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martes, 23 abril, 2024
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Declaración Salaverna sobre el Derecho Humano al Ambiente, al Desarrollo Sostenible y a la Justicia

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Por: ÁLVARO GARCÍA HERNÁNDEZ • admin-zenda • Admin •

Las y los ciudadanos conscientes, organizaciones no gubernamentales, medios de comunicación, estudiantes, académicos, investigadores, artistas y demás integrantes del colectivo social y, tomando en consideración que la Declaración de Río de 1992 estableció entre otras cosas, que los seres humanos constituyen el centro de las preocupaciones relacionadas con el desarrollo sostenible y que tenemos derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza. Que de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas ambientales. Que el derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras. Que a fin de alcanzar el desarrollo sostenible, la protección del ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada. Y encontrándonos en el preámbulo de la Cumbre Humanitaria Mundial que se celebrará en Estambul los días 23 y 24 de mayo de 2016 en donde se reconocerá que el mundo se encuentra en un punto crítico pues se está presenciando el nivel más alto de sufrimiento humano desde la Segunda Guerra Mundial y, a partir de la cual, se pretende un cambio importante en la forma que tiene la comunidad internacional de evitar el sufrimiento humano al prepararse para las crisis y responder ante ellas; atentamente declaramos lo siguiente: Principio 1. Las presentes generaciones de zacatecanos entendemos y aceptamos el compromiso intergeneracional que tenemos para con las futuras generaciones, sin embargo, Zacatecas ha sido desde la Colonia, escenario de múltiples explotaciones y saqueo de la riqueza mineral y natural que nos es común, sin que exista una justa distribución del ingreso y la riqueza en los términos del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Principio 2. Los habitantes de este territorio rechazamos la posibilidad de que existan más experiencias adversas para el hombre y la naturaleza como las que prevalecen en las comunidades de Nuevo Mercurio y Salaverna del Municipio de Mazapil, Vetagrande, Noria de Ángeles y otros municipios del Estado en los que la contaminación y la degradación ambiental que produce la mayoría de la explotación minera, afectan directamente la salud de la población violando además, el derecho humano al agua, al ambiente sano y adecuado, a la alimentación y al desarrollo. Principio 3. Exigimos autoridades ambientales capaces y congruentes con los intereses de los ciudadanos de Zacatecas, pues hasta ahora ha prevalecido la simulación y el interés económico por sobre los intereses ambientales de todos. Principio 4. Exigimos una adecuada política económica que se oriente a satisfacer las necesidades básicas de la población, que nos conduzca al progreso y nos aleje de la miseria, la pobreza y la marginación en la que históricamente han muerto y vivido miles de zacatecanos. Principio 5. Pedimos la intervención de la Organización de las Naciones Unidas, del Gobierno Federal, Estatal y Municipal, con la finalidad de que nuestros hermanos zacatecanos que se encuentran sumidos en conflictos de intereses relacionados con la industria minera, sean tratados con dignidad y respeto en el marco de unas negociaciones que establezcan reglas claras con justicia y equidad. Principio 6. Renunciamos a una actuación ciudadana circunstancial y dispersa por lo que hemos decidido agruparnos como órgano permanente de asesoría técnica y legal que oriente a las comunidades y municipios de manera preventiva ante posibles saqueos y daños futuros que puedan generar las cientos de concesiones mineras autorizadas. Principio 7. Desde el punto de vista legislativo, promoveremos reformas a la Ley Minera con la finalidad de que la exploración, explotación, y beneficio de los minerales o sustancias, no transiten por una vía distinta a la de los derechos humanos fundamentales relacionados con la salud, el ambiente, el agua, el desarrollo sustentable y la alimentación. Principio 8. Requerimos de instrumentos idóneos para el adecuado desarrollo de Zacatecas para erradicar la arbitrariedad y el crecimiento caprichoso de los pueblos, comunidades y municipios. Principio 9. Ninguna persona, funcionario o gobernante es dueño del patrimonio natural, ambiental o cultural de las presentes y futuras generaciones, nos pronunciamos por una convivencia armónica, justa y equilibrada. Este instrumento declarativo estará a sus disposición en el Despacho Ambiental de la Unidad Académica de Derecho de la UAZ para su firma, previo a hacerlo llegar a las instancias correspondientes. Gracias por su apoyo y aportaciones al documento. ■

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*Presidente del Consejo Directivo Nacional

de la Organización Monitor Ambiental Ciudadano

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