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jueves, 28 marzo, 2024
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■ Comentarios Libres Berrinche de la alianza federalista

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

El 19 de marzo pasado tres gobernadores del norte del país: Jaime Rodríguez Calderón (independiente), de Nuevo León; Miguel Riquelme Solís (PRI), de Coahuila y Francisco García Cabeza de Vaca (PAN) de Tamaulipas, integraron la Coordinación Noreste covid-19. Oficializaron un cerco sanitario para hacer frente a la pandemia del coronavirus y después, se convirtió en Alianza Federalista sumando siete más: Enrique Alfaro (MC), de Jalisco; Martín Orozco (PAN) de Aguascalientes; Diego Sinhué Rodríguez (PAN) de Guanajuato; Silvano Aureoles (PRD) de Michoacán, además los de Chihuahua, Durango y Colima. Su pretensión, reunirse con el presidente AMLO, con objeto de tratar lo concerniente a los recursos federales, porque aducen están inconformes, ya que la aportación de sus respectivas entidades a la federación, no corresponde en equidad a su distribución.

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La respuesta del Ejecutivo de la Unión, ha sido tajante: “No me reuniré porque no hay materia; los está atendiendo el secretario de la SHCP y yo no voy a permitir que utilicen la institución presidencial, hay que cuidar la investidura”.

En un reto, los mandatarios anunciaron que someterán a consulta la permanencia en el Pacto Federal de sus respectivos estados.

Comentarios:
1.- Hablar de Pacto Federal, implica que nos estamos refiriendo a la forma de gobierno federal que tuvo su origen en las Trece Colonias Inglesas, integradas por personas que llegaron a territorio de Estados Unidos durante los siglos XVII y XVIII provenientes de Inglaterra, por motivos diversos: persecución política, religiosa, fines comerciales o simples aventureros. Cada una de las trece se autorregulaban y tenían autoridades propias. Algunas incluso, contaban con una Carta de Derechos. No se relacionaban entre sí, porque precisamente se trataba de estados separados, que solamente debían respeto y obediencia al rey. Al lograrse la independencia las trece colonias formaron a un poder central despojándose de algunas de sus facultades y reservando el resto para sí mismas. Surgen entonces el poder federal y los poderes locales y, sobre ellos una constitución los rige. En Estados Unidos la forma de gobierno federal centralizó el poder.

2.- México también adopta la forma de gobierno federal, pero a diferencia de Estados Unidos, la Nueva España se encontraba gobernada y regulada por el rey de la metrópoli. Lograda su independencia mediante los Tratados de Córdoba firmados en 1821, se hace necesario estructurar al nuevo estado, creando sus autoridades propias, sus instituciones y su ordenamiento jurídico para presentarse al mundo como nueva nación.

El poder central delegó parte de sus facultades para crear a los poderes locales sin desparecer, porque se reservó algunas para sí mismo. Surgen entonces la federación y los estados o entidades federativas. En México, la forma de gobierno federal descentralizó el poder.

3.- A nosotros nos interesa desde luego México. De todo lo anterior, se define como forma de gobierno federal aquella en la cual existen dos órdenes coextensos, distintos entre sí, con facultades propias y excluyentes, regulados por la misma constitución.

Uno de esos órdenes es el estado federado o entidad federativa, al que definimos como la descentralización de poder que goza de autonomía para crear su propia constitución y regularse conforme a ella, teniendo también, facultad para participar en la formación de leyes de carácter federal.
Cuando los diez gobernadores dan a conocer su amenaza de separarse del Pacto Federal, ante la negativa del presidente AMLO de reunirse con ellos para tratar el tema del Pacto Fiscal se puede cuestionar: ¿cuál sería el proceso a seguir de Alianza Federalista?

4.- Se vale disentir. El presidente “ha mal acostumbrado” a que la forma de resolver problemas es mediante la consulta popular, lo cual es totalmente anticonstitucional. Es verdad que el artículo 35 de la CPEUM, establece la consulta popular. Sin embargo, el numeral 3 de la fracción VIII señala: “No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma…”

La disposición, nos remite al artículo 40 que indica: “Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior, y por la Ciudad de México, unidos en una federación establecida según los principios de esta ley fundamental”

5.- Desde mi punto de vista tanto el Ejecutivo como los gobernadores de la Alianza Federalista se encuentran en un error. Aquel por su empecinado carácter para desatender peticiones, que tal vez son ilegítimas, pero asiste el derecho de ser escuchadas; los gobernadores, por amenazar con llevar a cabo una acto totalmente anticonstitucional. Escuchar y atender problemas, es precisamente lo que se requiere, eso enaltecería a AMLO, porque es justo en estos asuntos donde se requiere la mano firme.

Error lo que declara: “no se reunirá con los gobernadores porque no va a permitir que se utilice la institución presidencial, hay que cuidar la investidura”. ¡Grave error!

Por lo comentado, será imposible que los diez gobernadores abandonen el Pacto Federal pero si, quedarán con el berrinche que, probablemente tratarán de desahogar en el ya presente proceso electoral 2020-2021. ■

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