15.3 C
Zacatecas
jueves, 28 marzo, 2024
spot_img

Comisión de Honor de Morena amonesta públicamente al diputado Omar Carrera

Más Leídas

- Publicidad -

Por: MARTÍN CATALÁN LERMA •

- Publicidad -

■ Señalan que incurrió en denostación y calumnia contra Fernando Arteaga Gaytán, presidente estatal de este instituto político

 

La Comisión Nacional de Honor y Justicia del partido Movimiento de Regeneración Nacional (CNHJ-Morena) emitió una amonestación pública al diputado local, Omar Carrera Pérez, por incurrir en denostación y calumnia contra Fernando Arteaga Gaytán, presidente estatal de este instituto político.

De acuerdo con los estatutos del partido, “la amonestación pública consiste en la advertencia pública que la CNHJ dirige a la o el infractor, haciéndole ver las consecuencias de la conducta juzgada. La amonestación pública deberá ser publicada por la CNHJ en los estrados del local que ocupe, en los medios electrónicos y públicos de la CNHJ”.

La queja fue promovida por el propio Arteaga Gaytán y en ella señala que el legislador “ha publicado en sus redes sociales ataques en contra del partido político, sin recurrir a las instancias que nuestro instituto tiene para la solución de cualquier controversia”.

Agrega que “de manera pública y reiterada ha utilizado su cargo de diputado para dañar la imagen del partido y de los que integramos este Comité, ha acusado al partido de que los que lo integramos realizamos este Comité, y ha acusado al partido de que los que integramos realizamos actos indebidos en la compra del edificio, tergiversando los hechos que han ocurrido”.

Asimismo, relató que el 13 de septiembre del año 2018, en un primer encuentro en las instalaciones del Comité Ejecutivo Estatal con el diputado Omar Carrera Pérez y la secretaria de Finanzas, Gladys Selene Campos Villanueva, “me comentaron que a él le tocaría decidir el destino del más de la mitad de la prerrogativa que el partido tiene en el estado, en virtud de ordenes de su tío”.

Por otra parte, Arteaga Gaytán señaló que el primero de octubre de 2018, el diputado y la secretaria de Finanzas nuevamente le solicitaron una reunión para pedirle que accediera al pago de 14 mil pesos para la gira de agradecimiento del presidente que tuvo verificativo el 7 de octubre, “sin embargo, tuve conocimiento por el Gobierno del Estado que ellos correrían con los gastos mencionados”.

“Además, que tampoco debe pasar inadvertido que Gladys Selene Campos Villanueva, secretaria de Finanzas del Comité Ejecutivo Estatal trabaja de manera personal y subordinada para él dentro de la legislatura del Estado por lo cual existe un conflicto de interés”.

La CNHJ determinó, respecto al agravio denunciado “consistente en conflicto de intereses por parte de la Gladys Selene Campos Villanueva, quien compró insumos a sobreprecio a un familiar de Omar Carrera Pérez, se considera i procedente”.

El motivo por el que esta queja se declaró improcedente fue porque la queja se presentó fuera de tiempo y porque, “en la prevención realizada al actor, se solicitó individualizara y narrara los hechos recientes, situación que tampoco precisó en relación con el presente agravio”.

“El agravio presente resulta improcedente puesto que en la prevención realizada en fecha 30 de junio del 2020, se solicitó al actor señalar los hechos más recientes que se consideren transgresores de derechos; por su parte, en el escrito de deshago de prevención el promovente solo hizo alusión a las declaraciones vertidas por Omar Carrera Pérez y no así al conflicto de intereses en el que se encontraba Gladys Selene Campos Villanueva, por lo que no se especificó el momento en que se dio por enterado de lo anteriormente descrito”, expone el resolutivo.

Agrega que la documentación presentada por el quejoso muestra que “el periodo en el que se informa dichos datos fue el comprendido del 01/01/2020 al 31/03/2020, así mismo, la fecha de validación de dicha información fue del 10/04/2020; si tomamos esta última fecha como el momento en que se dio por enterado de dicha situación, el periodo para interponer una queja de acuerdo al artículo 27 del Reglamento comprendió del 10 de abril del 2020 al 04 de mayo del 2020, siendo que la queja se presentó en fecha 24 de junio de 2020, claramente fuera de término”.

- Publicidad -

Noticias Recomendadas

Últimas Noticias

- Publicidad -
- Publicidad -