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viernes, 19 abril, 2024
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La veda electoral se realizará del 28 hasta el sábado 30 de junio

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Por: ALEJANDRO ORTEGA NERI •

Partidos y candidatos, incluidos los independientes, deberán retirar la propaganda electoral que se ubique en un radio de 50 metros de los lugares donde habrá casillas para votar

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De acuerdo con el artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en sus capítulos 4, 5 y 6, los tres días anteriores a la jornada electoral se realizará un espacio de veda o silencio, en el que además de prohibirse actos de campaña que influyan indebidamente en el ejercicio de voto con la intención de preservar la equidad en la contienda, sirven también además como un periodo para que los ciudadanos reflexionen su sufragio mediante la evaluación de las propuestas de los candidatos.
Debido a que la jornada electoral se realizará el próximo domingo primero de julio, el periodo de veda será a partir del 28 hasta el sábado 30 de junio, y de acuerdo con los órganos electorales, aplica tanto a los ciudadanos, los observadores electorales, autoridades, servidores públicos, notarios, extranjeros, concesionarios de radio y televisión, organizaciones sindicales y patronales, así como a ministros de culto y obviamente, a partidos, agrupaciones políticas y candidatos.
Durante el periodo de silencio, según información oficial, los partidos y candidatos, incluyendo los independientes, deberán retirar la propaganda electoral que se encuentre en un radio de 50 metros de los lugares donde habrá casillas para votar. Por su parte los ciudadanos no podrán realizar marchas a favor o en contra de algún candidato, de ser así, se emitiría una sanción al partido postulante.
Tampoco se podrá difundir en los medios los resultados de encuestas o sondeos de opinión que den a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos, a menos que, y de acuerdo con el capítulo 5 de la ley mencionada “quien solicite u ordene la publicación de cualquier encuesta o sondeo de opinión sobre asuntos electorales, que se realice desde el inicio del proceso electoral hasta el cierre oficial de las casillas el día de la elección, deberá entregar copia del estudio completo al secretario ejecutivo del Instituto, si la encuesta o sondeo se difunde por cualquier medio”.
Por su parte, los medios de comunicación estarán imposibilitados también de promover mesas de análisis político con representantes de partidos en las que se convoque al voto por alguno de los candidatos.
Quienes incumplan algunas de estas disposiciones serán sancionados con base en lo que señala la Ley General en Materia de Delitos Electorales, lo cual puede varias depende al tipo de delito y la persona quien lo cometa, pero que puede ir desde los seis meses a 9 años de prisión.
Los gobiernos, tanto en lo local como en lo federal, deben suspender totalmente la difusión en los medios de toda propaganda gubernamental así como la entrega de obras o programas de asistencia social. Las únicas excepciones son las campañas de información de las autoridades electorales, las relacionadas a servicios educativos y de salud o sobre protección civil en casos de emergencia.
De acuerdo con información emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) en Zacatecas, no se persigue a nadie ni se está al pendiente de saber qué dijeron o qué hicieron los candidatos en el periodo de veda, pues éste significa silencio. Los partidos políticos son los que dan cuenta a la autoridad de sus cierres de campaña pero básicamente lo hacen para la cuestión de fiscalización, para que el equipo encargado de ese rubro asista y cargar el evento en el gasto. De ahí en más no hay una “persecución” aunque se pueden recibir quejas de partidos o candidatos y se toman las medidas necesarias, pero generalmente no sucede, dieron a conocer.

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