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jueves, 28 marzo, 2024
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La Ley de Amnistía: evitar la pena de muerte fáctica

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Por: La Jornada Zacatecas •

El Estado debe garantizar las condiciones de salud de todos los ciudadanos, incluyendo de aquellos que se han visto privados de sus derechos políticos al ser sometidos a una sanción penal. Hemos tenido en las últimas semanas experiencias donde la seguridad de los internos de los penales se ha visto vulnerada debido a conflictos entre bandas delincuenciales. En todos esos casos se puso de manifiesto cómo las autoridades están rebasadas y son impotentes para hacer de los penales lugares seguros.

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En un porcentaje importante de centros penitenciarios existe concentración de habitantes, y a diferencia de las aglomeraciones exteriores, es imposible de evitarlos: son circunstancias permanentes. Hemos dicho en otras ocasiones la absoluta errancia de las medidas de prisión preventiva donde un 40 por ciento de la población de estos lugares se encuentra en esa condición. ¿Qué ocurriría si el virus se cuela a las prisiones llenas de población vulnerable? Pues no es difícil de adivinar: contagios multitudinarios sin control.

Pues bien, si esto último ocurriera, se estaría condenando a una pena de muerte fáctica a los internos con algún padecimiento crónico de salud y los mayores de 60 años. Si el Estado no puede garantizar la seguridad sanitaria de la población penitenciaria, entonces es prudente una medida como la que se propone: dar trámite de preliberación a esas personas que, además, tienen muy aventajada su condena. Es decir, internos que ya casi pagaron la condena a que fueron sentenciados y tienen el riesgo de contraer el virus, es claramente prudente que vayan a sus hogares a resguardarse. También se toma en cuenta el tipo de delitos de los que fueron acusados: la sociedad en general está muy lastimada por los secuestros, homicidios dolosos y delitos contra la salud (narcotráfico); y por ello, este sector de internos está fuera del beneficio de preliberación. Con estas salvedades se ve que la medida es prudente y justa.

Sin embargo, debería pensarse en el sistema de justicia penal en su conjunto y hacer observaciones en el mecanismo de la prisión preventiva, porque si lograra resolverse este aspecto, las cárceles se verían sensiblemente descongestionadas. Y aprovechando la crisis, acelerar la implementación de la reforma del sistema de justicia diseñado desde el 2008. Si logramos que funcione la justica alternativa y en lugar de tener dictámenes de jueces tengamos acuerdos, y si pudiésemos establecer formas de penalidad distinta a la mera privación de la libertad, las cárceles dejarían de ser una preocupación en este tipo de contingencias. Y no sólo: las propias estrategias de reinserción social se verían altamente beneficiadas, porque uno de los mayores obstáculos para que existan (esas estrategias) es justamente la aglomeración inmanejable de población penitenciaria. En suma, deben aplicar la preliberación propuesta y, además, ir más allá de ella en dirección que conduzca a la desconcentración de las cárceles.

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