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viernes, 19 abril, 2024
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Ley para uso del cubrebocas no funcionará si la gente no pone de su parte: investigadora

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

Es fundamental y necesario un reglamento para que pueda aplicarse

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“Una ley por sí sola no soluciona problemas. El gobierno tiene que hacer su parte, pero seríamos cada uno de nosotros los que tenemos que poner de nuestra parte y decidir usar el cubrebocas sin que nos amenacen”, dijo la investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Unidad Académica de Derecho de la Benemérita Universidad Autónoma de Zacatecas (BUAZ), Paloma Ramírez Flores, al concluir su análisis sobre la Ley que regula el uso obligatorio del cubrebocas y otras medidas para prevenir la enfermedad Covid-19 en Zacatecas.

La exposición de la investigadora zacatecana se dio en el marco del Congreso Internacional en Línea titulado “Prevención de la violencia: retos actuales en el contexto de la pandemia”, organizado por la Unidad Académica de Psicología de la BUAZ, en coordinación con la subsecretaría de Prevención Social del Delito del Gobierno del Estado.

El análisis de la académica, el cual se desprende de las investigaciones que realiza el instituto al que está adscrita, giró en torno a la ley propuesta por el gobernador del estado, Alejandro Tello Cristerna, para regular el uso del cubrebocas, el pasado 17 de noviembre, y aprobada dos días después por el pleno de la 63 Legisatura con algunas modificaciones, luego de una crítica por el proceso por el que se envió y una larga discusión por algunas de las disposiciones referentes a las multas y sanciones.

De acuerdo con Ramírez Flores, la ley detonó que se reflexione si amenazar con una ley que castiga, multa y arresta a las personas que no utilicen cubrebocas en los espacios público será efectiva; si sólo es una medida draconiana, o la forma en que la autoridad quiso responder ante la situación de volver al semáforo rojo; pero también cabe pensar si tal cual como está diseñada, corre el riesgo de no cumplirse y volverse “derecho no positivo”, es decir, que nadie la cumple y tampoco la observa.

Según la académica, la iniciativa contiene sustento jurídico al respecto, ya que se basa en el Consejo de Salubridad General y algunas tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; pero también tiene sustento técnico, que son las cifras de la Organización Mundial de la Salud al respecto del aumento de contagios y de la importancia del uso del cubrebocas.

Además, destacó la importancia que tienen las disposiciones transitorias de la ley, que son nada más dos, las cuales señalan que una vez que sea aprobada, debe entrar en vigor al día siguiente de su publicación, como ya se hizo; y segunda que la Secretaría General de Gobierno tiene hasta 10 días hábiles, después de su publicación, para emitir un reglamento, el cual, aseguró, es fundamental, necesario e indispensable para que la ley pueda aplicarse, sino tanto multas como arrestos serán ilegales.

Para concluir, Ramírez Flores señaló que algunos de los resultados de la Ley pueden someterse a discusión, sobre todo en lo que refiere a las multas, si éstas podrán hacerse efectivas debido a lo complicado que es cobrar un crédito fiscal; o en el caso de que arresten a muchas personas se pudiera provocar un hacinamiento, lo cual no es recomendable en el contexto de la pandemia.

También subrayó, en el caso de la actuación de los cuerpos de seguridad, que en algunos municipios del estado no hay policías o bien, al igual que sucedió en Jalisco, pudiera haber brutalidad policial por parte de éstos; y finalmente si será una norma que se acatará o se ignorará. De ahí que recalcara que la ley por sí sola no solucionará el problema, sino que también los ciudadanos tienen que poner de su parte para que eso suceda.

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