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jueves, 28 marzo, 2024
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La política de Punto Final equivale al perdón para los corruptos

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Por: La Jornada Zacatecas •

¿Es legítimo un acto de perdón personal de los delitos? El perdón personal corresponde al ámbito ámbito privado y moral. La legalidad tiene otra dimensión. Los actos que violan el derecho penal, sobre todo de funcionarios que hicieron uso indebido de recursos de todos los mexicanos, son responsabilidad institucional. Responsabilidad institucional que tiene señaladas las funciones y procedimientos. El discernimiento de una persona no puede estar por encima del Estado de Derecho. La omisión de autoridades actuales implica una serie de maniobras que manipulan y bloquean el ejercicio del Derecho. El llamado Punto Final sería una manera anunciada de caer en la misma omisión. Aceptar el argumento de que se omite la aplicación del Derecho por un acto de prudencia política, ya que se metería al país “a un pantano de controversias”, implica que el Derecho tiene excepciones, donde el jefe del Ejecutivo decide en qué momento se aplica el Derecho y en qué momento no se aplica, según su sentido particular de la prudencia. La posibilidad de que una autoridad unipersonal decida cuándo se aplica el Derecho significa la destrucción misma del Estado de Derecho. Significa que una persona está por encima del Estado.

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La corrupción es el bloqueo u omisión del Derecho. Un perdón personal de esos delitos implica nada más y nada menos que la complicidad con dichos actos de corrupción. Se dice: “en adelante ya no se perdonará”. ¿Por qué a unos si se les perdona y a otros no? El gobierno que siga del entrante puede tomar el mismo criterio: “los delitos del gobierno anterior los perdonamos”. Eso nos lleva al infinito: los nuevos gobiernos perdonan los delitos de corrupción del gobierno anterior. ¿Qué razón hay para impedir que ese criterio lo tome este gobierno que está por entrar y no los que le siguen? Ninguna. No hay razones: impera la voluntad personal. Eso tiene un nombre técnico: arbitrariedad. Todo acto implica un imperativo categórico: ¿Qué máxima universal conduce la posición planteada por AMLO a título personal? En este caso, el acto particular es perdonar la corrupción, convertida en primer problema del país. La conclusión es la siguiente: “cuando haya un acto de corrupción que impida el manejo político del gobierno que tú conducirás, mejor omítelo y perdona”. No hay acto particular jurídico sin imperativo categórico. Y el que se sigue de la posición de Andrés Manuel es catastrófica, porque destruye las bases del Estado de Derecho. Por ello hay que impulsar el debate para convencer a AMLO de que cambie su posición y a la mayoría de los mexicanos para que se pronuncien por la investigación y sometimiento a proceso de quienes han enabezado el régimen de corrupción.

No se trata de cacería de brujas, sino que toda investigación tenga certeza de la culpabilidad del imputado, con debido proceso y la aplicación justa de la justicia. Nada más, pero tampoco nada menos. La petición prudente de los mexicanos es aplicar el derecho: no bloquearlo ni omitirlo. Es de lo que estamos cansados, hartos, enojados, burlados, molestos, hastiados, indignados, asqueados y hasta el copete. No podemos entender que la cuarta transformación consista en omitir el Derecho. Hay que prepararnos para participar en la consulta sobre este tema que AMLO propone para el 21 de marzo de 2019.

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