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viernes, 19 abril, 2024
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Proponen castigar hasta con 6 años de prisión a quienes usen números de emergencia para engaños o bromas

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

■ El objetivo, salvaguardar la integridad y el patrimonio de las y los ciudadanos

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■ Para lograrlo, el diputado panista, Pedro Martínez, propuso una reforma al Código Penal del estado de Zacatecas

■ Según el Sistema Nacional de Seguridad Pública, de enero a junio de 2017 se recibieron 61 millones 639 mil 418 marcaciones al número 911; 89% resultaron falsas y sólo 11% reales

 

En el reinicio de las actividades legislativas mediante la Comisión Permanente, ayer en sesión ordinaria, el diputado local por el PAN, Pedro Martínez Flores, propuso una reforma al Código Penal del estado de Zacatecas para que se castigue con una pena de tres a seis años de prisión y multa de 500 hasta mil 500 cuotas a quienes utilicen los números de emergencia para engaños o bromas.

En su exposición de motivos, Martínez Flores señaló que con el objetivo de salvaguardar la integridad y el patrimonio de las y los ciudadanos, se ha pretendido homologar y estandarizar los servicios de atención de llamadas de emergencia, para que las autoridades de los tres órdenes de gobierno los brinden con calidad y eficacia en todo el territorio, con el objetivo de brindar una mejor atención a la ciudadanía ante situaciones de riesgo.

A fin de garantizar el auxilio inmediato en casos de emergencia, la adecuada utilización de los medios de comunicación y en particular de los servicios de telecomunicaciones resulta indispensable, expuso el panista, quien agregó que los números de emergencia y, más recientemente las aplicaciones que utilizan las nuevas tecnologías de la información y comunicación, se han vuelto instrumentos vitales para activar la respuesta de las autoridades ante situaciones de amenaza, vulnerabilidad y riesgo.

Para junio de 2017, recordó el legislador, debió entrar en operaciones en todo el territorio nacional el número telefónico de emergencias 911, mediante el cual se busca dar respuesta ágil, gratuita, profesional y oportuna a los llamados de auxilio de las personas que habitan en nuestro país, sin embargo, aseveró, para asegurar que este nuevo sistema funcione correctamente, las llamadas de broma y falsas, representan “un serio obstáculo”.

De acuerdo con el Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, expuso desde tribuna, se descubrió que de enero a junio de ese año, se recibieron 61 millones 639 mil 418 marcaciones al número 911, de las cuales 89 por ciento resultaron falsas y sólo 11 por ciento fueron reales.

“Ante esta situación es indispensable tomar medidas para que la población haga uso adecuado de ese número telefónico ya que las llamadas falsas, de broma, incompletas siempre producen daños o perjuicios y más aún cuando se llegan a movilizar los servicios de emergencia, se provoca una pérdida todavía mayor, al concretarse el traslado del personal, vehículos y equipo sin ninguna necesidad”.

Hoy en día, precisó, las llamadas falsas y de broma a los servicios de emergencia son sancionadas de manera diferenciada en las entidades federativas y se encuentran tipificadas como delito y falta administrativa en sus respectivos códigos penales, por lo que, sometió a consideración de la Asamblea la iniciativa con proyecto de decreto para que se reforme el título IV del Código Penal para el estado de Zacatecas.

Con la reforma, explicó Martínez Flores, serían considerados como cometedores del delito de uso indebido de los sistemas de emergencia y de denuncia “quien realice o consienta que desde cualquier medio de telecomunicación bajo su control o radio de acción se efectúen llamadas o mensajes a los centros de servicio de respuesta a emergencias o redes similares a ésta, aludiendo un reporte para burlarse, proferir insultos o distraer dolosamente al personal a cargo del servicio sin que exista asunto que lo justifique”.

Asimismo, “quien utilice medios de comunicación, como teléfono, radio, celular, internet o cualquier otro, para realizar denuncia o reporte de hechos falsos a sabiendas de tal situación a los centros de servicio de respuesta de emergencia o redes similares, informando o alertando sobre la comisión de ilícitos, desastres o cualquier otra situación que haga necesaria la movilización y presencia de elementos de Protección Civil, Cruz Roja Mexicana, Bomberos, personal médico, agentes de corporaciones policiacas, o de las fuerzas armadas, con el propósito de engañar a las autoridades, dificultar el ejercicio de sus funciones o causar alarma en la población”

A los responsables de las conductas señaladas, se especificó, se les impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa de 100 a 500 cuotas; y cuando el reporte falso se refiera a la colocación de bombas o de cualquier artefacto explosivo en edificios públicos, instituciones educativas o lugares de concentración masiva, la pena que se aplicará al activo será de tres a seis años de prisión y multa de quinientos a mil quinientos cuotas.

Asimismo, si la conducta del infractor provoca un accidente en el que se causen daños o pérdidas en contra de personas o cosas, se aplicará a su autor de uno a cuatro años de prisión y multa de quinientos a mil cuotas. Además de condenarse a la reparación de los daños ocasionados y la indemnización de perjuicios.

De igual manera, se deberá reparar el daño patrimonial causado a las instituciones que acudan a los llamados falsos por el detrimento en su patrimonio que se le cause por movilizarse a dichos falsos reportes. Además, el uso indebido de medios de comunicación para movilizar cuerpos de emergencia se perseguirá de oficio, por lo que la autoridad que conozca de un reporte falso deberá hacerlo de conocimiento inmediato del Ministerio Público quien deberá iniciar con la investigación correspondiente.

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