Una de las atribuciones más relevantes que la reforma constitucional en materia electoral otorgó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral ve la luz con el primer proceso de selección de consejeros presidentes y consejeros electorales de los organismos públicos locales. La designación fue hecha el martes 30 de septiembre, fecha límite regulada por la Constitución y la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Los desafíos a los que se enfrentaron los 11 consejeros y consejeras del INE fueron diversos; para iniciar, hubieron de construir un mecanismo objetivo, eficiente y transparente que generara confianza, ya no digamos a los actores políticos sino, antes bien, a la ciudadanía, de tal manera que se pudiera estimular el interés y la participación de profesionales con formaciones diversas, llamados a contribuir con su capacidad y compromiso en el arbitraje electoral y garantizar con su actuación la organización de elecciones igualmente confiables, libres de injerencias indebidas de actores políticos que son ajenos a la contienda pero con intereses directos en el resultado de la elección. La independencia e imparcialidad han sido los temas clave de esta nueva designación de consejeros electorales a cargo del INE.
El procedimiento, aunque imperfecto, logró consenso y confianza y generó expectativas positivas para su primera instrumentación. No estuvo exento de objeciones, particularmente el que fuera un examen de conocimientos técnico electorales el primer filtro para definir a 25 mujeres y 25 hombres que entrarían a las subsecuentes etapas para definir a 7 consejeros.