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viernes, 18 abril, 2025
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■ Roberto Luévano alega parcialidad en la sentencia emitida por Tribunal Electoral

Avanza el juicio de impugnación de la elección en Ayuntamiento de Guadalupe

■ Considera que las pruebas ya aportadas eran suficientes para la anular la elección

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Por: ALEJANDRA CABRAL •

Roberto Luévano Ruiz se encuentra próximo a participar en las audiencias de alegatos que formarán parte del juicio de revisión constitucional electoral y del juicio para la protección de los derechos del ciudadano, que ha interpuesto ante la Sala Regional Monterrey del TEPJF, teniendo ya asignado un magistrado ponente.

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El otrora candidato al Ayuntamiento de Guadalupe considera que la primera prueba que deberá valorar esta instancia electoral será la parcialidad con la que se habría sentenciado desde el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez), que a juicio de Luévano desestimó por completo las pruebas que se presentaron para dar cuenta de una elección en la que imperó la utilización de recursos públicos y otras irregularidades.

Es entre el 15 y 22 de julio que la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) podría aportar sus conclusiones sobre los rebases en los topes de gastos de campaña que se han argumentado tanto para la elección del Ayuntamiento en Guadalupe, como para la de Zacatecas. 

Luévano Ruiz considera que, con las pruebas ya aportadas, el Trijez contaba con suficientes elementos para la anular la elección, especialmente por tratarse de una diferencia menor al cinco por ciento; constando en el cómputo final de la elección, 2 mil 836 votos (3.22 por ciento) de diferencia entre el candidato priísta y el actual alcalde virtualmente reelecto, José Saldívar.

“Presentamos cerca de 17 quejas ante el Tribunal y casi todas están en todavía en un proceso. Entonces, por eso creemos que las pruebas son suficientemente contundentes para que el tribunal de la Sala Regional pueda anular la elección”, afirma Luévano Ruiz.

El priísta enfatiza que “hay un indebido estudio de la causa relativa al rebase de gastos de campaña donde, hay una transgresión al derecho de tutela judicial efectiva que viola el artículo 66 de la ley de Medios de Impugnación y, sobre todo, la falta de exhaustividad y exigencia de estándares probatorios”.

Respecto al rebase en el tope de gastos de campaña, la sentencia del Trijez sobre el juicio de nulidad electoral en contra de los resultados en la elección del Ayuntamiento de Guadalupe consigna que el PRI -como parte promovente de este juicio-, señaló un 110.56 por ciento de rebase en el tope de gastos de campaña, equivalente a una cantidad de más de 4 millones 073 mil pesos.

Además, se habrían desestimado las pruebas sobre cohecho, soborno o presión sobre los electores denunciada en varias casillas, las fallas en la apertura de las casillas, los “servidores públicos acreditados que actuaron como funcionarios de casilla” y el uso de recursos públicos en todos los momentos del proceso electoral.

“Nosotros consideramos que todas las pruebas que presentamos son sólidas… hay suficientes pruebas y suficientes agravios que pueden ser considerados, de la violación y del fraude que se llevó a cabo en Guadalupe”, afirma el político priísta.

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