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jueves, 28 marzo, 2024
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Emiten recomendación al alcalde de Morelos por “ejercicio indebido de la función pública”

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Por: REDACCIÓN •

■ CDHEZ solicita a las autoridades inicien auditoría a la administración

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La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ) emitió la recomendación 13 de 2015 al presidente municipal de Morelos, por violaciones a los derechos humanos a la protección del patrimonio, traducido en ejercicio indebido de la función pública, se dio a conocer en un boletín.

En una queja presentada ante este organismo, la persona agraviada manifestó que entregó al área de Desarrollo Económico y Gestión Social del ayuntamiento de Morelos la cantidad de 15 mil pesos, como aportación para participar en un programa de vivienda, mismo que no se concretó, por lo cual acudió ante el Centro de Justicia Restaurativa, donde convino con el alcalde que se le devolvería el dinero los afectados el día 16 de febrero del año en curso, sin cumplir con dicho compromiso.

En su informe, menciona la Comisión, el edil de Morelos reconoció que la quejosa, entre otras personas, entregó su aportación para participar en un programa de vivienda, realizando el compromiso de devolverles dinero el día 30 de abril del actual, lo cual no realizó.

En un segundo informe expuso que no pudo dar cumplimiento al acuerdo y que lo haría durante su administración, sin señalar fecha cierta. Asimismo, evidenció que tanto la administración municipal que preside como la de otros municipios fueron víctimas del delito de fraude, motivo por el cual, se integra la Carpeta de Investigación.

De la averiguación realizada por la dependencia estatal, se concluye el ejercicio indebido de la función pública, imputable al alcalde, al vulnerar su derecho patrimonial en perjuicio de la quejosa, para participar en el programa de vivienda que no se ejecutó, ni devolvió el efectivo.

La CDHEZ observa y acredita la parcialidad del presidente municipal al momento de rendir informe, ya que asegura que lo devolvió a 70 por ciento de las personas afectadas, sin indicar el motivo por el que no se hizo al resto, o el mecanismo de su selección. Esto ante el sentir de la quejosa por la negativa de entrega a ella, obedece a represalia directa por haber hecho valer su derecho de querella, y posteriormente el edil negó información que sin más formalidad dijo ser confidencial.

Por lo anterior, el organismo tutelador de derechos humanos dio vista a la 61 Legislatura del estado de Zacatecas, en atención a que el funcionario involucrado emita las siguientes sanciones con fundamento en lo dispuesto en la Ley del Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, para que instauren en contra del presidente municipal de Morelos el respectivo procedimiento administrativo.

La Comisión solicita que con el resultado del procedimiento, se decida la pertinencia de tomar las medidas necesarias para que, legalmente autorizado un fondo para ello, se realice la devolución del pago efectuado, en favor de la quejosa y otros.

Aunado a lo anterior, se pide vista al secretario de la Función Pública y a la procuradora general de Justicia del estado para iniciar formal auditoría en la administración municipal y se dé celeridad a la carpeta de investigación con motivo de la denuncia penal presentada por estos hechos.

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