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viernes, 19 abril, 2024
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Policía capitalina, a la espera de reglamento de la Ley que regula el uso obligatorio de cubrebocas

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

■ Aún no se ha especificado cuál sería el actuar de la corporación, señala su director Jorge Eduardo Muñoz Franco

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■ Los procedimientos de verificación y aplicación de sanciones estarán regidos por la Ley de Salud del estado

 

Luego de que se aprobó por unanimidad en la Legislatura local la Ley que regula el uso obligatorio de cubrebocas y demás medidas para prevenir la transmisión del Covid-19 en el estado de Zacatecas, la dirección de la Policía de Proximidad Social del ayuntamiento capitalino, informó a través de su director Jorge Eduardo Muñoz Franco, que están a la espera de que se publique el reglamento de la misma, ya que aún no se ha especificado cuál sería el actuar de la corporación.

Cabe recordar que la corporación capitalina a lo largo de la pandemia ha desempeñado acciones de restricción de acceso a lugares públicos y la vigilancia de éstos, así como la entrega de cubrebocas a quien no lo porte, tal como se dejó ver todavía ayer en las inmediaciones de la Plaza Bicentenario, donde reportaron la reticencia aún de algunas personas a utilizarlo o hacerlo de manera correcta.

Luego de aprobada la ley, Muñoz Franco informó que falta aún que se emita el reglamento, para con base en él, llamar a todas las corporaciones para que se unifiquen los criterios y posteriormente realizar capacitación para que todos vayan en la misma sintonía. Por lo pronto, reiteró, se espera que la próxima semana se les informe cómo se actuará con esta nueva ley, sobre todo en materia de sanciones y multas, que tendrán que compartir con otras corporaciones como la Policía Metropolitana, la Policía Estatal y la Guardia Nacional.

De acuerdo con el decreto de la Ley aprobada el jueves pasado, los verificadores estarán facultados para requerir a las personas físicas a que usen cubrebocas en los lugares en que se considere de uso obligatorio.

Además, se precisa que los procedimientos de verificación y aplicación de sanciones estarán regidos por la Ley de Salud del estado, que dará a los verificadores la autoridad de determinar las posibles infracciones a la ley e imponer la caución económica, la medida cautelar, el trabajo comunitario o el arresto si la persona ejerce violencia física o verbal sobre el personal que intervenga, pudiendo ser arrestado hasta por 12 horas.

Asimismo, se establece en la ley que las corporaciones de seguridad publica brindarán el apoyo y colaboración en los términos de la Ley de Seguridad Publica vigente en el estado y la participación de las autoridades municipales estará determinada por los convenios que celebren previamente con la Secretaría de Salud de Zacatecas (SSZ).

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