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jueves, 25 abril, 2024
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Ocupa Virgilio Rivera dos cargos electorales en Zacatecas: Morena

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Por: ALMA ALEJANDRA TAPIA •

■ Está legalmente impedido para ser electo para el cargo, señala

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La impugnación que el partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) hizo al acuerdo de designación de los consejeros del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), se centra en la “inelegibilidad” de Virgilio Rivera Delgadillo como consejero presidente por actualmente ocupar dos cargos electorales en Zacatecas.

La queja ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), presentada hace unos días en contra del acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se renueva al Consejo General del órgano local, se suma a la hecha por el PRD y PT, sin embargo, a diferencia de ellos que reclaman vicios en el procedimiento  y aluden a la falsedad de declaración, Morena, asegura que Rivera está legalmente impedido para ser electo.

Toda vez que fue el propio Consejo General de INE quien apenas el 29 de octubre de este año mediante el acuerdo INE/CG232/2014, ratificó a Virgilio Rivera como consejero de la Junta Local de Zacatecas. De modo que el ex rector de la UAZ cuenta ahora con dos cargos electorales para la misma entidad federativa.

Hecho por el cual, alude Morena en su queja, se agravia al pueblo de Zacatecas, dada la incompatibilidad formal y material de ejercicio simultáneo de ambos cargos electorales conferidos.

Incluso refieren que en la sesión del 18 de este mes, cuando se hizo el nombramiento, la consejera Adriana Margarita Favela Herrera dijo llamarle la atención que Rivera Delgadillo fue ratificado consejero electoral del INE hacía apenas el 29 de octubre, lo cual se ignoró y se le dio el nuevo nombramiento por siete años.

Es así que el consejero tiene ahora dos cargos electorales de ejercicio incompatible: uno ante un órgano federal, por virtud del acuerdo INE/CG232/2014, de 29 de octubre, y otro ante un organismo local, a través del diverso acuerdo INE/CG/2014, que es el objeto de impugnación.

Situación por la cual se viola el artículo 39 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual previene que el consejero presidente, los  consejeros electorales y el secretario ejecutivo del Consejo General, durante el periodo de su encargo, no podrán tener ningún otro empleo, cargo o comisión.

Se argumenta que si José Virgilio Rivera fue ratificado integrante del Consejo Local del INE donde todos los días y horas del proceso electoral federal 2014-2015 son hábiles, debiendo estar a disposición de la delegación para desempeñar las actividades de preparación, vigilancia y desarrollo del proceso comicial federal, y al mismo tiempo preside el IEEZ organismo local de carácter permanente ¿en qué momento realizará unas y otras funciones?

Por lo anterior, Morena, en atención a lo aducido, pide a la Sala Superior revoque y quede sin efecto el acuerdo recurrido, en la parte relativa a la designación de José Virgilio Rivera Delgadillo.

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