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viernes, 29 marzo, 2024
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Comentarios Libres Retroceso de la Ley Juárez en la 4t

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Por: SOCORRO MARTÍNEZ ORTIZ •

La política no es estática. Evoluciona, involuciona o revoluciona. Genera conflictos, los complica, los resuelve o los multiplica.

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AMLO, además de ser actualmente el Presidente de nuestro país, es un político de muy amplia trayectoria. Admira a héroes mexicanos como Benito Juárez y Francisco I. Madero. Ambos Presidentes de los siglo XIX y XX respectivamente. Del primero, dice que fue un gran liberal. Del segundo, que gracias a sus ideales, y enarbolando el lema del sufragio, logró derrocar al general Díaz.

En muchos aspectos, podemos encontrar plasmadas en la Historia de México, las obras y el espíritu liberal de Juárez. Demos como ejemplo la materia religiosa.

No encuentro ningún grado de similitud liberal en ese tema, entre el mandatario del siglo XIX y el del siglo XXI.

Juárez fue implacable con la iglesia. La Ley de su autoría denominada precisamente, “Ley Juárez”, del 23 de noviembre de 1855, se expidió para coartar el poder e influencia del clero en asuntos civiles sobre administración de justicia. En resumen, suprimió el fuero eclesiástico y militar en materia civil, y declaró renunciable el primero para delitos comunes.

Después, el 5 febrero de 1857, se promulgó la segunda Constitución federal mexicana, que retomó el contenido de la “Ley Juárez”, cuyo preámbulo inicia: “En el nombre de Dios y con la autoridad del pueblo mexicano”.

Sus disposiciones constitucionales, que regulan las relaciones Iglesia-Estado son las siguientes:

Artículo 3.- permitió la libertad de enseñanza.

Artículo 5.- Estableció el imperativo de la prohibición de los votos religiosos o monásticos.

Artículo 13.- Suprimió los fueros eclesiásticos.

No incorporó entre las facultades del Ejecutivo o del Congreso, las de ejercicio del patronato, ni la celebración de concordatos con la Santa Sede.

Prohibió el desempeño de cargos públicos de elección popular a las personas que pertenecían al Estado Eclesiástico.

No obstante, dejaba intactas las festividades religiosas, con la prohibición dirigida a los funcionarios públicos, de asistir oficialmente a dichos actos.

Lo más importante: en su artículo 123, daba al Estado la facultad necesaria, para legislar en materia religiosa, puesto que al no existir disposición sobre el tema, no habría autoridad que pudiera intervenir en los problemas vinculados con la iglesia.

No logró configurar la libertad de culto, pero suprimió el principio de intolerancia religiosa y, estableció un Estado laico en donde desapareció la idea de una religión oficial.

Con esta nueva Constitución, la iglesia se inconformó y el Arzobispo de México, prohibió a los católicos que la juraran. Pío IX en la Encíclica “Quanta Cura”, condenó su contenido por antirreligioso.

Sin embargo, el Papa aceptó la visita de Ezequiel Montes, Ministro de Justicia y Negocios Eclesiásticos en julio de 1857, para conciliar algunos asuntos relacionados con la iglesia. PÍo IX admitió la Ley Juárez, pero no así la extinción de los Colegios de propaganda Fide y las Órdenes Oratorianas y Camilos, para la labor asistencial que realizaban. Aceptaba también las adquisiciones hechas de acuerdo de acuerdo con la Ley Lerdo pero exigía en cambio, que se devolvieran al clero la capacidad para adquirir bienes y que se les reconocieran sus derechos políticos.

Tales disposiciones, continúan vigentes en la Constitución de 1917, lo que permite interpretar que las pretensiones de la iglesia no prosperaron. Ciertamente, a partir de 1992 los ministros de culto, lograron el reconocimiento de su derecho político del sufragio. Este únicamente fue otorgado de carácter activo, pero no pasivo, lo que se traduce en que pueden votar como ciudadanos, pero no pueden ser objeto de voto, para ocupar cargos de elección popular.

El gobierno de la 4T encabezado por AMLO es omiso con estos antecedentes, y, totalmente en contra del espíritu liberal de Juárez.

Mire usted fino lector: tiene todo listo para utilizar la vasta estructura de las iglesias que cubren todas las regiones de la geografía nacional para impulsar objetivos sociales de la Cuarta transformación. Busca aprovechar la presencia y penetración de asociaciones, grupos y movimientos religiosos de todos los credos, en la tarea reconstructiva del tejido social roto tras más de una década de violencia y degradación derivados de la guerra contra el narcotráfico y la delincuencia organizada, que devastó amplias zonas.

Sin presente alguno, desde la separación constitucional de las iglesias en asuntos sociales de índole no religioso, ese proyecto político social, tiene ya algunos meses discutiéndose oficialmente en la Secretaría de Gobernación.

En marzo pasado, funcionarios de la Subsecretaría de Desarrollo Democrático, Participación Social y Asuntos Religiosos que encabeza la abogada Daniela Álvarez Maury, comenzaron una serie de reuniones oficiales de acercamiento y evaluación, con las jerarquías de las distintas iglesias mexicanas, a las cuales invitaron a participar en Mesas Sectoriales de Trabajo, encaminadas a incorporar sus opiniones en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024.

Acorde con versión oficial han participado representantes de las iglesias: Católica, Anglicana, Evangélica, La Luz del Mundo, Luterana, Budista, Musulmana, Sikh y Judía, integradas al Consejo Interreligioso de México.

Juárez, en el siglo XIX despojó a las iglesias de todo poder político. AMLO, en el XXI retrocede y comienza a regresarlo.

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