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jueves, 29 mayo, 2025
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¡Democracia a la mitad!

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Por: JOSÉ HUERTA MENDOZA •

Se dice que en nuestro país tenemos un Sistema Político Perfecto; pero ¿en realidad es verdad esto en la democracia que vivimos? Siento que no, que algo nos falta, que algo, dentro de nuestra democracia no anda bien, que algo está mal; es cierto que cada tres y seis años celebramos elecciones; que dentro de éstas tenemos varias opciones para escoger entre los candidatos que se postulan para un cargo de elección popular; como también tenemos la oportunidad de votar por el candidato que nos parece la mejor opción; por el que más nos simpatiza, por aquel que dice lo que nosotros queremos escuchar; pero al final de cuentas sentimos que nos sigue faltando algo dentro de nuestra democracia, porque una vez electo el candidato, no podemos removerlo del cargo para el cual lo elegimos, si éste nos falla; por lo que insistimos que en nuestra democracia hace falta una Ley que contemple la Revocación de Mandato.

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Por ejemplo, cito el caso de los ex legisladores locales; a éstos los “pudimos poner”, pero “no los pudimos quitar”; nos referimos a aquellos que no cumplieron con las expectativas que de ellos esperábamos; entre éstas podríamos citar: que los recursos públicos, que son del pueblo, no los hubieran distraído, como así lo hicieron, para otras cosas para las cuales no estaban etiquetados, o en palabras más claras, no haberlos destinados en beneficio propio o de sus familiares, como fue el caso de algunos de estos ex legisladores, quienes exhibieron comprobantes a nombre de familiares para justificar un gasto destinado a un servicio social o sea, destinado a ayudar a los más pobres del estado, acto sin lugar a dudas de corrupción agraviante para el pueblo, el que hasta ahora no ha sido castigado; como también haber aceptado, algunos de ellos, cañonazos de 100 mil pesos a cambio de autorizar, “sin quitarle un pinche cinco”, el Presupuesto de Egresos 2013 del estado, según video que continúa circulando por las redes sociales.

La Revocación de Mandato es un procedimiento de participación civil y político, el que puede instaurarse en un estado; éste se fundamenta en el principio de Soberanía Popular, en donde todo poder proviene del pueblo, y es el pueblo el titular de la Soberanía Popular y nadie más.

Sobre el particular un servidor se pregunta: ¿Por qué esperar a que termine la gestión de un legislador corrupto, para poderle aplicar en su contra los principios constitucionales que regulan su ejercicio que se contemplan en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, cuando éstos puedan ser objeto de un procedimiento de responsabilidades en cualquiera de sus modalidades y en cualquier tiempo, sujetos a las sanciones pertinentes cuando existan evidencias claras durante su gestión, sobre la manera discrecional con que están manejando los recursos públicos?

Es cierto que el periodo de representación popular no admite prórroga, ni duración mayor que el tiempo fijado por nuestra Constitución Federal para el desempeño de un cargo, pero SÍ su disminución o acatamiento por haber demostrado que han actuado de forma equivocada en la comisión de graves ilícitos u omisiones durante el periodo de ocupación de su cargo, como pudieran ser actos de corrupción de parte de ellos.

La responsabilidad general de los servidores públicos, de conformidad con la citada Ley es: “Cumplir con las obligaciones o prohibiciones previstas en la misma, a fin de resguardar los principios constitucionales de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia y eficacia que rigen en el servicio público”

A través de este medio impreso de comunicación, vi un cartón en donde aparece la figura del titular de la Secretaría de la Función Pública en el Estado diciendo: “En este audio, no veo prueba suficiente”; y lo dice bien, en razón de que se trata de un audio, no de un video en donde aparecen personas y cosas.

Sobre el particular respetamos la interpretación, desde luego correcta, del funcionario citado, sin embargo, como zacatecano ofendido por tanta corrupción que se ha escrito de estos ex legisladores, presumiblemente cierta, así como de la conducta nada ética de parte de dos funcionarios públicos al servicio de Gobierno del Estado, cuyos nombres se escuchan en el audio referido, me permitiría sugerir, con todo respeto al titular de la Secretaría citada que, si no encuentra alguna evidencia de corrupción en este audio, y esto lo hago extensivo también al titular de la PGJEZ, por qué no solicitan, “si no le encuentran la punta a la madeja o cuadratura al círculo” para llamar a cuentas a los citados personajes, sea la PGR quien atraiga el caso del video-audio el que apesta a corrupción, se configura como delito de cohecho y se identifican plenamente las voces de sus protagonistas; repito, sea la PGR la que atraiga el caso, toda vez que su Dirección de Asuntos Periciales cuenta, entre sus herramientas técnicas-científicas, con un Sistema de Análisis de Voz que permite el reconocimiento de ésta de manera automática, de todas aquellas personas que nieguen que no es su voz en un audio. Esperamos respuesta a nuestra atenta súplica. ■

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