería de un mínimo de 5 h/s/m y un máximo de 10 h/s/m.
- Los docentes investigadores de carrera deberían sujetarse a la Cláusula 26, fracción IV del CCT vigente.
- De la materia laboral plenamente consolidada y susceptible de basificación en las actividades docentes.
- La matrícula del centro y/o programa de posgrado, debía mantener un comportamiento ascendente o por lo menos, mantener una tendencia constante en los tres últimos ingresos precedentes.
- No serían susceptibles de basificación las materias optativas.
- Dadas las restricciones financieras de la Universidad, se basificarían aquellas plazas que estuvieran debidamente soportadas en el techo financiero, en los términos del siguiente punto.
- No se basificarían aquellas plazas que hubieran sido contratadas con posterioridad al mes de enero de 1996 en virtud de lo siguiente:
- Desde entonces se habían girado instrucciones de detener nuevas contrataciones por razones de insuficiencia financiera.
- La vía de ingreso al posgrado sería por examen por oposición.
- En ningún caso se procedería a la contratación de docentes investigadores de tiempo completo, que no fueran trabajadores exclusivos de la UAZ.
- Desarrollo académico, productividad y desarrollo institucional.
- El docente investigador debería ser preferentemente responsable y/o participar en una línea de investigación, contemplada en el programa de posgrado y prioritariamente institucional.
- El docente investigador habría de ser preferentemente responsable o coinvestigador de proyectos de investigación con apoyo externo.
- El docente investigador demostraría su producción científica en forma de publicaciones (artículos de investigación, ensayos …) en revistas que contaran con arbitraje de calidad internacional, dándole mayor importancia a la producción científica generada como resultado de la vinculación del alumno con la investigación.
Los siguientes puntos serían aplicables tanto a los docentes investigadores adscritos al posgrado como aquellos que sólo se dedicaban a realizar investigación.
- Demostrar participación activa en la formación de recursos humanos calificados.
- Presentar un informe semestral del avance del proyecto de investigación, en el que había que incluir el cumplimiento de objetivos y metas.
- Participación en la vinculación con el sector productivo, así como con la difusión del quehacer del posgrado y la investigación.
- …
El proceso se realizaría de manera intensiva y permanente hasta concluirse y en el mismo deberían de participar el Sindicato, directores de los centros y/o posgrados correspondientes y la representación delegacional.
El SPAUAZ es el resultado de una lucha permanente por parte de sus fundadores, los que con un espíritu de solidaridad, consistencia y tenacidad lograron su reconocimiento por parte de la Autoridades Universitarias, lo que las viejas generaciones no deben olvidar y las nuevas tomarlo en cuenta antes de atentar en su contra.
Se parte de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia (LUMAT). Informes:
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1Docente Investigador de la Unidad Académica de Ciencia y Tecnología de la Luz y la Materia. LUMAT