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viernes, 19 abril, 2024
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Tribunal Electoral deja sin sanción al PVEM por mensajes en veda electoral

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Por: La Jornada •

Ciudad de México. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJN)  desecharon sancionar al Partido Verde Ecologísta de México (PVEM) por la emisión diversos mensajes de texto que se enviaron a los teléfonos de ciudadanos en plena veda electoral llamando a votar por ese partido. Con la objeción de la magistrada, María del Carmen Alanís, quien consideró que el partido no hizo un deslinde claro de esta acción, cuya característica era clara para promover al partido.

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Durante una larga sesión del máximo órgano de justicial electoral, en el proyecto presentado por el magistrado, Pedro Penagos consideró que en este caso se trataba de mensajes de texto de carácter privado entre los ciudadanos, por lo cual no se actualizaba el supuesto de que fuera una estrategia de propaganda electoral.

Penagos consideró que los ciudadanos tienen derecho a acceder a información veraz y oportuna, por lo que desestimó los agravios que esgrimía el Partido de la Revolución Democrática. La única objeción provino de Alanís, para quien el PVEM no realizó las acciones suficientes para deslindarse de estos mensajes y, por tanto, era responsible. Al final, por mayoría de 3 a 1 -se ausentaron dos magistrados-, se desechó el recurso perredista.

En otro orden de ideas, durante la sesión, el TEPJF confirmó las candidaturas a la gubernatura de Oaxaca de Alejandro Murat, por la coalición Juntos Hacemos Más y de Ángel Benjamín Flores, del Partido del Trabajo (PT). En el primer caso, desechó las objeciones del PAN y PRD, en el sentido de que Murat carecía de la residencia para poder ser postulado. Sin embargo, en la argumentación, los magistrados señalaron que hay 3 vías para poder ser postulado: nacer en la entidad, ser hijo de padres oaxaqueños o tener la residencia mínima. Para el caso, Murat es hijo de padres oaxaqueños y por tanto, cumple los requisitos.

Por lo que hace a Flores, el PAN y el PRD objetaron que había participado de forma simultanea en dos procesos de selección (PRD y PT), lo cual fue desestimado toda vez que, en consideración de los magistrados, fueron procesos sucesorios y no simultáneos.

El TEPJF resolvió también el recurso interpuesto por el PRI en contra del registro de la candidatura del panista, Miguel Ángel Yunes, por “no tener un modo honesto de vivir” pero no presenta medio probatorio suficiente para acreditar su dicho, sino que sólo se sustenta en diversas notas periodísticas que dan cuenta de la existencia de averiguaciones previas ante la Procuraduría General de la República (PGR) contra el candidato aludido.

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