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jueves, 25 abril, 2024
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■ Miscelánea Consulta popular: ¡buen ejercicio… sin impunidad!

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Por: AQUILES GONZÁLEZ NAVARRO •

«Participaron casi 7 millones en la consulta popular”. “La Jornada”. Lunes 2 de agosto”.
Con una pregunta “confusa y difusa” elaborada por ministros de la Suprema Corte, con la instalación de casillas en lugares de difícil localización, con poco entusiasmo por el desaliento que provocaron los medios al servicio de los ex presidentes y del sistema neoliberal y con el poco aliciente y deficiente desempeño del Instituto Nacional Electoral en la tarea, la gente participó.

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Y, de esos siete millones de mexicanos, entre 89 y 96 por ciento se manifestaron por el “SÍ”: Porque sí sean llevados a juicio penal los ex presidentes que saquearon al país en los últimos treinta años. Que además concesionaron grandes extensiones de territorio a extranjeros, sobre todo para la explotación minera con la consecuente expulsión de los mexicanos de sus lugares de origen; que “vendieron” más de mil empresas del estado y que se beneficiaron con ello, enriqueciéndose desmesuradamente.

Que ordenaron, permitieron o toleraron el asesinato de cientos de luchadores sociales para imponer sus determinaciones arbitrarias o servir a intereses gansteriles.

Que pusieron en venta nuestras playas a extranjeros modificando para ello nuestra Constitución. En fin que cometieron miles de conductas ilícitas, hasta hoy impunes.

Que el resultado no es vinculante. Se dice porque no se alcanzó una participación mayor al 40 por ciento de ciudadanos inscritos en el padrón electoral. O sea que la opinión de casi siete millones de personas “no obliga” a las autoridades de procuración de justicia a acatar ese “SÍ” como exigencia de castigo a los antipatriotas y corruptos.

Que no es vinculante dice la ley de participación ciudadana federal, recientemente aprobada por el Congreso. Es cierto, sólo que la legislación penal no conlleva la palabra “vinculante”. No existe en esta materia y: simplemente con que una conducta se adecúe a los elementos de algún tipo penal, es entonces que el estado por medio de su aparato de procuración de justicia, debe ejercitar la acción penal ante el juez de competencia.

Los delitos cometidos por los rufianes que desgobernaron de 1988 hasta 2006, en lo general constituyen delitos que se persiguen de oficio por su gravedad y debe procederse, independientemente del ejercicio “democrático” de la “consulta popular”.

“Un Estado democrático de derecho incluye varios elementos: Los funcionarios y las instituciones gubernamentales se rigen por la ley y dan cuenta de sus actos ante los tribunales, las agencias reguladoras y la sociedad civil; Los ciudadanos tienen acceso a los tribunales o a mecanismos de arbitraje para resolver conflictos entre ellos; impera una cultura de la legalidad, en la que los ciudadanos valoran la licitud y participan en la creación y la implementación de las leyes.” Dice John Bailey en “Crimen e Impunidad” edit. Debate.

“Aquí subrayo la importancia social de la impunidad, término que posee dos connotaciones. En primer lugar los individuos con mayores ingresos o nivel de riqueza, los que ostentan influencias políticas, los militares y los policías o agentes judiciales se hallan, típicamente, por encima de la ley. Rn segundo lugar el sistema de justicia no funciona. Se procesa y sanciona sólo a una fracción mínima de aquellos que cometen actos criminales, y a la vez el sistema encarcela a muchos que esperan un juicio y podrían ser inocentes.” Sigue diciendo Bayley. Op Cit.

Zacatecas padece una grave crisis de inseguridad e impunidad. Ese es el reto mayor del Gobernador Monreal. Ni tan siquiera existe el imprescindible y elemental “mapa delictivo”. Esta carencia denota cuando menos si no desinterés, sí carencia de responsabilidad.

ESTADO DE DERECHO
Bien por el Presidente Andrés Manuel López Obrador, al preocuparse y ocuparse de la situación irregular que padecen miles de privados de su libertad, sin que se hayan cumplido las formalidades esenciales del procedimiento penal constitucional

Común en todas las entidades en nuestro país, que procesados que deben ser juzgados dentro del término de un año, no hayan sido sentenciados (con condena o absueltos). Casos patéticos de más de diez años en que impera “el olvido de los jueces”.

David Monreal se ha sumado a la intención presidencial, por lo cual es urgente que sus colaboradores elaboren su padrón de detenidos en las cárceles del estado, sin que hayan sido sentenciados a pesar de haber transcurrido más de un año.

Igual aquellos que se encuentren en situación de inimputabilidad por razón de edad o aptitud mental, o enfermedades crónicas e incurables, donde la liberación se constituye en una piadosa liberación.

Puede ser el caso de sentenciados que ya hayan cumplido su sentencia y su permanencia en prisión se constituye en un delito de autoridad.

Bien cuando de mejorar la situación de los gobernados se trata. ■

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