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jueves, 15 mayo, 2025
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El “Efecto Dorito” y la respuesta del Comité del Niño al Estado Mexicano (primera parte)

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Por: LUIS ALBERTO BARQUERA •

Mi admirado Alejandro Calvillo dice que “la comida chatarra es algo que tiene un sabor de algo que no lo es”. Los Doritos pretenden ofrecer el sabor del taco, a través de saborizantes artificiales, pero saben a cualquier cosa menos a un buen taco. West Schatzker llama este proceso el “Efecto Dorito”.

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Después de leer la respuesta del Comité del Niño (CDN) a los informes cuarto y quinto del Estado Mexicano, realizada el 5 de junio de 2015, queda la impresión de esta instancia de la ONU se encuentra un poco cansada o saturada del “Efecto Dorito” que el gobierno de México imprime a su manera de entender el cumplimiento de los derechos de la infancia.

El documento da cuenta de una verdadera situación de horror y tristeza por la que pasan millones de niños, niñas y adolescentes mexicanos.  Los 78 ítems del CDN muestran un México que, desde la vulneración de los derechos de la infancia, ha construido una nación marcada por la pobreza, la violencia y la corrupción.

Cada ámbito del reporte da para hablar con amplitud. Me detengo en las preocupaciones y recomendaciones iniciales, por su importancia para la armonización de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (LGNNA) en los estados, que tendría que haber concluido ya, y el progresivo aterrizaje en el terreno de los 32 sistemas estatales y los 2,457 sistemas municipales de protección.

Empecemos diciendo que el Comité “celebra” la adopción de la LGDNNA, sin embargo también señala que “le preocupa su implementación oportuna y efectiva a los niveles federal, estatal y municipal” y que “muchos estados no hayan adoptado legislaciones sobre derechos de la infancia como lo mandata la LGDNNA.” La recomendación al Estado mexicano es asegurarse de que “todos los estados adopten las legislaciones sobre derechos de la infancia previstas en la LGDNNA” y que “todas las leyes a los niveles federal y estatal sean elaboradas en conformidad con la Convención y la LGDNNA”. En particular señala que para su implementación efectiva se adopten medidas “en consulta con la sociedad civil y las niñas y niños”.

La preocupación del Comité por la implementación adecuada tiene fuertes motivos. Si bien se toma nota de que se se adoptará un Plan Nacional para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes hacia fines de 2015, “al Comité le preocupa su adopción oportuna y su implementación efectiva, especialmente tomando en cuenta la débil implementación del Programa de Acción 2002-2010: “Un México apropiado para la infancia”.

El Comité recomienda a Estado mexicano asegurarse de que “tanto el programa Nacional de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes como los programas locales a nivel estatal y municipal sean adoptados oportunamente, cubran todas las áreas de la Convención y sus Protocolos Facultativos, incluya la perspectiva de género, y se les provea de suficientes recursos humanos, técnicos y financieros para su implementación efectiva. Los puntos de vista de las niñas, niños y adolescentes, de la sociedad civil y de las organizaciones internacionales relevantes deben ser debidamente considerados”.

Asimismo recomienda adoptar medidas “para asegurarse de que los organismos estatales y municipales adopten mecanismos apropiados para el monitoreo y evaluación de las políticas relacionadas con los derechos de la infancia”.

En este sentido, le preocupa el Comité el establecimiento oportuno del Sistema Nacional de protección Integral (SNPI) tanto a nivel federal como estatal y municipal, “para que atienda los múltiples asuntos relacionados con la actual falta de mecanismos de coordinación para la implementación de la Convención y sus Protocolos Facultativos”. Por eso recomienda el establecimiento inmediato de un secretariado ejecutivo en los niveles federal, estatal y municipal y se establezca las oficinas de protección tanto a nivel federal, como en los estados.

En cuanto a la asignación de recursos al Comité le preocupa el hecho de que no se haya incluido en la LGNNA un análisis de impacto presupuestal, así como la insuficiencia de recursos asignados a los derechos de la infancia, en particular hacia los de protección y participación, y la insuficiente transparencia respecto a los fondos transferidos desde el nivel federal a los niveles estatal y municipal. Asimismo, “que los presupuestos estatales y municipales no señalan adecuadamente la inversión en la infancia y el hecho de que aunque hay un alto nivel de percepción de corrupción en el Estado parte, no haya registros relacionados con casos de malversación de fondos asignados a los derechos de la infancia”.

En este sentido, la recomendación principal del Comité es que el Estado mexicano “lleve a cabo una evaluación del presupuesto necesario para implementar la LGNNA y asegure que le sean asignados suficientes recursos humanos, financieros y técnicos para su aplicación efectiva” y que en particular aumente el presupuesto asignado a educación, salud, protección y participación de la infancia. También recomienda asegurarse de que los presupuestos estatales y municipales proyecten la inversión en la infancia, y mejoren su sistema para el seguimiento de la asignación y uso de los recursos para la infancia en todo el presupuesto y que se lleven a cabo evaluaciones de impacto de cómo el interés superior del niño ha sido tenido en cuenta en las inversiones o los recortes presupuestarios en cualquier sector. En sintonía con la preocupaciones antes expuestas, el comité recomienda reforzar las medidas para combatir la corrupción, incluidas las capacidades institucionales para detectar, investigar y procesar eficazmente la corrupción”.

Para resumir todo esto en una línea se puede decir que la principal preocupación del Comité es que el Estado mexicano logre una implementación adecuada de la LGDNNA. Obviamente el gobierno, si quiere cumplir, debe salirse de un marco institucional viejo y sin presupuesto.

Para las OSC, en esta perspectiva, la armonización legislativa en los estados se centra en conseguir que LGNNA y las leyes locales no acaben convirtiéndose en 33 leyes de papel.

México viene de una cultura política en la que “se obedece pero no se cumple”. Esta forma de ser basa sus relaciones sociales en el no cumplimiento de la ley y, para el caso que nos ocupa, en la “proclamación” de los derechos, más que en su aplicación efectiva.

En este sentido se entiende la preocupación del Comité por garantizar una implementación efectiva de la LGDNNA. Por el tono del informe, la verdad es que el CDN parece cansado del “Efecto Dorito”. ■

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